CÉDULA DE NOTIFICACIÓN A LA:
R/S MAR GUS S.R.L. - CERRO MORO
Hago saber a Uds., que en autos caratulados “ACTA Nº 558/24 S/ INSPECCIÓN LABORAL A LA RAZÓN SOCIAL MAR GUS S.R.L. - CERRO MORO”, que se tramita bajo expediente N° 534.228/2024, ante este Departamento de Gestión Documental Zona Sur, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz, sito en Perito Moreno N° 76. Visto las presentes actuaciones realizadas en Fs. 05, procédase a correr traslado por el término de cinco (05) días hábiles de plazo perentorio, del Dictamen Acusatorio Circunstanciado Nº 345/2024, en atención a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 2450.-
DICTAMEN ACUSATORIO CIRCUNSTANCIADO Nº 345/2024
FORMULACIÓN DE CARGOS
En la ciudad de Río Gallegos, capital de la provincia de Santa Cruz, a los 10 días del mes de octubre del año 2024, y de acuerdo a las actuaciones existentes en autos y las constancias obrantes según Acta de Inspección Nº 558/2024 de fecha 05/06/2024, realizada en Yacimiento Cerro Moro, de la localidad de Pto. Deseado, por la que se procedió a constatar las infracciones detectadas en la Ley 19.587/72, Ley 24.557/95 de Riesgo de Trabajo, Ley Nº 2450/96 de Procedimiento Administrativo en lo Laboral, Ley Nº 25.212/99 Pacto Federal de Trabajo y todos sus Decretos Reglamentarios, a la R/S MAR GUS S.R.L – CERRO MORO (CUIT 30-71141718-0), con domicilio legal en Calle San José Obrero Nº 342, Caleta Olivia, pcia. Santa Cruz, ha incurrido en infracción a:
FALTA Libro y/o planilla de sueldos, jornales rubricado y foliado por la autoridad.- Ley 20.744, art. 52º.-
FALTA Libro y/o planilla de sueldos, jornales rubricado y foliado por la autoridad.- Ley 20.744, art. 52º.-
FALTA Recibo de sueldo, doble ejemplar y contenido necesario.- art. 138º, 139º y 140º.-
FALTA Comprobante de pago de aportes y contribuciones patronales, Asig. Fam. y Obra Social.- Ley 24.013, art. 18º.-
FALTA Contrato, vigencia del seguro de vida colectivo y obligatorio con nómina del personal asegurado ultimo comprobante de pago.- Dcto. 1.567/74.-
FALTA Contrato y vigencia de la aseguradora de riesgo de trabajo con nómina de personal asegurado y comprobante de pago de ART.- Ley 24.557, art. 23º Inc. 1º y 3º, art. 27º Inc. 1º y 3º.-
FALTA Presentar habilitación para ejercer la actividad, expedida por la autoridad correspondiente, dentro del territorio de la provincia de Santa Cruz.-
Presentar listado de todo personal indicado: Nombre y Apellido, D.N.I., Nº de Cuil, Domicilio, Fecha Ingreso y Función que desempeña.-
OBSERVACIONES: La documentación solicitada corresponde al Mes de MARZO y ABRIL/2024.-
CONCLUSIONES: Del presente Dictamen se desprende que la R/S antes mencionada, ha infringido las normativas vigentes de SEGURIDAD e HIGIENE, según constancia de fojas 02, emplazándose para efectuar descargo y ofrecer pruebas que hagan a su derecho de defensa por el término de Cinco (05) días hábiles a partir de notificada la presente
A los efectos de realizar descargo deberá abonar en concepto de Tasa Administrativa PESOS CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 5596) según lo dispuesto por la Ley 3485/16.- correspondiente a la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) Cuenta Nº 1-416135-7 – C.B.U: 08600011- 01800041613572 – C.U.I.T. Nº 30673639603.-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
YAMILA F. GALLARDO
Jefa de Dpto. Gestión Administrativa Zona Sur
Ministerio de Trabajo, Empleo y S.S.