RESOLUCIÓN N° 1031
RÍO GALLEGOS, 09 de junio de 2023.-
Expediente IDUV N° 48.212/14/2023.-
DESADJUDICAR por transgresión al artículo 17º - incisos b) y c) del Decreto Provincial Nº 211/78 - artículo 18º del mismo plexo legal, y la causal de falta de ocupación estable y permanente, y mora, la unidad habitacional de tres (3) dormitorios, identificada como Casa N° 11 correspondiente a la Obra: “CONSTRUCCIÓN DE 21 VIVIENDAS DE TRES (3) DORMITORIOS, UBICADAS EN LAS PARCELAS N° 01 A LA PARCELA N° 11 Y PARCELAS N° 14 A LA PARCELA N° 23, DE LA MANZANA 50 DE LA SECCIÓN A EN LA LOCALIDAD DE PICO TRUNCADO” cuyos titulares fueran el señor Francisco Gustavo RAMÍREZ (D.N.I. N° 23.286.465) en condominio con la señora María Haydee CABALLERO (D.N.I. N° 27.764.611).-
RESOLVER todo Contrato y/o instrumento legal oportunamente suscripto entre el señor Francisco Gustavo RAMÍREZ (D.N.I. N° 23.286.465), la señora María Haydee CABALLERO (D.N.I. N° 27.764.611) y este INSTITUTO.-
NOTIFICAR fehacientemente, a través del Departamento Despacho, los términos de la presente Resolución al señor Francisco Gustavo RAMÍREZ y la señora María Haydee CABALLERO en el domicilio sito en calle Lago Buenos Aires N° 813 - Casa N° 11 - B° Cooperativa de la localidad de Pico Truncado.-
INTIMAR al grupo familiar desadjudicado y/o actuales ocupantes, a que en un plazo de no mayor a DIEZ (10) días corridos, a partir de la notificación fehaciente de la presente Resolución, hagan entrega de las llaves de dicho inmueble, libre de ocupantes y enseres personales, en la Dirección Provincial de Gestión Integral y Planificación Estratégica del Hábitat, sita en Avenida Juan Manuel GREGORES N° 480 de esta ciudad Capital, o en la oficina de la Delegación IDUV de Pico Truncado, bajo apercibimiento de proceder mediante mecanismos legales a nuestro alcance para producir el desalojo.-
REMITIR copia de la presente Resolución a la Municipalidad de Pico Truncado, para conocimiento de sus Autoridades, y a la Delegación IDUV con asiento en la misma Localidad.-