Dirección General Boletín Oficial - M.T.E.yS.S. - ACHAURE VALERIA CRISTINA - EXPEDIENTE N° 534.353/2024 - P1/3
Edición del 20 Diciembre 2024
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Notificaciones / publicado el 26 Septiembre 2024 / BO 5921

M.T.E.yS.S. - ACHAURE VALERIA CRISTINA - EXPEDIENTE N° 534.353/2024 - P1/3

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN A:
LA R/S ACHAURE VALERIA CRISTINA
 
Hago saber a Uds., que en autos caratulados “ACTA Nº 609/2024 INSPECCIÓN LABORAL A LA RAZÓN SOCIAL ACHAURE VALERIA CRISTINA, que se tramita bajo expediente N° 534.353/2024, ante este Departamento de Gestión Documental Zona Sur, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz,  sito en Perito Moreno N° 76. Visto las presentes actuaciones realizadas en Fs. 07, procédase a correr traslado por el término de cinco (05) días hábiles de plazo perentorio, del Dictamen Acusatorio Circunstanciado Nº 342/2024, en atención a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 2450…”.-
 
DICTAMEN ACUSATORIO CIRCUNSTANCIADO Nº 342/2024
FORMULACIÓN DE CARGOS
 
En la ciudad de Río Gallegos, capital de la provincia de Santa Cruz, a los 16 días del mes de septiembre del año 2024, y de acuerdo a las actuaciones existentes en autos y las constancias obrantes según Acta de Inspección Nº 609/2024 de fecha 18/06/2024, por la que se procedió a constatar las infracciones detectadas a la Ley Nacional Nº 25.877/04, art. 32º y Ley Provincial Nº 2450/96, art. 41º y 44º, a la R/S ACHAURE VALERIA CRISTINA- (C.U.I.T. 37-34615799-8), con domicilio legal en Calle Crucero Gral. Belgrano Nº 2602, de la Ciudad de Río Gallegos, Capital de la Prov. de Santa Cruz, ha incurrido en infracción a:
Falta libro y/o planilla de sueldos y jornales, rubricados y foliado por la autoridad laboral – art. 52 Ley 20.744.-
Falta recibo de sueldo, doble ejemplar y contenido necesario – arts. 138, 139 y 140 Ley 20.744.-
Falta altas tempranas y bajas ante A.F.I.P. (de los últimos 30 días) – Resol. Nº 1.891 art. 2.-
Falta contrato y vigencia del seguro de vida colectivo y obligatorio con nómina del personal asegurado, último comprobante de pago – Dto. 1567/74.-
Falta contrato y vigencia de la aseguradora de riesgo de trabajo, con nómina del personal asegurado y último comprobante de pago – art. 23 inc. 1) y 3) y art. 27 Inc. 1) y 3) Ley 24.557.-
Falta presentar listado de todo el personal, indicando: nombre, apellido, D.N.I., Nº cuil, domicilio, fecha de ingreso y función que desempeña.-
La documentación solicitada corresponde al mes de MAYO/2024.-
CONCLUSIONES: Del presente Dictamen se desprende que la R/S antes mencionada, ha infringido las normativas vigentes de SEGURIDAD LABORAL, según constancia de fojas 02, emplazándose para efectuar descargo y ofrecer pruebas que hagan a su derecho de defensa por el término de cinco (05) días hábiles a partir de notificada la presente.-
A los efectos de realizar descargo deberá abonar en concepto de Tasa Administrativa PESOS CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 5596) según lo dispuesto por la Ley 3485/16.- correspondiente a la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) Cuenta Nº 1-416135-7 – C.B.U.: 08600011-01800041613572 – C.U.I.T. Nº 30673639603.-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
 
YAMILA F. GALLARDO
Jefa de Dpto. Gestión Administrativa Zona Sur
Ministerio de Trabajo, Empleo y S.S.

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI