Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN M.E.F.I.- N° 0275/2024
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Resoluciones Completas / publicado el 28 Junio 2024 / EE 5894

RESOLUCIÓN M.E.F.I.- N° 0275/2024

APROBACIÓN DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE RECEPCIÓN DE OFERTAS Y EL MANUAL DE USUARIO DEL PORTAL DE PROPUESTAS ELECTRÓNICAS
RESOLUCIÓN N° 0275
 
RÍO GALLEGOS, 24 de junio de 2024.-
 
VISTO: el Expediente Nº 412.308/MEFI/2024, iniciado por la Secretaría Privada del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, Ley N° 3850 y Decretos Nros. 0382 de fecha 7 de mayo de 2024 y 0484 de fecha 21 de mayo de 2024 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 3850 declaró el estado de Emergencia Administrativa y Alimentaria en la prestación y adquisición de insumos y alimentos en el área de Educación, Salud y Desarrollo Social, por el plazo de tres (3) meses a partir de su entrada en vigencia;
Que en el marco de la emergencia declarada la citada Ley autorizó al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, IGUALDAD E INTEGRACIÓN, MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE y al CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN, previo al cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la misma, a contratar de manera directa y excepcional, durante el plazo que dure la emergencia la provisión de bienes, servicios y alimentos que resulten necesarios para garantizar el cumplimiento de las funciones estatales, mantenimiento de la infraestructura y la provisión de servicios públicos, durante el plazo de vigencia de la emergencia declarada, cualquiera sea la modalidad de contratación, excepcionalmente y de manera fundada;
Que en dicho marco se dispuso que el Poder Ejecutivo Provincial dictaría los reglamentos de ejecución necesarios a efectos de la efectiva instrumentación de las disposiciones contenidas en la mencionada ley;
Que, en consonancia con ello, se dictó el Decreto N° 0382 de fecha 7 de mayo de 2024, que aprobó la reglamentación de la ley N° 3850, estableciendo lineamientos que regirán el procedimiento de la contratación directa de bienes y servicios necesarios para atender la emergencia;
Que en tal sentido, se dispuso que los órganos u organismos con algún tipo de intervención en los procedimientos regulados por la presente norma deberán darle prioridad y la máxima celeridad a los requerimientos que se le cursen, así como prestar toda la colaboración que se le requiera;
Que, el artículo 4° del citado cuerpo normativo estableció que en todo lo no previsto en la mencionada reglamentación serán de aplicación supletoria las disposiciones de la Ley N° 3755, su modificatoria y el Reglamento de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Provincial N° 1678/22;
Que, por el artículo 2° del Decreto N° 0382/2024 se facultó a la titular del MINISTERIO DE ECONOMÍA, FINANZAS e INFRAESTRUCTURA a dictar las disposiciones aclaratorias o complementarias a fin de tornar operativo el procedimiento allí establecido;
Que en consonancia con ello y bajo tal directriz resulta necesario establecer lineamientos que deberán observarse a los efectos de la implementación práctica en la contratación directa de bienes y servicios en el marco de la emergencia, a fin de facilitar la gestión por parte de las unidades requirentes de contrataciones y de todos los actores involucrados en la tramitación de dichos procesos;
Que a efectos de mejorar la eficiencia de la Administración Provincial, la reglamentación establece que la autoridad contratante será depositaria de las ofertas que se reciban por correo electrónico y tendrán la responsabilidad de que permanezcan reservadas hasta el día y hora de vencimiento del plazo fijado para su apertura;
Que asimismo, se admiten medios electrónicos de presentación para las ofertas que garanticen la inviolabilidad del documento, hasta el día y hora fijados para la apertura;
Que en línea con lo expuesto, en esta instancia con el objetivo de propender al cumplimiento de lo prescripto en dicha reglamentación, el Órgano Rector de Contrataciones y la Subsecretaría de Informática procuraron la habilitación de un sistema electrónico que garantizara la seguridad e inviolabilidad de los documentos como medio de presentación de las ofertas por parte de los oferentes;
Que en consecuencia, resulta necesario aprobar el manual de usuario para la implementación del Portal de Propuestas Electrónicas, para las presentaciones de las ofertas en el marco de la emergencia dispuesta por la Ley N° 3850 y su reglamentación;
Que ha tomado intervención de competencia la Subsecretaría de Contrataciones y la Subsecretaría de Informática;
Que de fs. 30 a 31 y vuelta obra Dictamen Nº 450 de fecha 24 de junio de 2024 emitido  por  la  Coordinación de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Jurídica del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura;
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto N° 0382 de fecha 7 de mayo de 2024;
Por ello,
 
LA MINISTRA DE ECONOMÍA, FINANZAS E INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E :
 
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la implementación del sistema electrónico de recepción de ofertas y el manual de usuario del Portal de Propuestas Electrónicas, de conformidad a lo prescripto en el Decreto N° 0382 de fecha 7 de mayo de 2024 y su modificatorio, para las contrataciones directas de bienes y servicios en el marco de la Emergencia Administrativa y Alimentaria declarada por la Ley Nº 3850, el que como Anexo forma parte de la presente.-
ARTÍCULO 2°.- INSTRÚYASE a la Subsecretaría de Informática y a la Subsecretaría de Contrataciones, a arbitrar las medidas necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1°.-
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE la presente Resolución a la Comisión de Seguimiento de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS de la Provincia de Santa Cruz.-
ARTÍCULO 4º.- A sus efectos, tomen conocimiento: Ministerio de Desarrollo Social, Igualdad e Integración, Ministerio de Salud y Ambiente, Consejo Provincial de Educación, Subsecretaría de Informática, Subsecretaría de Contrataciones, Contaduría y Tesorería General de la Provincia, dese copia al Tribunal de Cuentas y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
C.P. MARILINA JARAMILLO
Ministra
Ministerio de Economía
Finanzas e Infraestructura
Provincia de Santa Cruz
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AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI