Dirección General Boletín Oficial - CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - AGRO TRES CERROS - P1/1
Edición del 24 Septiembre 2026
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Edictos / publicado el 24 Septiembre 2026 / BO 6158

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - AGRO TRES CERROS - P1/1

AVISO LEGAL LEY 19.550
“AGRO TRES CERROS S.R.L.”
 
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que en la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, mediante Escritura Pública N° 693, F° 2.632, del 15 de septiembre de 2026, ante mí, Escribano Nacional autorizante del Registro Notarial N° 42, se constituyó la sociedad denominada: “AGRO TRES CERROS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, cuyos datos son los siguientes: 1.- Socios: Lucio Martín Gómez Drisaldi, argentino, soltero, de 46 años de edad, empresario, D.N.I. N° 27.842.572, CUIL N° 20-27842572-0, domiciliado en la calle Errazuriz N° 328 de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz; y Marina Laura Perrotta, argentina, soltera, de 48 años de edad, abogada, D.N.I. N° 26.539.764, CUIL N° 27-26539764-1, domiciliada en la calle Olleros N° 1815 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- 2.- Objeto Social: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el territorio de la República Argentina o en el exterior, a las siguientes actividades: a) Agropecuarias y ganaderas: La explotación integral de establecimientos agropecuarios, rurales y granjas, propios o de terceros, destinados a la cría, reproducción, recría, engorde, selección genética, mejoramiento, producción y comercialización de ganado porcino, ovino, vacuno en todas sus etapas y modalidades, incluyendo la producción de lechones, capones, reproductores y demás categorías, así como la industrialización primaria de sus productos y subproductos. Asimismo, la explotación de chacras y establecimientos rurales destinados a la producción agrícola, hortícola, frutícola, florícola, forrajera y granjera, comprendiendo el cultivo, siembra, cosecha, acopio, clasificación, empaque, conservación, industrialización y comercialización de cereales, oleaginosas, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, forrajes y todo otro producto agrícola. La producción, clasificación, empaque, conservación, distribución y comercialización de huevos para consumo, aves de corral, productos avícolas y sus derivados, pudiendo desarrollar actividades de avicultura destinadas a la producción de huevos y demás productos relacionados. La explotación de tambos, apicultura, cunicultura y cualquier otra actividad pecuaria o agropecuaria complementaria o accesoria, así como la elaboración de alimentos balanceados, suplementos nutricionales, fertilizantes orgánicos y demás insumos destinados a la actividad agropecuaria. i) Comerciales: La compra, venta, importación, exportación, consignación, representación, distribución, fraccionamiento, acopio, depósito, transporte y comercialización mayorista y minorista de animales vivos, carnes, productos cárnicos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, productos alimenticios frescos o elaborados, productos agropecuarios, agroindustriales y sus derivados, así como de maquinarias, herramientas, implementos, insumos veterinarios, agrícolas y agroindustriales vinculados con su objeto. y ii) Industriales: La faena, elaboración, procesamiento, transformación, conservación, envasado, refrigeración, congelado e industrialización de carnes porcinas, productos cárnicos, alimentos, huevos y demás productos provenientes de la explotación agropecuaria y ganadera, así como la fabricación de alimentos balanceados, fertilizantes orgánicos, compost y cualquier otro producto derivado de dichas actividades. b) Provisión de agua a granel de uso industrial: Captación, extracción, bombeo, acarreo, transporte en camiones cisterna, almacenamiento y comercialización de agua cruda, industrial, de reúso y/o no potable para uso minero, petrolero, vial, de construcción, agrícola y ganadero, destinada a control de polvo y riego de caminos mineros, perforaciones, lavado de equipos, sísmica, elaboración de hormigón y abastecimiento de obras y campamentos. c) Explotación de canteras: Prospección, exploración, cateo, extracción, trituración, molienda, clasificación de áridos, piedra, arena, ripio, tosca, cal, granito y todo tipo de minerales de tercer categoría conforme Código de Minería. Industrialización y venta de materiales y venta de materiales de construcción. d) Servicios mineros, viales y de movimiento de suelos: Alquiler de maquinaria pesada, camiones cisterna, palas cargadoras, excavadoras, motoniveladoras, obras viales, desmontes, terraplenamientos, compactación, apertura y mantenimiento de camiones, transporte de áridos y de materiales a granel, logística y servicios de apoyo a la actividad minera, petrolera y de construcción. e) servicios agrícolas, ganaderos y forestales: La prestación de servicios de riego agrícola, ganadero y forestal; preparación, nivelación y acondicionamiento de suelos; siembra, cosecha, desmonte, implantación, forestación, reforestación y mantenimiento de cultivos, plantaciones y establecimientos rurales. Y f) Maquinarias, equipos e insumos: La compra, venta, permuta, importación, exportación, consignación, distribución, representación y alquiler de maquinarias, vehículos, equipos, herramientas, repuestos, accesorios e insumos vinculados directa o indirectamente con las actividades comprendidas en el objeto social. Asimismo, podrá ejercer representaciones, mandatos, agencias, consignaciones y comisiones relacionadas con dichas actividades. Para el cumplimiento de los fines enunciados, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o el presente contrato. Toda otra actividad complementaria, accesoria o conexa que resulte necesaria o conveniente para el cumplimiento del objeto social. La sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo realizar todo tipo de actos, contratos u operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin más limitaciones que las establecidas por la ley, disposiciones reglamentarias y este estatuto.- 3.- Domicilio: calle Errazuriz N° 328 de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.- 4.- Capital Social: $ 30.000.000,00, dividido en treinta mil (30.000) cuotas sociales de $ 1.000 valor nominal cada una, con derecho a un voto por cuota. Lucio Martín Gómez Drisaldi suscribe quince mil (15.000) cuotas sociales, representativas del cincuenta por ciento (50%) del capital social, de las que integra el veinticinco por ciento (25%), o sea la suma de $ 3.750.000; y Marina Laura Perrotta suscribe quince mil (15.000) cuotas sociales, representativas del cincuenta por ciento (50%) del capital social, de las que integra el veinticinco por ciento (25%), o sea la suma de $ 3.750.000; obligándose ambos socios a integrar el saldo restante dentro de los dos años.- 5.- Duración: 99 años a partir de la fecha de su inscripción ante el organismo de contralor competente.- 6.- Administración y representación: Socio Gerente: Lucio Martín Gómez Drisaldi, quien ejercerá la administración y representación de la sociedad por el plazo de vigencia de la misma, constituyendo domicilio especial en la calle Errazuriz N° 328 de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.- 7.- Fecha de cierre del ejercicio: 31 de mayo de cada año.-
 
JORGE MARCELO LUDUEÑA
Escribano
Reg. 42

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI