AVISO LEGAL DE CONSTITUCIÓN DE S.A.S.
DENOMINACIÓN SOCIAL “CENTRO MÉDICO PATAGONIA S.A.S.”
POR UN DÍA: En fecha 24 de Abril de 2023 la Sra. Macarena Mansilla Yukic, D.N.I. N° 36973981, resuelve constituir "CENTRO MÉDICO PATAGONIA Sociedad por Acciones Simplificada” según las cláusulas del instrumento tipo publicado por el Registro Público de la provincia y por aplicación de la Ley N° 27.349: domicilio en la Jurisdicción de la ciudad de Perito Moreno, provincia de Santa Cruz. La duración de la sociedad es de 99 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.- Tendrá por objeto realizar, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: la promoción, ejecución y desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con la salud.- En el ejercicio de ellas la sociedad podrá construir, instalar, administrar y explotar cualquier clase de establecimientos hospitalarios, por cuenta propia o ajena y prestar toda clase de servicios médicos o de salud . Podrá igualmente desarrollar todo tipo de actividades industriales y comerciales destinadas a satisfacer las necesidades propias de la salud, sea directamente o asumiendo representaciones nacionales o extranjeras , y formar o participar como socio en cualquier clase de institutos, organizaciones o Sociedades que tenga entre sus finalidades aquellas propias de la clínica.-
… El capital social se fija en la suma de $ 500000 (PESOS QUINIENTOS MIL) dividido en 200 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 2500 (PESOS DOS MIL QUINIENTOS), de valor nominal cada una con derecho a un voto por acción. Este capital podrá ser aumentado por decisión de la reunión de socios. La administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más persona/s humana/s, socio/s o no, con duración en el/los cargos por 03 (tres) años debiendo designar igual o menor número de administrador/es suplente/s, por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección.- El órgano de administración y representación tiene todas las facultades legales para administrar los bienes sociales. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos, contratos o negocios comerciales comprendidos en el objeto social, salvo disposición en contrario en este contrato, relacionados directa o indirectamente con el mismo. El nombramiento del administrador/es podrá ser revocado por la reunión de socios. Mientras no se produzca revocación, el/los administrador/es continúa/n en el cargo.- La sociedad prescinde de la sindicatura.- El ejercicio económico y financiero de la sociedad concluirá el día 28 del mes de marzo de cada año. Cláusulas Transitorias: A) Se designa como administrador a la Sra. Maarena Mansilla Yukic quien acepta el cargos y fija domicilio en Perito Moreno 561 de la ciudad de Perito Moreno, provincia de Santa Cruz B) Se designa como representante legal de la sociedad a la Sra. Macarena Mansilla Yukic, quien se encuentran presente y manifiesta que acepta la designación efectuada, fijando domicilio especial en el lugar antes indicado.-
ENZO OTALORA
Abogado
Mat. TSJSC Tº V Fº 40