Dirección General Boletín Oficial - M.T.E.yS.S. - APOTECNIA S.A. - P2/3
Edición del 21 Noviembre 2024
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Notificaciones / publicado el 05 Noviembre 2024 / BO 5933

M.T.E.yS.S. - APOTECNIA S.A. - P2/3

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN A LA:
R/S APOTECNIA S.A. (FARMACIA SOCIAL)
 
Hago saber a Uds., que en autos caratulados “ACTA Nº 802/24 – ACTA DE INTIMACIÓN DE PAGO A LA RAZÓN SOCIAL APOTECNIA S.A. (FARMACIA SOCIAL), que se tramita bajo expediente N° 534.672/2024, ante este Departamento de Gestión Documental Zona Sur, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz, sito en Perito Moreno N° 76. Visto las presentes actuaciones realizadas en Fs. 05, procédase a correr traslado por el término de cinco (05) días hábiles de plazo perentorio, del Dictamen Acusatorio Circunstanciado Nº 496/2024, en atención a lo dispuesto en el artículo 62° de la Ley 2450…”.-
 
DICTAMEN ACUSATORIO CIRCUNSTANCIADO Nº 496/2024
FORMULACIÓN DE CARGOS
 
En la ciudad de Río Gallegos, capital de la provincia de Santa Cruz, a los 25 días del mes de octubre del año 2024, y de acuerdo a las actuaciones existentes en autos y las constancias obrantes según Acta de Inspección Nº 802/2024 de fecha 20/09/2024, por la que se procedió a constatar las infracciones detectadas a la Ley Nº 20.744 y Ley Provincial Nº 2450/96, art. 42º y 43º, a la R/S APOTECNIA S.A. - (C.U.I.T. 30-71117904-2), con domicilio legal en Calle Chacabuco Nº 42, de la Ciudad de Río Gallegos, Capital de la Prov. de Santa Cruz, ha incurrido en infracción a:
Pago fuera de término de los haberes correspondientes al mes de AGOSTO/2024 -  Ley 20.744 art. 128°.-
Falta recibos de sueldo doble ejemplar y contenido necesario – Ley 20.744 arts. 138°, 139° y 140°.-
Falta comprobante de pago mediante acreditación bancaria – resol. 360/01 art. 1°.-
Falta listado de personal detallando: nombre, apellido, D.N.I., fecha de ingreso, función, domicilio.-
OBSERVACIONES: el encargado manifiesta que el pago se hizo parcial.-
CONCLUSIONES: Del presente Dictamen se desprende que la R/S antes mencionada, ha infringido las normativas vigentes de SEGURIDAD LABORAL, según constancia de fojas 02, emplazándose para efectuar descargo y ofrecer pruebas que hagan a su derecho de defensa por el término de cinco (05) días hábiles a partir de notificada la presente.-
A los efectos de realizar descargo deberá abonar en concepto de Tasa Administrativa PESOS CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 5596) según lo dispuesto por la Ley 3485/16.- correspondiente a la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) Cuenta Nº 1-416135-7 – C.B.U: 08600011-01800041613572 – C.U.I.T Nº 30673639603.-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
 
YAMILA F. GALLARDO
Jefa de Dpto. Gestión Administrativa Zona Sur
Ministerio de Trabajo, Empleo y S.S.

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI