Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.E.T.-N° 0164/2021
BODY
Edición del 15 Julio 2025
Ediciones anteriores
Disposiciones Sintetizadas
« Jul 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
  1 2 3 4 5 6
7 8 9 10 11 12 13
14 15 16 17 18 19 20
21 22 23 24 25 26 27
28 29 30 31      

Secciones



Disposiciones Sintetizadas / publicado el 17 Febrero 2022 / BO 5634

DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.E.T.-N° 0164/2021

INSCRIPCIÓN REGISTRO PROVINCIAL ACTIVIDADES TURÍSTICAS - ALOJAMIENTO TURÍSTICO - CHALTÉN APART 365 - EL CALAFATE
DISPOSICIÓN N° 164

RÍO GALLEGOS, 15 de Septiembre de 2021.-
Expediente Nº 448.418–M.P.C.I./2021 la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y modificatorias; el Decreto Provincial Nº 769/85, y el Decreto Provincial N° 2185/09, y Manual de Clasificación y Categorización de Alojamientos Turísticos.
INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el Nº 2.135 en el rubro ALOJAMIENTO TURÍSTICO al establecimiento denominado “CHALTÉN APART 365”, presentado por el Sr. MOLINA Roberto Antonio, C.U.I.T. Nº 20-24107143-0, sito en Av. Llao Llao Nº 65, de la localidad de El Chaltén.
CLASIFICAR como “CASA Y/O DEPARTAMENTOS DE ALQUILER TEMPORARIO” y CATEGORIZAR como “B”, al establecimiento citado en el Artículo 1º.
La presente categoría de acuerdo al Artículo 146º del Decreto Provincial Nº 2185/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años.
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.
De acuerdo al Decreto Provincial Nº 1310/96 en su Artículo 2º, el Prestador deberá implementar el Formulario Único y Obligatorio de Registro, para el registro de pasajeros.
La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Provincial Nº 2534/04 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.
NOTIFICAR al Prestador Sr. MOLINA Roberto Antonio, DNI Nº 24.107.143, en el domicilio indicado en el Artículo 1°.-

Téc. LORENA PRIOTTI
Directora Provincial de Turismo
Secretaría de Estado de Turismo
   

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI