Dirección General Boletín Oficial - MODIFICACION CONTRATO SOCIAL - DM MOTORS S.A.S. - P1/1
Edición del 22 Octubre 2026
Ediciones anteriores
Edictos
« Oct 2026 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
      1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 11
12 13 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 30 31  

Secciones



Edictos / publicado el 22 Octubre 2026 / BO 6168

MODIFICACION CONTRATO SOCIAL - DM MOTORS S.A.S. - P1/1

AVISO
“DM MOTORS S.A.S.”
 
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que por escritura de fecha 08/10/2026 al Nº 334, folio 0795, autorizada por la Esc. Gladis Bustos, titular Reg. 46 de Río Gallegos, se protocolizo el Acta de Asamblea General Unánime volante de fecha 07/10/2026 de la sociedad denominada “DM MOTORS S.A.S.” antes “AUTOS DM MOTORS SAS” donde se modifica el artículo Primero y cuarto del Contrato Social de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO. Denominación y domicilio: La sociedad se denomina “DM MOTORS SAS” bajo el tipo SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA -SAS-, Ley Nacional número 27.349 -y sus modificatorias. Tiene su domicilio legal en esta provincia de Santa Cruz, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero. ARTÍCULO CUARTO: El Capital Social es de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000) representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el Artículo 44 de la Ley 27349. Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el Artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz”.-
 
GLADIS BUSTOS
Escribanía
Reg. N° 46
Río Gallegos - Provincia de Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI