RESOLUCIÓN N° 1965
EL CHALTÉN, 04 de septiembre de 2023.-
V I S T O :
La Ordenanza Nº 184/21 y su Anexo I Manual de Procedimientos Básico para la Entrega de Suelo Urbano en la localidad de El Chaltén, la Resolución N° 344/HCDECH/2023 y la Nota N° 008/PHCDCh/2023 y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 344/HCDECH/2023, en su artículo 1° se determina la unificación de los Expedientes N° 489.124/12 y 493.467/19;
Que en el artículo 2° se excluye del proceso de preadjudicación al Expte. N° 491.111/15 bis, por las razones indicadas en el dictamen legal del asesor del Concejo;
Que en el artículo 3° se acepta la impugnación formulada en contra del Expte. N° 489.578/13.
Que debido a ello, los titulares de dichos expedientes han quedado excluidos del proceso de adjudicación de tierras iniciado por esta Secretaría de Obras y Urbanismo, mediante el cual se dispuso la entrega de sesenta y cinco (65) Lotes a quienes habían sido seleccionados con su incorporación en el listado de preadjudicatarios de la Resolución N° 1607/S.O.yU./MECH/2023.
Que de esta forma, se han liberado tres (3) cupos para completar los sesenta y cinco (65) Lotes disponibles en condiciones de ser adjudicados, por lo que corresponde integrar la nómina de preadjudicatarios con las personas que ocupan los tres (3) siguientes lugares en el orden de mérito del listado de inscriptos, por debajo de los sesenta y cinco (65) incluidos en la Resolución antes mencionada.
Que este nuevo listado debe ser aprobado y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz y la Municipalidad de El Chaltén, así como en lugares públicos, de fácil acceso y lectura y en las páginas web del Municipio y del HCDCh, el que estará sujeto a impugnación durante el plazo de diez (10) hábiles administrativos.
Que tales impugnaciones deberán formularse mediante Nota ante la Secretaría de Obras y Urbanismo, debidamente rubricada con nombre, apellido, DNI y domicilio, en la que se deberá indicar la persona postulante impugnada y sus causales, o bien, las mismas podrán ser planteadas de oficio por parte del área de aplicación ante una denuncia anónima, las que deberán ser remitidas de forma inmediata a la Comisión Plenaria de la Tierra y la Vivienda del HCDCh para que resuelva en un plazo de diez (10) días hábiles administrativos.
Que a los efectos de dar cumplimiento con la normativa vigente, corresponde dictar el presente instrumento legal.
POR ELLO:
LA SECRETARIA DE OBRAS Y URBANISMO
DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CHALTÉN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el siguiente Listado de Personas Pre Adjudicatarias, quienes han acreditado reunir los requisitos previstos en la Ordenanza N° 184/21 y su Anexo I, a saber:
ORDEN N° |
NOMBRE Y APELLIDO |
D.N.I. N° |
1 |
Speranza, Julián Ignacio y Chaparro, Paula Constanza |
26.726.198 y 29.592.252 |
2 |
Martínez Oviedo, Valeria Laura |
22.955.075 |
3 |
Albarracín, Bárbara Jimena |
29.249.154 |
ARTÍCULO 2º.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz y la Municipalidad de El Chaltén, como así también en lugares públicos, de fácil acceso y lectura y en las páginas web del Municipio y del HCDCh.-
ARTÍCULO 3º.- HÁGASE SABER que a partir de la fecha de su publicación y por un término de diez (10) días hábiles administrativos se podrá formular impugnación al listado, mediante Nota debidamente rubricada con nombre, apellido, DNI y domicilio, la que deberá ser presentada ante la Secretaría de Obras y Urbanismo, indicando la persona postulante impugnada y sus causales, ó de oficio por parte del área de aplicación ante una denuncia anónima la que será remitida a la Comisión Plenaria de la Tierra y la Vivienda del HCDCh para que resuelva en un plazo de diez (10) días hábiles administrativos.-
ARTÍCULO 4º.- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE a todas las dependencias correspondientes de la Municipalidad, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz y la Municipalidad de El Chaltén y cumplido, ARCHÍVESE.-
M.M.O. LETICIA A. FORTO
Secretaría de Obras y Urbanismo
Matrícula: 708
Municipalidad El Chaltén