Dirección General Boletín Oficial - M.T.E.yS.S. - BURGOS MARÍA ROSA SOBRE RECLAMO LABORAL C/PATAGONIA INFORMÁTICA S.R.L. - P3/3
Edición del 07 Mayo 2024
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Notificaciones / publicado el 02 Agosto 2022 / BO 5683

M.T.E.yS.S. - BURGOS MARÍA ROSA SOBRE RECLAMO LABORAL C/PATAGONIA INFORMÁTICA S.R.L. - P3/3

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN A LA:
R/S "BURGOS MARÍA ROSA"
 
Hago saber Ud., que autos caratulados “BURGOS MARÍA ROSA sobre RECLAMO LABORAL C/ PATAGONIA INFORMÁTICA S.R.L.- PROPIEDAD DEL SR. CASAS ORLANDO ALADINO” que se tramita ante la Dirección Policía de Trabajo, Seguridad e Higiene Zona Norte dependiente de éste Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y; bajo Expediente N° 512.428 Bis/2018 se ha dictado Resolución N° 280/22 que transcripta en sus partes pertinentes dice así Rio Gallegos 29 de Abril del 2022”; VISTO CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, a fs. 02 obra Acta Denuncia formulada por la señora María Rosa BURGOS, titular del D.N.I. N° 20.811.823 con domicilio en B° Gran Jardín calle Las Margaritas N° 2362 de la localidad de Caleta Olivia provincia de Santa Cruz, contra PATAGONIA INFORMÁTICA S.R.L. propiedad del señor Orlando Aladino CASAS domicilio en calle Deocarets Nº 934 de la misma localidad, por adeudarle los siguientes rubros: Indemnizaciones de Ley, preaviso omitido, haberes adeudados de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto del 2018 y sus respectivos recibos, SAC 1° cuota 2018, baja de AFIP, Certificado de Trabajo, certificación de Servicios y Remuneraciones, Art. 80° LCT y aportes de ANSES. Manifiesta que ingreso a trabajar con la firma mencionada el 01 de enero del 2007 hasta el 31 de agosto de 2018, en calidad de empleada doméstica cumpliendo un horario de 08:30 a 12:30 de lunes a sábado percibiendo una remuneración mensual de Pesos doce mil cuatrocientos treinta ($12.430,00). El funcionario actuante fija fecha de audiencia para el día 02 de octubre de 2018 a las 11:00 horas; Que, a fs. 03/19 obra Documentación que hace al derecho de defensa de la parte denunciante; Que, a fs. 20 obra Acta donde se presenta ante este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la parte denunciante la señora María Rosa BURGOS, titular del DNI N° 20.811.823. Abierto el acto y ante la falta de notificador por parte de este Ministerio por lo cual no pudo notificarse de la presente audiencia a la demandada es que ratifica su reclamo en todo y cada uno de los términos y solicita se fije nueva fecha de audiencia. El funcionario actuante fija nueva fecha de audiencia para el día 09 de octubre de 2018 a las 11:00 horas; Que, a fs. 21 obra Acta donde se presenta ante este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la parte denunciante la señora María Rosa BURGOS, titular del DNI N° 20.811.823. Abierto el acto el funcionario actuante informa que no fue diligenciada la notificación por parte de este Ministerio motivo por el cual no se presentó la demandada. Toma la palabra la parte actora quien manifiesta que se presenta a la audiencia y siendo esta la segunda vez en que no es notificada la demandada, ratifica su reclamo en todo y cada uno de los términos y solicita de forma urgente y fehaciente sea notificada la otra parte a una nueva audiencia. El funcionario actuante fija nueva fecha de audiencia para el día 17 de octubre de 2018 a las 11:00 horas; Que, a fs. 22 obra Cédula de Notificación debidamente diligenciada a la parte demandada citándola a la audiencia fijada para el día 17 de octubre de 2018 a las 11:00 horas; Que, a fs. 23 obra Acta donde se presenta ante este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la parte denunciante la señora María Rosa BURGOS, titular del DNI N° 20.811.823 y por la parte demandada lo hace el señor Orlando Aladino CASAS titular del DNI N° 14.719.002. Abierto el acto toma la palabra la parte demandada quien manifiesta que toma vista de la cuantificación presentada por la parte actora y solicita un cuarto intermedio para rever la misma. Toma la palabra la parte actora quien manifiesta que ratifica su reclamo en todo y cada uno de los términos y no tiene objeción a un cuarto intermedio. El funcionario actuante fija nueva fecha de audiencia para el día 22 de octubre de 2018 a las 10:00 horas; Que, a fs. 24 obra Acta donde se presenta ante este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la parte denunciante señora María Rosa BURGOS, titular del DNI N° 20.811.823 y por la parte demandada lo hace el señor Orlando Aladino CASAS titular del DNI N° 14.719.002. Abierto el acto toma la palabra la parte demandada quien manifiesta que ratifica la Liquidación efectuada, que la escribiente no recibió el día 2 de septiembre DE 2018 presentada ante este Ministerio de Trabajo razón por la cual no se encuentra en el expediente. Toma la palabra la parte actora quien manifiesta que ratifica su reclamo en todo y cada uno de los términos. Toma la palabra el funcionario actuante quien manifiesta que ante los dichos del señor CASAS sobre la liquidación presentada y que no se encuentra en el expediente debido a que las partes no arribaron a un acuerdo, esta autoridad laboral ofrece el Arbitraje el cual es aceptado por ambas partes. Se le otorga un plazo de cinco (5) días hábiles a las partes para presentar pruebas que hagan su derecho de defensa; Que, a fs. 28 obra Dictamen N° 362/DALZN/18, de la Dirección Asesoría Letrada Zona norte mediante el cual solicita que se le notifique a la demandada que deberá presentar en el término de cinco (5) días hábiles acreditación de personería en autos de quien actúa en su representación al tratarse de una Sociedad de Responsabilidad Limitada asimismo deberá acompañar la contestación al reclamo incoado y adjuntar elementos probatorios de los cuales intente valerse; Que, a fs. 29 obra Cédula de Notificación debidamente diligenciada a la parte demandada mediante la cual se le solicita lo requerido por la Dirección Asesoría Letrada Zona norte a fs. 28; Que, a fs. 31 obra Dictamen N° 409, de la Dirección Asesoría Letrada Zona norte mediante el cual informa que atento la Cédula de notificación cursada a fs. 29 debidamente notificada, entiende que al no acreditar personería en los presentes autos corresponde dar por decaído los derechos de la patronal; Que, a fs. 32 obra Cédula de Notificación debidamente diligenciada a la parte demandada informándole sobre el Decaimiento de sus derechos; Que, visto el expediente de marras y teniendo en cuenta la actitud dilatoria y obstruccionista por parte de la empleadora habiendo sido notificado sobre decaimiento de sus derechos conforme surge a fs. 32 y visto la verosimilitud de los derechos del trabajador en el reclamo incoado correspondería que pase al Departamento de Liquidaciones para efectuar la cuantificación correspondiente. Por ello y por la aplicación de la Ley 2450, corresponde Dejar Expedita la Vía Judicial, previo depósito o caución que garantice de manera suficiente el presente crédito laboral; Que, a fs. 37/38 remitidas las actuaciones al Departamento de Liquidaciones, la misma practica la cuantificación de los rubros reclamados por la suma total de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL NOVENTA Y UNO con 88/100 ($209.091,88); Que, conforme a las facultades conferidas por los Art. 4° y 8° de la Ley 2.450 de procedimiento administrativo en lo laboral, en concordancia con el Dictamen N° 676/DALZN/19 debe dictarse el Acto Administrativo correspondiente; POR ELLO EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE ARTICULO 1º: DEJAR EXPEDITA LA VÍA JUDICIAL a la Razón social: PATAGONIA INFORMÁTICA S.R.L. propiedad del señor Orlando Aladino CASAS domicilio en calle Deocarets N° 934 de la localidad de Caleta Olivia provincia de Santa Cruz, en el Expediente Administrativo Nº 512.428-BIS/2018, previo depósito o caución que garantice de modo suficiente sus obligaciones laborales, conforme los considerandos de la presente.- ARTICULO 2°: DETERMINAR que el depósito previo asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL NOVENTA Y UNO con 88/100 ($209.091,88), la que deberá ser depositada dentro de los tres (03) días hábiles a partir de su notificación, en la Casa Central del Banco Santa Cruz S.A. y/o Sucursales, Cuenta Corriente caución 1-343136/3 - CBU N° 0860001101800034313636 - CUIT N° 30-71611032-6 perteneciente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Art. 54° de la Ley N° 2.450/96), debiendo presentar el comprobante de depósito, dentro de las 48 hs de efectuado el mismo.- ARTICULO 3°: La falta de acreditación de la constancia de depósito ante este Organismo, dentro del plazo estipulado en el Artículo anterior, dará lugar a la aplicación de la sanción correspondiente conforme a lo dispuesto en el Anexo II Capitulo 2 Artículo 8º del Pacto Federal del Trabajo ratificado por Ley 25212 y Ley Provincial N° 2506/96 por obstrucción a la Autoridad Laboral conforme a lo normado por el Art. 48° de la Ley 2450.- ARTICULO 4°: Regístrese, Notifíquese y Cumplido ARCHÍVESE.-
 
QUEDA UD., DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
 
HERNÁN DAVID PAZ
Director General
Conciliación y Arbitraje
Ministerio de Trabajo, Empleo y S.S.

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Luisa Elizabeth CÁRDENAS