RESOLUCIÓN N° 1787
RÍO GALLEGOS, 11 de septiembre de 2023.-
Expediente IDUV N° 50431/23/2015.-
DESADJUDICAR por transgresión al artículo 17º - incisos b) y c) del Decreto Provincial Nº 211/78 - artículo 18º del mismo plexo legal, y la causal de falta de ocupación estable y permanente, la unidad habitacional de tres (3) dormitorios, identificada como Casa N° 04 correspondiente a la Obra: “PLAN 30 VIVIENDAS PARA TRABAJADORES DE LA SALUD EN CALETA OLIVIA”, cuyo titular fuera el señor Antonio Enrique VARAS (D.N.I. N° 27.143.171).-
RESOLVER todo Contrato y/o instrumento legal oportunamente suscripto entre el señor Antonio Enrique VARAS (D.N.I. N° 27.143.171) y este INSTITUTO.-
NOTIFICAR fehacientemente, a través del Departamento Despacho, los términos de la presente Resolución al señor Antonio Enrique VARAS (D.N.I. N° 27.143.171) en el domicilio sito en Casa N° 04 - Plan 30 Viviendas para trabajadores de la Salud en Caleta Olivia.-
INTIMAR al grupo familiar desadjudicado y/o actuales ocupantes, a que en un plazo de no mayor a DIEZ (10) días corridos, a partir de la notificación fehaciente de la presente Resolución, hagan entrega de las llaves de dicho inmueble, libre de ocupantes y enseres personales, en la Dirección Provincial de Gestión Integral y Planificación Estratégica del Hábitat, sita en Avenida Juan Manuel GREGORES N° 480 de esta ciudad Capital, o en la oficina de la Delegación IDUV de Caleta Olivia, bajo apercibimiento de proceder mediante mecanismos legales a nuestro alcance para producir el desalojo.-
REMITIR por el Departamento Despacho, copia de la presente a la Municipalidad de Caleta Olivia para conocimiento de sus Autoridades y a la Delegación IDUV con asiento en la misma Localidad.-