Dirección General Boletín Oficial - M.T.E.yS.S. - ZELADA MANUEL ROGELIO - P3/3
Edición del 20 Diciembre 2024
Ediciones anteriores
Notificaciones
« Dic 2024 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
            1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31          

Secciones



Notificaciones / publicado el 19 Diciembre 2024 / BO 5946

M.T.E.yS.S. - ZELADA MANUEL ROGELIO - P3/3

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN A LA:
R/S ZELADA MANUEL ROGELIO
 
Hago saber a Uds., que en autos caratulados “ACTA Nº 950/24 S/ACTA INSPECCIÓN LABORAL A LA RAZÓN SOCIAL ZELADA MANUEL ROGELIO, que se tramita bajo Expediente N° 534.684/2024, ante este Departamento de Gestión Documental Zona Sur, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz, sito en Perito Moreno N° 76. Visto las presentes actuaciones realizadas en Fs. 06, procédase a correr traslado por el término de Cinco (05) días hábiles de plazo perentorio, del Dictamen Acusatorio Circunstanciado Nº 540/2024, en atención a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 2450…”.-
 
DICTAMEN ACUSATORIO CIRCUNSTANCIADO Nº 540/2024
FORMULACIÓN DE CARGOS
 
En la ciudad de Río Gallegos, capital de la provincia de Santa Cruz, a los 20 días del mes de noviembre del año 2024, y de acuerdo a las actuaciones existentes en autos y las constancias obrantes según Acta de Inspección Nº 950/2024 de fecha 27/09/2024, por la que se procedió a constatar las infracciones detectadas en Ley Nº 2450/96 de Procedimiento Administrativo en lo Laboral, Ley Nº 25.212/99 Pacto Federal de Trabajo y todos sus Decretos Reglamentarios, a la R/S ZELADA MANUEL ROGELIO – (CUIT Nº 26-13521998-4), con domicilio legal en Maipú Nº 1125, de la Ciudad de Río Gallegos, Pcia. de Sta. Cruz, ha incurrido en infracción a: FALTAN Altas tempranas y Bajas ante A.F.I.P. – Resolución Nro. 1891, art. 2.-
FALTA Contrato y vigencia del Seguro de Vida Colectivo y Obligatorio con nómina del personal asegurado último comprobante de pago – Dcto. 1567/74.-
OBSERVACIONES: La documentación solicitada, corresponde al período 1º QUINCENA de SEPTIEMBRE/2024.-
CONCLUSIONES: Del presente Dictamen se desprende que la R/S antes mencionada, ha infringido las normativas vigentes de SEGURIDAD LABORAL, según constancia de fojas 02, emplazándose para efectuar descargo y ofrecer pruebas que hagan a su derecho de defensa por el término de cinco (05) días hábiles a partir de notificada la presente.-
A los efectos de realizar descargo deberá abonar en concepto de Tasa Administrativa PESOS CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 5596) según lo dispuesto por la Ley 3485/16.- correspondiente a la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) Cuenta Nº 1-416135-7 – C.B.U.: 08600011-01800041613572 – C.U.I.T. Nº 30673639603.-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
 
YAMILA F. GALLARDO
Jefa de Dpto. Gestión Administrativa Zona Sur
Ministerio de Trabajo, Empleo y S.S.

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI