Dirección General Boletín Oficial - C.P.E. - SUMARIO ADMINISTRATIVO DOCENTE CYNTHIA FERNÁNDEZ - INSTITUTO PRIVADO DE ENSEÑANZA INTEGRAL (IPEI) RÍO GALLEGOS - P1/2
Edición del 16 Mayo 2024
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Notificaciones / publicado el 25 Abril 2024 / BO 5874

C.P.E. - SUMARIO ADMINISTRATIVO DOCENTE CYNTHIA FERNÁNDEZ - INSTITUTO PRIVADO DE ENSEÑANZA INTEGRAL (IPEI) RÍO GALLEGOS - P1/2

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN A LA:
Sra. CYNTHIA FERNÁNDEZ
 
La Instrucción de Sumarios Zona Centro y Sur sita en calle Perito Moreno N° 236 – 1° piso, de esta ciudad, dependiente del Consejo Provincial de Educación a cargo de la Dra. Carolina MORENO, a los efectos de hacerle saber a la Sra. Cynthia FERNÁNDEZ D.N.I. N° 16.616.864 en relación a los autos caratulados: "SUMARIO ADMINISTRATIVO DOCENTE CYNTIA FERNÁNDEZ-INSTITUTO PRIVADO DE ENSEÑANZA INTEGRAL (IPEI)-RÍO GALLEGOS" EXPTE. N° 676542/2019, que se procede a NOTIFICARLE del CAPÍTULO DE CARGOS CONCLUSIONES PRELIMINARES, que en su parte pertinente manifiesta: "Río Gallegos, Capital de la provincia de Santa Cruz, República Argentina a los (15) días del mes de abril del año dos mil veinticuatro, siendo las trece horas, atento un minucioso análisis de los elementos de juicio colectados y considerando que hay fundamentos suficientes para sustentar un pronunciamiento, teniendo en cuenta el objeto de la investigación, la Instrucción RESUELVE: Dar por finalizada la fase de Instrucción del presente sumario, levantando el secreto del mismo y abocarse a la elaboración de las Conclusiones Preliminares, según lo prescripto por el artículo 85° del Acuerdo N° 219/96, y compulsando las constancias obrantes en estas actuaciones, cabe expresar lo siguiente: (...) III) CONCLUSIONES: En mérito a todo lo expuesto precedentemente, esta Instrucción RESUELVE: -1.- ATRIBUIR RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DOCENTE a la Sra. Cynthia FERNÁNDEZ D.N.I. N° 16.616.864, por encontrarse debidamente acreditada la falta imputada en cuanto a los tratos inadecuados y/o generar situaciones que atenten contra de la integridad física y/o moral de los alumnos menores durante el ciclo lectivo 2019; violentando los términos de los artículos 5° incisos a) y d) de la Ley N° 14.473 - Estatuto del Docente-, 67° Obligaciones incisos a), d), e) y f) de la Ley N° 26.206 de Educación Nacional, artículos 9° y 28° de la Ley N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y el artículo 2° de la Ley N° 3062 “Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes que se encuentren en el territorio de la provincia de Santa Cruz. 2.- NOTIFICAR POR VÍA EDICTAL elevando nota al Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz a la sumariada Sra. Cynthia FERNÁNDEZ de estas Conclusiones Preliminares elaboradas en el marco del artículo 85º del Acuerdo 219/96, a sus efectos. IV.- DE LA PROSECUCIÓN DEL TRÁMITE: Seguidamente y para conocimiento del imputado, se transcriben en sus partes pertinentes los artículos 85°, 86°, 87° y 88° del Reglamento de Investigación Sumarial, de aplicación a estas actuaciones atento a su estado, los que textualmente expresan: ART. 85º: “…Agotada la investigación, el Instructor deberá... formular sus conclusiones... procederá a atribuir o deslindar responsabilidad y formular cargo según correspondiere, encuadrando legalmente la conducta desplegada por el agente sumariado…”. ART. 86º: “…De las conclusiones referidas en el artículo precedente, se dará traslado al sumariado, a efectos de que en el plazo de DOS (2) días, formule su descargo y ofrezca los elementos de prueba que considere pertinentes y acompañe las que obraren en su poder…”.  ART. 87º: “…Dentro del mismo término, y si considerare a éste insuficiente, podrá requerir por escrito que se amplíe en OCHO (8) días más, ampliación que por su sola solicitud, quedará automáticamente acordada sin necesidad de pronunciamiento ni notificación alguna, totalizando en definitiva la cantidad de DIEZ (10) días a los fines señalados…”. ART. 88º: “…Durante el transcurso del plazo indicado en los artículos 86º y 87º el expediente se encontrará a disposición del sumariado, en el horario y lugar que le fuere notificado y podrá tener libre acceso al mismo, como así también se lo autorice a extraer copias a sus costas…”. A los fines precedentemente expuestos la Instrucción habilita la sede de la Dirección General de Sumarios del Consejo Provincial de Educación, sita en Perito Moreno Nº 236 1° piso de la ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 13:00 horas.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
 
CAROLINA PAULA MORENO
Instructora Sumarial
C.P.E.

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Luisa Elizabeth CÁRDENAS