Dirección General Boletín Oficial - M.T.E.yS.S. - DEPARTAMENTO DE INSPECCIONES S/ACTA DE INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE - RAZÓN SOCIAL: VENTI S.R.L. - P1/3
Edición del 04 Agosto 2026
Ediciones anteriores
Notificaciones
« Ago 2026 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
          1 2
3 4 5 6 7 8 9
10 11 12 13 14 15 16
17 18 19 20 21 22 23
24 25 26 27 28 29 30
31            

Secciones



Notificaciones / publicado el 04 Agosto 2026 / BO 6141

M.T.E.yS.S. - DEPARTAMENTO DE INSPECCIONES S/ACTA DE INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE - RAZÓN SOCIAL: VENTI S.R.L. - P1/3

DICTAMEN ACUSATORIO A LA:
R/S “VENTI S.R.L.”
 
Hago saber  Ud., que autos caratulados “DEPARTAMENTO DE INSPECCIONES S/ACTA DE INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE A RAZÓN SOCIAL VENTI S.R.L. dependiente de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y; bajo Expediente N° 511.155/2024, se ha dictado DI-2026-134-SANTACRUZ-SSTMTESS que transcripta en sus partes pertinentes dice así Río Gallegos 27 de abril del 2026” VISTO CONSIDERANDO: Que obra en el presente Acta de Inspección Nº 28/2024 - Ley Nº 25.877, con fecha 25 de octubre del año 2024, a la razón social VENTI S.R.L. (C.U.I.T. Nº 33-715364-9) con domicilio legal en calle Maipú Nº 1323 de la localidad de Río Gallegos - Santa Cruz y domicilio de inspección en calle Jujuy y Corrientes de la localidad de Puerto Santa Cruz - Santa Cruz; Que obra en el presente Dictamen Acusatorio Circunstanciado Nº 004/2024, el cual se encuentra notificado, otorgándole a la razón social inspeccionada los plazos legales pertinentes para su cumplimiento y para que ejerza su derecho de defensa; Que la Dirección Policía de Trabajo de Seguridad e Higiene de Puerto Santa Cruz de este Ministerio, ha tomado intervención de competencia informando que la razón social en cuestión no ha dado cumplimiento a los siguientes puntos: Comprobante de aportes y contribuciones patronales asignación familiar obra social - Ley Nº 24.013 - Artículo 18º; Altas Tempranas y Bajas ante ARCA - Resolución Nº 1891 - Artículo 2º; Registro de entradas y salidas, Planilla de horario de trabajo rubricadas por la autoridad laboral - Ley Nº 11.544 - Artículos 1º y 6º; Contrato y vigencia del seguro de vida colectivo y obligatorio con nómina del personal asegurado y último comprobante de pago - Decreto Nº 1567/74; Contrato y vigencia de la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, con nómina del personal asegurado y último comprobante de pago - Ley Nº 24.557 - Artículos 23º y 27º - Incisos 1) y 3); Comprobantes aportes fondo desempleo, Constancia Inscripción I.E.R.I.C - Artículos 16º y 32º; Presentar listado de todo el personal detallando: Apellidos, Nombres, Fecha de Ingreso, Nº CUIL, Domicilio y Nacionalidad; Falta presentar planilla 299/11 (epp) - fotocopias DNI de todos los trabajadores; Que corresponde en consecuencia aplicar como sanción GRAVE conforme a lo estipulado en la Ley Pacto Federal del Trabajo Nº 25.212, una multa cuyo valor asciende a la suma total de $ 1.167.922,60 de acuerdo a lo informado por el Secretario de Estado de Trabajo, en concordancia a la Ley Provincial Nº 2450, siendo verificado el procedimiento administrativo por la Asesoría Letrada de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante Dictamen Nº 2195/DPAJ/2025; Que se deberá transferir la suma mencionada precedentemente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - C.U.I.T. Nº 30-71611032-6 - Cuenta Corriente Nº 014161357 - CBU: 0860001101800041613572, de acuerdo al detalle de cuenta obrante en el presente, debiendo presentar el comprobante de depósito en esta entidad dentro de las 48 Hs. de efectuado el mismo; Que se Deja Establecido que la falta de acreditación de la constancia de depósito ante este organismo, dentro del plazo estipulado en el considerando anterior, se considerará impaga, recurriéndose al cobro por vía judicial correspondiente; Que la presente gestión se realiza de acuerdo a lo previsto mediante Leyes Nacionales Nro. 25.877, 25.212 y 24.557, y Ley Provincial Nº 2450, y Decretos Reglamentarios; Que atento al Dictamen Nº 673/DPAJ/2026-IF-2026-00053512, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 18 y vuelta, no presenta objeciones que formular; POR ELLO: LA SUBSECRETARIA DE TRABAJO DISPONE: 1º.- SANCIONAR a la razón social VENTI S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-71845743-9), con domicilio legal en calle Maipú Nº 1323 de la localidad de Río Gallegos - Santa Cruz y domicilio de inspección en calle Jujuy y Corrientes de la localidad de Puerto Santa Cruz - Santa Cruz; conforme a lo estipulado en la Ley Pacto Federal del Trabajo Nº 25.212, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.- 2º.- APLICAR como sanción GRAVE una multa cuyo valor asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS CON SESENTA CENTAVOS ($ 1.167.922,60), la cual deberá ser abonada al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - C.U.I.T. Nº 30-71611032-6 - Cuenta Corriente Nº 014161357 - CBU: 0860001101800041613572, debiendo presentar el comprobante de depósito en esta entidad dentro de las 48 Hs. de efectuado el mismo.- 3º.- DEJAR ESTABLECIDO que la falta de acreditación de la constancia de depósito ante este organismo, dentro del plazo estipulado en el punto anterior, se considerará impaga, recurriéndose al cobro por vía judicial correspondiente de acuerdo a lo previsto mediante Artículo 53º de la Ley Provincial Nº 2450 "Procedimiento Administrativo en lo Laboral de la Provincia de Santa Cruz".- 4º.- REGISTRAR, tome conocimiento: Dirección Policía de Trabajo, Seguridad e Higiene, que efectuará los registros pertinentes y remitirá copia de la presente a las partes, Subsecretaría de Trabajo, Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa, Tribunal de Cuentas, cumplido y con las debidas constancias, ARCHÍVESE.-
QUEDA UD, DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
 
Lic. MANQUILLAN VERA VALQUIRIA B.
Subsecretaria de Trabajo
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seg. Social
Provincia de Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI