Dirección General Boletín Oficial - NEA LTM S.R.L. S/ INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO - EXPEDIENTE N° 13.159/2022 - P1/1
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Edictos / publicado el 25 Octubre 2022 / BO 5709

NEA LTM S.R.L. S/ INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO - EXPEDIENTE N° 13.159/2022 - P1/1

E D I C T O
 
Por disposición de S.S. la Señora Juez a cargo del Juzgado Provincial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial Laboral, de Minería y de Familia Número Uno con asiento en Puerto San Julián, en autos caratulados: "NEA LTM S.R.L. S/ INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO” (EXPTE. N° 13159/2022) se hace saber por un día, que se procede a la inscripción del presente CONTRATO SOCIAL: SOCIOS NICOLÁS CONSTANTINO MICHUDIS, D.N.I. N° 29.033.866, C.U.I.T .20-29033866-3, argentino, nacido el día 17 de octubre de 1981, casado, profesión Licenciado en Administración de Empresas, domiciliado en Avenida San Martín N° 1432 de Puerto San Julián y la señora KATINA MICHUDIS, D.N.I. N° 27.970.833, C.U.I.T. 23-27970833-4, argentina, nacida el 18 de abril de 1980, soltera, profesión Licenciada en Administración de Empresas, domiciliada en calle Jean Jaures N° 1165 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, FECHA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: 1° de noviembre de 2021.- RAZÓN SOCIAL Y SEDE SOCIAL: La sociedad girará bajo la razón social “NEA LTM S.R.L.”, el domicilio comercial de la sociedad y asiento principal de sus negocios será en calle Avenida San Martín N° 1432 de la localidad de Puerto San Julián, provincia de Santa Cruz, sin perjuicio de las sucursales, agencias, filiales, depósitos o representaciones que podrá establecer en el interior del país o en el extranjero.- Para el establecimiento de las sucursales, agencias, filiales, depósitos o representaciones que podrá establecer en el interior del país o en el extranjero, o sencillamente para el cambio del domicilio comercial o legal no será necesario la modificación del estatuto bastando para ello la publicación del extracto del acta de asamblea en el Boletín Oficial o en un diario de mayor circulación donde se resalten estos cambios.- OBJETO SOCIAL: El objeto principal de la sociedad será: A) La producción, elaboración industrialización, fraccionamiento, envasado, compra, venta al por mayor y menor, importación, exportación y distribución de: Alimentos para consumo humano y de animales, proteínas, productos, todo tipo de carnes y sus derivados, productos pesqueros y sus derivados, toda clase de conservas, frutas, verduras y hortalizas, pastas, aceites comestibles, vinos, licores, bebidas con y sin alcohol, jugos de fruta, dulces y helados.- B) La Compraventa, locación, consignación, distribución, representación, importación y exportación de: Repuestos, herramientas, pinturas y productos químicos para uso y aplicación en la industria y el agro, artículos del hogar, eléctricos, menaje, casa, pesca, campo, regalaría y materiales de construcción; C) La compra venta al por mayor y menor de electrodomésticos y D) Todo lo relacionado con la atención y puesta en funcionamiento de supermercados y en general efectuar cualquier actividad industrial, de servicios o comercial lícita en la que la sociedad resuelva operar.- CAPITAL SOCIAL, SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN: El capital de la sociedad se fija en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000), que se divide en veinte (20) cuotas de PESOS DIEZ MIL ($10.000) c/u. suscriptas y aportadas por los socios en la siguiente forma y proporción: Corresponden al Sr. Nicolás Constantino Michudis DIEZ (10) cuotas por un valor de PESOS CIEN MIL ($100.000) que equivalen a un 50 % de la sociedad; y a la Sra. Katina Michudis DIEZ (10) cuotas por un valor de PESOS CIEN MIL ($100.000) que equivalen a un 50 % de la sociedad.- El capital social se aportará en la siguiente forma en este acto se integra el VEINTICINCO POR CIENTO, (25%) equivalente a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.00).- Cada socio aporta PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000).- Los socios se obligan a integrar el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.- Los socios manifiestan que el capital social es donado por la madre de ambos, MARTA MANUELA MALLADA.- ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La sociedad será dirigida y administrada durante toda su vigencia por el gerente o los gerentes designados, pudiendo serlo incluso los socios y actuando en forma individual y/o conjunta; El o los gerentes tendrán el uso de la firma social, debiendo suscribir las obligaciones con su firma personal a continuación de la fórmula “NEA LTM S.R.L.”.- Cuando se contrate en nombre de la sociedad por una suma superior a DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MIL (U$S 150.000), se necesitará contar con la firma de dos gerentes y/o uno junto a la de un socio para que el contrato sea válido para la sociedad.- La remuneración de los gerentes será fijada por asamblea de socios, con las limitaciones establecidas por el art. 261 de la ley GENERAL DE SOCIEDADES N° 19.550.-La sociedad asimismo podrá dejar cesantes al o a los gerentes designados o designar nuevos sin que tengan que ser necesariamente los socios, para ello no será necesaria la modificación del estatuto bastando la publicación del extracto del acta de asamblea en el Boletín Oficial o en un diario de mayor circulación donde se resalten estos cambios.- Los socios deciden designar al socio NICOLÁS CONSTANTINO MICHUDIS, D.N.I. N° 29.033.866. El nombrado podrá quedar cesante o todos los socios designar nuevos sin que sea necesaria la modificación del estatuto, bastando la publicación del extracto del acta de asamblea en el Boletín Oficial o en un diario de mayor circulación donde se resalten estos cambios.- DURACIÓN DE LA SOCIEDAD: El plazo de duración de la sociedad será de quince (15) AÑOS, contados a partir del día 1° de noviembre del 2021, fecha en la cual comenzarán a regir todos los derechos y obligaciones emergentes del presente contrato, pero podrá ser disuelta en cualquier momento por decisión unánime de los socios.- FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO: Sin perjuicio de los balances parciales o de comprobación que se efectuarán anualmente el 31 de diciembre de cada año, se practicará un inventario y balance general, a los fines de conocer el estado y marcha de los negocios sociales. Las utilidades líquidas y realizadas que arroje la explotación comercial de la sociedad serán distribuidas en las siguientes formas: cinco por ciento para el fondo de reserva legal hasta que alcance al veinte por ciento del capital, en cuyo caso no deberá deducirse más. El remanente se distribuirá entre los socios en proporción de sus capitales. Se entiende por utilidades líquidas y realizadas, los beneficios que arroja la explotación comercial una vez satisfechas las amortizaciones admitidas por la Dirección General Impositiva, las reservas y/o reservas especiales, previsiones, gratificaciones al personal y cualquier otra que se quisiera efectuar. Las pérdidas, si las hubiere, serán soportadas por los socios en proporción igual a la de las utilidades. No habiéndose formulado ninguna objeción al balance en el término de noventa días a partir del cierre del ejercicio, se considerará automáticamente aprobado, para lo cual lo confirmará cada uno de los socios con su firma personal.-
 
PUERTO SAN JULIÁN, 25 de agosto de 2022.-
 
COSTAS MARINA SOLEDAD
Secretaria
 

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI