RESOLUCIÓN N° 336
RÍO GALLEGOS, 12 de agosto de 2022.-
V I S T O :
El Expediente JP-N° 17.910-“R”/2022; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, la Jefatura de Policía tramita el pase a situación de Retiro Obligatorio del Cabo Primero de Policía Horacio Guillermo QUINTOS, a partir del día 1º de septiembre del año 2022;
Que tal petición se basa en los términos de la Disposición N° 182-D.G.P.-R/22, en virtud de que el citado efectivo policial fue considerado “NO APTO PARA EJERCER LA FUNCIÓN POLICIAL”, conforme Junta Médica a fojas 12, realizada por profesionales en Psicología y Psiquiatría dependiente de la Dirección General de Bienestar Policial;
Que el Cabo Primero de Policía fue declarado en PASIVA, a partir del día 30 de junio del año 2021 mediante Disposición Nº 158-DGBP-CM/2021, obrante a fojas 10;
Que la Dirección General de Asuntos Legales, informa a fojas 15, que el Cabo Primero de Policía posee actuaciones administrativas mediante Expediente J.P.-N° 17.485-R/21, amparada bajo Oficio Preventivo N° 001-INF.SUM-D.G.R.S.O/21 y Expediente J.P.-N° 17.469-R/21, amparada bajo Oficio Preventivo N° 002-INF.SUM-D.G.R.S.O/20, pendientes de resolución;
Que la Sección Licencias dependiente de la Dirección General de Personal, informa a fojas 16, que el Cabo Primero de Policía posee pendiente las Licencias Anuales Reglamentarias de los años 2020 (30 días hábiles) y 2021 (30 días hábiles), las cuales fueron otorgadas mediante Disposiciones Nros. 396-DGPL/20 y 203-DGPL/21;
Que la Dirección General de Logística, informa a fojas 18, que el nombrado no posee armamento reglamentario provisto por la Institución Policial, en cumplimiento a lo ordenado mediante Radiograma General N° 001-J/18 y Resolución Nº 144/18 artículo 58º;
Que el presente tramite, se encuadra en las previsiones del artículo 16° Inciso 10) de la Ley Provincial N° 1864 (Retiro Obligatorio);
Que por Ley Provincial N° 3680, se sustituyó el artículo 1° de la Ley Orgánica de Ministerios N° 3480 y su modificatoria, incorporando como Inciso i) al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz, como nueva cartera ministerial del Poder Ejecutivo Provincial, aprobando su estructura organizativa y funcional mediante Decreto Provincial N° 1165/19;
Que el Ministro de Seguridad interviene en el presente, en uso de las atribuciones emergentes del artículo 10° Ter de la Ley Provincial N° 3480, en conformidad por lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley Provincial N° 3680 y normativa concordante;
Que nada obsta a proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen N° 474-DGA.JURyJUD/22, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Judiciales dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 37/38 y vuelta;
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
R E S U E L V E :
1º.- PASE, a partir del día 1º de septiembre del año 2022, a situación de Retiro Obligatorio al Cabo Primero de Policía Horacio Guillermo QUINTOS (Clase: 1983 - D.N.I. Nº 30.093.010), de acuerdo a lo establecido en el artículo 16º Inciso 10) de la Ley Provincial Nº 1864.-
2º.- PASE, a Dirección General de Personal (Jefatura de Policía) para su conocimiento, a la Caja de Previsión Social a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHĺVESE.-
Dr. LISANDRO G. DE LA TORRE
Ministro de Seguridad