AVISO LEGAL LEY 19.550
"TIERRA ADENTRO S.R.L."
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que por Escritura Pública N° 641, F° 2454, de fecha 29 de agosto de 2026, en la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, ante mí, Escribano Nacional autorizante del Registro Notarial N° 42, se instrumentó una cesión de cuotas sociales y modificaciones del estatuto social de la firma “TIERRA ADENTRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, C.U.I.T. N° 30-71579733-6, con domicilio en la calle Gunther Pluschow N° 515 de la Ciudad de El Calafate, Provincia de Santa Cruz. Que mediante la citada escritura, el señor Gastón Enrique Perdomo, actuando en nombre y representación de los señores Roberto Marcelo Saldivia y Érica Flavia Schupbach, CEDIÓ y TRANSFIRIÓ la totalidad de las participaciones societarias de sus representados, es decir, la cantidad de diez mil (10.000) cuotas sociales, a favor de: a) el señor Leandro Eduardo Zuliani, la cantidad de seis mil quinientas (6.500) cuotas sociales, representativas del sesenta y cinco por ciento (65%) del capital social; b) la señora Noelia María de los Ángeles Zuliani, la cantidad de mil doscientas (1.200) cuotas sociales, representativas del doce por ciento (12%) del capital social; c) el señor Gastón Enrique Perdomo, la cantidad de mil doscientas (1.200) cuotas sociales, representativas del doce por ciento (12%) del capital social; y d) la señora Anahí Stettler, la cantidad de mil cien (1.100) cuotas sociales, representativas del once por ciento (11%) del capital social; encontrándose todas las cuotas totalmente integradas. Asimismo, los cedentes renunciaron, a partir de la fecha de la escritura, al cargo de socios gerentes y a cualquier dividendo que la sociedad les adeudare por cualquier concepto, así como a efectuar cualquier reclamo contra la sociedad. Por su parte, los cesionarios, en razón de detentar el cien por ciento (100%) del paquete societario, aprobaron por unanimidad la designación de Leandro Eduardo Zuliani y Gastón Enrique Perdomo como socios gerentes, por plazo indeterminado; establecieron el domicilio de la sociedad en la calle Gunther Pluschow N° 515 de la Ciudad de El Calafate, Provincia de Santa Cruz; y aprobaron la modificación de las cláusulas CUARTA y QUINTA del contrato social, las que quedarán redactadas de la siguiente manera: “CUARTA: El capital social se fija en la suma de CIEN MIL PESOS ($ 100.000,00), dividido en diez mil (10.000) cuotas sociales de diez pesos ($ 10) valor nominal cada una; cada cuota da derecho a un voto.” “QUINTA: La administración y representación de la Sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes actuarán en forma individual o indistinta. Podrán designarse uno o más suplentes. Desempeñarán sus funciones durante el plazo de vigencia de la sociedad, pudiendo ser removidos por justa causa. Podrá elegirse suplentes para casos de vacancia. En el ejercicio de la administración, el administrador podrá para el cumplimiento de los fines sociales tomar en locación bienes inmuebles, nombrar agentes, otorgar poderes generales y especiales y realizar todos aquellos actos o contratos por los cuales se adquieran o enajenen bienes, contratar o subcontratar cualquier clase de negocios, solicitar créditos, abrir cuentas corrientes y efectuar toda clase de operaciones con los bancos oficiales, nacionales, provinciales, privados o mixtos, dejando expresa constancia que la enumeración precedente es simplemente enunciativa, pudiendo realizar todos aquellos actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Los socios podrán participar por cuenta propia o ajena, en actos que importen desarrollar actividades similares con el objeto de la sociedad”.- Asimismo, los socios establecieron que, en garantía del buen desempeño de sus funciones, los socios gerentes depositarán el equivalente al diez por ciento (10%) del capital social en la caja de la sociedad.-
MARTÍN FERNANDO DURÉ
Escribano Adscripto
Registro Notarial N° 42