E D I C T O
El Sr. Juez en lo Civil y Comercial N° 8, Dra. Vuelkovich María de la Rosa, cita y emplaza a ROMINA LIDIA DE LUJÁN GARCÍA, DNI N° 29.089.586 y FABIANA ENRÍQUEZ, DNI N° 11.790.010, para que dentro de (05) días, tome intervención en autos: “CHEVROLET S.A. DE AHORRO P/FINES DETERM. C/GARCÍA, ROMINA LIDIA DE LUJÁN Y OTROS S/ EJECUCIÓN PRENDARIA” Expte. N° 15659/19, que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial N° 8, Av. Laprida N° 33 - Torre 2, Piso 3°, de la ciudad de Resistencia, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausente para que lo represente. Para su recaudo se transcribe las resoluciones que ordenan el presente: Resistencia, 7 de Abril de 2022.-… Asimismo, atento lo peticionado y constancias de autos, habiéndose cumplimentado con el trámite previsto por el art. 162 del C.P.C.C. y art. 530, notifíquese el despacho Monitorio, en su parte resolutiva, a las ejecutadas ROMINA LIDIA DE LUJÁN GARCÍA, DNI N° 29.089.586 y FABIANA ENRÍQUEZ, DNI N° 11.790.010 por Edictos que se publicarán en un (01) día en el Boletín Oficial y en un diario de los de mayor circulación de la ciudad de Comandante Luis Piedrabuena, Corpen Aike, Santa Cruz (último domicilio registrado de las citadas), emplazándolas para que dentro de cinco (05) días, con más la ampliación que corresponda en razón de la distancia (un día por cada doscientos kilómetros o fracción que no baje de cien), tomen intervención en autos bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausente para que las represente. Not.- MARÍA DE LOS ÁNGELES VUELKOVICH, Juez Subrogante, Juzgado Civil y Comercial N° 8.”. “Resistencia, 14 de febrero de 2020. AUTOS Y VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVO: 1.- LLEVAR ADELANTE la ejecución contra GARCÍA, ROMINA LIDIA DE LUJÁN, DNI N° 29.089.586, ENRÍQUEZ, FABIANA DNI N° 11.790.010, ALMIRON, FRANCISCO, DNI N° 25.518.437, hasta hacerse el acreedor íntegro pago de la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE ($347.97,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II.- PRESUPUESTAR la suma de PESOS CIENTO CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE ($104.189,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER a los ejecutados que dentro del plazo de tres (3) días (conf. art. 29, decreto ley nro. 15.348/46, ratificado por ley N° 12.962, Prenda con Registro), a contarse a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I de la presente u OPONERSE deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCC, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 –tercer y cuarto párrafo- del citado cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del CPCC). V.- REGULAR los honorarios del Profesional interviniente: CARLOS EMMANUEL ROMERO (5925), como patrocinante en la suma de PESOS CUARENTA y SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA y DOS ($47.232,00) y como apoderado en la suma de PESOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA y TRES ($18.893,00), con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3.5.6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaria vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI.- NOTIFÍQUESE en el domicilio real, o al contractual, o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida del ejecutado, de conformidad con el art. 530 del CPCC y con las formalidades establecidas en el art. 341 del citado cuerpo legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII.- REGÍSTRESE, PROTOCOLÍCESE.- DR. ROBERTO ALEJANDRO HERLEIN. JUEZ. Juzgado Civil y Comercial N° 8. Resistencia, Chaco”.
Resistencia, 19 de abril de 2022.-
MARÍA DE LOS ÁNGELES
Juez Subrogante
Juzg. Civil y Comercial N° 8
MARILINA RAMIREZ
Secretaria
Juzgado Civil y Comercial N° 8
LILIANA C. R. COSTICHI
Secretaria
Juzgado Civil y Comercial N° 8