Dirección General Boletín Oficial - M.T.E.yS.S. - TEC INSTRUMENTAL S.A. - P1/3
Edición del 01 Septiembre 2026
Ediciones anteriores
Notificaciones
« Sep 2026 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
  1 2 3 4 5 6
7 8 9 10 11 12 13
14 15 16 17 18 19 20
21 22 23 24 25 26 27
28 29 30        

Secciones



Notificaciones / publicado el 01 Septiembre 2026 / BO 6150

M.T.E.yS.S. - TEC INSTRUMENTAL S.A. - P1/3

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN A LA:
R/S “TEC INSTRUMENTAL S.A.”
 
Hago saber Ud., que autos caratulados: “DEPARTAMENTO DE INSPECCIONES S/ACTA DE INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE A RAZÓN SOCIAL TEC INSTRUMENTAL S.A.” dependiente de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y; bajo Expediente N° 534.283/2024, se ha dictado Disposición N° 0447/2025 que transcripta en sus partes pertinentes dice así Río Gallegos 21 de agosto de 2025” VISTO CONSIDERANDO: Que obra en el presente Acta de Inspección Laboral Nº 708/2024 - Ley Nº 19.587, con fecha 06 de junio del año 2024, a la razón social TEC INSTRUMENTAL S.A. con domicilio legal en Blas Parera Nº 1007 Florida, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y domicilio de inspección en Ruta Provincial 47 Km. 80 - Yacimiento Cerro Moro, de la localidad de Puerto Deseado - Santa Cruz; Que obra en el presente Dictamen Acusatorio Circunstanciado Nº 446/2024, el cual se encuentra debidamente notificado, otorgándole a la razón social inspeccionada los plazos legales pertinentes para su cumplimiento y para que ejerza su derecho de defensa, informando que la razón social en cuestión no ha dado cumplimiento a los siguientes puntos: Plan anual de capacitación firmado por profesional higiene y seguridad. Registro y constancia de dictado de capacitaciones sobre riesgos generales y específicos - Decreto Nº 351/79 Anexo I, Capítulo 21 Artículos 209º, 211º y 213º; Registro de entrega de EPP y ropa de trabajo - Resolución SRT Nº 299/11; Servicio de Higiene y Seguridad con certificación de cumplimiento de horas profesionales y matrícula correspondiente - Decreto Nº 1338/96 - Artículos 3º y 12º; Registro de entrega de credenciales de ART firmadas por los trabajadores - Ley Nº 24.557 - Artículo 31º - Punto 2 - Inciso b) - Decreto Nº 170/96 - Artículo 28º - Inciso h); Que corresponde en consecuencia aplicar como sanción GRAVE conforme a lo estipulado en la Ley Pacto Federal del Trabajo Nº 25.212, una multa cuyo valor asciende a la suma total de $ 1.167.922,60 de acuerdo a lo informado por el Secretario de Estado de Trabajo, en concordancia a la Ley Provincial Nº 2450, siendo verificado por la Asesoría Letrada de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante Dictamen Nº 1206/DPAJ/2025; Que se deberá transferir la suma mencionada precedentemente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - C.U.I.T. Nº 30-71611032-6 - Cuenta Corriente Nº 014161357 - CBU: 0860001101800041613572, de acuerdo a comprobante obrante en el Presente, debiendo presentar el comprobante de depósito en esta entidad dentro de las 48 Hs. de efectuado el mismo; Que se Deja Establecido que la falta de acreditación de la constancia de depósito ante este organismo, dentro del plazo estipulado en el considerando anterior, se considerará impaga, recurriéndose al cobro por vía judicial correspondiente; Que la presente gestión se realiza de acuerdo a lo previsto mediante Leyes Nacionales Nros. 19.587, 25.212 y 24.557, y Ley Provincial Nº 2450, y Decretos Reglamentarios; Que atento al Dictamen Nº 1870/DPAJ/2025, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 76, no presenta objeciones que formular; POR ELLO: LA SUBSECRETARÍA DE TRABAJO DISPONE: 1º.- SANCIONAR a la razón social TEC INSTRUMENTAL S.A. (C.U.I.T. Nº 30-64150457-9) // -2- con domicilio legal en Blas Parera N° 1007 Florida, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y domicilio de inspección en Ruta Provincial 47 Km. 80 - Yacimiento Cerro Moro, de la localidad de Puerto Deseado - Santa Cruz, conforme a lo estipulado en la Ley Pacto Federal del Trabajo N° 25.212, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.- 2°.- APLICAR como sanción GRAVE una multa cuyo valor asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTIDÓS CON SESENTA CENTAVOS ($ 1.167.922,60), la cual deberá ser abonada al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - C.U.I.T. N° 30-71611032-6 - Cuenta Corriente N° 014161357 - CBU: 0860001101800041613572, de acuerdo a comprobante obrante en el presente, debiendo presentar el comprobante de depósito en esta entidad dentro de las 48 Hs. de efectuado el mismo.- 3°.- DEJAR ESTABLECIDO que la falta de acreditación de la constancia de depósito ante este organismo, dentro del plazo estipulado en el punto anterior, se considerará impaga, recurriéndose al cobro por vía judicial correspondiente de acuerdo a lo previsto mediante Artículo 53° de la Ley Provincial N° 2450 “Procedimiento Administrativo en lo Laboral de la Provincia de Santa Cruz”.- 4°.- REGISTRAR, tome conocimiento: Dirección Policía de Trabajo, Seguridad e Higiene, que efectuará los registros pertinentes y remitirá copia de la presente a las partes, Subsecretaría de Trabajo, Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa, Tribunal de Cuentas, cumplido y con las debidas constancias, ARCHÍVESE.-
QUEDA UD, DEBIDAMENTE NOTIFICADO
 
LIC. MANQUILLAN VERA VALQUIKIA B.
Subsecretaría de Trabajo
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seg. Social
Provincia de Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI