NOTIFICACIÓN
La Lic. Abarzúa Lorena, Autoridad de Aplicación de la Oficina Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz, sita en Av. Eva Perón Nº 689, hace saber al Sr. BÓRQUEZ RICARDO FABIÁN, D.N.I. N° 35.568.167 - de quien se desconoce el domicilio, debiendo notificarse la presente resolución y las siguientes que corresponda, mediante publicación edictal en la forma prevista por el art. 42° de la Ley de Procedimiento Administrativo - que en los autos caratulados “AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA OFICINA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES S/MEDIDA DE EXCEPCIÓN (BÓRQUEZ ROMERO AT- GORDILLO ROMERO A.B.)” LEG. ADM. N° 221/16, se dispuso lo siguiente: “Caleta Olivia, 5 de julio de 2022… VISTO: … y CONSIDERANDO… POR ELLO, RESUELVO: ARTÍCULO N° 1: DISPONER LA MEDIDA EXCEPCIONAL a favor del niño Aarón Tahiel Romero Bórquez, quien quedará a resguardo de la Sra. Wolhwend Roxana por el término de 90 días. ARTÍCULO N° 2: DISPONER MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor de la niña Ashley Brianna Gordillo Romero, quien quedará a cargo de su progenitor, el Sr. Gordillo Diego Andrés. ARTÍCULO N° 3: HÁGASE SABER la disposición y elévense los informes en relación a la Medida Excepcional Dispuesta para el pertinente control de legalidad al Juzgado de Primera Instancia de la Familia de esta Ciudad. ARTÍCULO N° 4: NOTIFÍQUESE POR CÉDULA A LA SRA. WOLWHED Y AL SR. GORDILLO, CON ADJUNCIÓN DEL PRESENTE ACTO ADMINISTRATIVO y hágase saber que se encuentra a su disposición el legajo por el término de 5 días hábiles, para la observación de los informes interdisciplinarios. ARTÍCULO N° 5: NOTIFÍQUESE A LA SRA. ROMERO BRENDA, con intervención de URN, al desconocerse el domicilio actual de la misma, remítanse últimos domicilios denunciados en el expediente. DISPOSICIÓN N° 028/2022. FDO: Lic. ” A.A. O.P.I.D.N.N.A.”.-
“Caleta Olivia, 28 de octubre de 2022…VISTO: … y CONSIDERANDO… POR ELLO, RESUELVO: ARTÍCULO N° 1: DISPONER LA CONTINUIDAD DE LA MEDIDA EXCEPCIONAL a favor del niño Aarón Tahiel Romero Bórquez, quien quedará a resguardo de la Sra. Wolhwend Roxana por el término de 90 días. ARTÍCULO N° 2: HÁGASE SABER la disposición y elévense los informes en relación a la Medida Excepcional Dispuesta para el pertinente control de legalidad al Juzgado de Primera Instancia de la Familia de esta Ciudad. SOLICITO, se recaratulen los presentes autos. ARTÍCULO N° 3: NOTIFÍQUESE POR CÉDULA A LA SRA. WOLWHED y hágase saber que se encuentra a su disposición el legajo por el término de 5 días hábiles, para la observación de los informes interdisciplinarios. En cuanto a los progenitores del niño en cumplimiento de lo ordenado en el art. 42° de la LPA N° 1260 notifíquese por edictos, a través del Boletín Oficial.- DISPOSICIÓN N° 047/2022.- FDO: Lic. Abarzúa Lorena.” A.A. O.P.I.D.N.N.A.”.-
LIC. LORENA ABARZÚA
Autoridad de Aplicación
de la OPIDNNA