Dirección General Boletín Oficial - CESIÓN Y TRANSFERENCIA DE CUOTAS SOCIALES - GLACIAR MAYO S.R.L. - P1/1
Edición del 19 Mayo 2026
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Edictos / publicado el 14 Mayo 2026 / BO 6113

CESIÓN Y TRANSFERENCIA DE CUOTAS SOCIALES - GLACIAR MAYO S.R.L. - P1/1

AVISO DE LEY
 
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que por Escritura Pública N° 49, Folio 137 de fecha veintisiete de abril de dos mil veintiséis, autorizada por el Escribano Pedro Lucas Paradelo, autorizante del Registro Notarial Número 62 de la ciudad de Río Gallegos, Silvana Marina CHICHOTKY, argentina, nacida el cinco de abril de mil novecientos setenta y uno, titular del documento nacional de identidad número veintiún millones ochocientos sesenta y nueve mil trescientos veintitrés, divorciada de Esteban Aquiles Lucchesi, dice domiciliarse en calle Sáenz Peña esquina Asseff S/N Departamento 1, Moreno, Buenos Aires, C.U.I.L. /C.U.I.T. N° 27-21869323-2; y, Fernando Daniel ALONSO, argentino, nacido el dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y uno, titular del documento nacional de identidad número veintidós millones sesenta y un mil cuatrocientos cuarenta, quien expresa ser soltero, dice domiciliarse en la calle M. Burucuyá S/N esquina Yacaré, Colonia Carlos Pellegrini, San Martín, Provincia de Corrientes C.U.I.L./C.U.I.T. N° 23-22061440-9; CEDIERON Y TRANSFIRIERON a Carlos Jorge SOLER, argentino, nacido el dieciocho de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, titular del documento Nacional de Identidad número veintinueve millones seiscientos diez novecientos sesenta y tres, divorciado de sus primeras nupcias de Victoria Maury, Contador Público Nacional, C.U.I.L./CUIT N° 20-29610963-1, domiciliado en calle Gato y Mancha N° 341 de la ciudad de Marcos Juárez, departamento Marcos Juárez, Provincia de Córdoba; Juan Pablo FAVRO, argentino, nacido el cuatro de marzo de mil novecientos setenta y cinco, titular del documento nacional de identidad número veinticuatro millones doscientos cuarenta y nueve mil seiscientos veintisiete, soltero, comerciante, domiciliado en calle Maipú N° 1120 de la ciudad de Marcos Juárez, departamento Marcos Juárez, Provincia de Córdoba, con C.U.I.L./C.U.I.T. Nº 20-24249627-3; Jorge Javier GHIONE, argentino, nacido el veintidós de octubre de mil novecientos ochenta y tres, titular del documento nacional de identidad número treinta millones trescientos ochenta y tres mil treinta y siete, soltero, Contador Público Nacional, domiciliado en calle Cahuil Nº 12558 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, con C.U.I.L./C.U.I.T. Nº 20-30383037-6; Javier Maximiliano TABARES, argentino, nacido el once de mayo de mil novecientos noventa y tres, titular del documento nacional de identidad número treinta y siete millones cuatrocientos sesenta y cinco mil setecientos cuarenta, soltero, comerciante, domiciliado en calle Villaguay N° 295 de la ciudad de Paraná Provincia de Entre Ríos, con C.U.I.L./C.U.I.T. Nº 20-37465740-3; Ariel Oscar VALLE, argentino, nacido el quince de julio de mil novecientos setenta y uno, titular del documento nacional de identidad número veintidós millones ciento cincuenta y tres mil quinientos seis, casado en primeras nupcias con Amina Tamara Caregnato, domiciliado en calle Gustavo Flaubert N° 1396 de la localidad de Vella Vista, Partido de San Miguel, Provincia de Buenos Aire, con C.U.I.L./C.U.I.T. Nº 20-22153506-6; Verónica Andrea RODRÍGUEZ, argentina, nacida el cuatro de abril de mil novecientos ochenta y nueve, titular del documento nacional de identidad número treinta y cuatro millones trescientos cuarenta y seis mil ochocientos treinta y siete, soltera, Licenciada en Turismo domiciliada en calle Cartechini Nº 57 de la ciudad de Marcos Juárez, departamento Marcos Juárez, Provincia de Córdoba, con C.U.I.L./C.U.I.T. Nº 27-34346837-2; y, Nicolás CHIACCHIERA, argentino, nacido el dieciséis de marzo de mil novecientos ochenta y ocho, titular del documento nacional de identidad número treinta y tres millones cuatrocientos setenta mil doscientos trece, casado con María de los Ángeles Villa, domiciliado en Pero Lino Funes Nº 776 de la ciudad de Marcos Juárez, departamento Marcos Juárez, Provincia de Córdoba, con C.U.I.L./C.U.I.T. Nº 20-34346837-9; todas la cuotas sociales que tenían y le correspondían de la firma en jurisdicción de la Ciudad de El Calafate, bajo la denominación social de GLACIAR MAYO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA C.U.I.T. N° 33-70853396-9, y domicilio legal en la calle Puerto San Julián N° 190 de la Localidad de El Calafate, la que constituyó y modificó sucesivamente con: a)- El contrato social fuera instrumentado por instrumento privado de fecha diez de octubre de dos mil tres e inscripto en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Río Gallegos, dependiente del Juzgado Provincial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral de Minería N° 1 de esta Ciudad bajo el N° 3111, Folios 16.713/16.716, Tomo LXIV con fecha veintiocho de abril de dos mil cuatro; b)- Con la protocolización de adjudicación de cuotas sociales por disolución de la sociedad conyugal pasada a escritura número cincuenta y cinco, folio ciento cincuenta y tres de fecha seis de noviembre de dos mil veinticuatro; c)- Con la protocolización de actas de reunión por modificación de contrato social pasada a escritura número sesenta y cinco, folio ciento noventa y tres de fecha dos de diciembre de dos mil veinticuatro, ambas autorizadas por la escribana Mary Itatí Michellod, titular del Registro Notarial Número cincuenta y tres de esta ciudad y las que se inscribieron en el Registro Público y Contralor de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Gobierno de esta Provincia al Tomo II, Folio 449-450 con fecha dos de junio de dos mil veinticinco; y, d)- Con la protocolización de actas de Reunión de Socios pasada a escritura número seis, folio quince de fecha veinte de marzo de dos mil veinticinco también autorizada por la escribana Mary Itatí Michellod, titular del Registro Notarial Número cincuenta y tres de esta ciudad y la que se inscribió en el Registro Público y Contralor de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Gobierno de esta Provincia al Tomo III, Folio 415-416 con fecha veinte de marzo de dos mil veinticinco.- Que en consecuencia se ratificaron todas las cláusulas del contrato social de la firma, salvo su artículos quinto y séptimo los que quedaron redactados de la siguiente manera: ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL: El capital social es de CINCO MILLONES CINCO MIL PESOS ($ 5.005.000,00.-), dividido en quinientas mil quinientas cuotas sociales de diez pesos ($VN 10,00) valor nominal cada que se encuentran suscriptas e integradas en su totalidad por los socios en la siguiente proporciones: el socio, Carlos Jorge SOLER, la cantidad de cuatrocientas tres mil setecientos treinta y siete (403737) cuotas sociales, valor nominal diez pesos, es decir la suma de cuatro millones treinta y siete mil trescientos setenta pesos, las cuales se encuentran totalmente integradas; el socio, Nicolás CHIACCHIERA, la cantidad de treinta y tres mil trescientas sesenta y siete (33367) cuotas sociales, valor nominal diez pesos, es decir la suma de trescientos treinta y tres mil seiscientos setenta pesos, las cuales se encuentran totalmente integradas; Ariel Oscar VALLE la cantidad veintiséis seiscientas noventa y tres (26693) cuotas sociales valor nominal diez pesos cada una, es decir la suma de doscientos sesenta y seis mil novecientos treinta pesos, las cuales se encuentran totalmente integradas; la socia, Verónica Andrea RODRÍGUEZ la cantidad de veinte mil veinte (20020) cuotas sociales valor nominal diez pesos cada una es decir la suma de doscientos mil doscientos pesos, las cuales se encuentran totalmente integradas; Jorge Javier GHIONE la cantidad de seis mil seiscientas setenta y tres (6673) cuotas sociales valor nominal diez pesos cada una, es decir la suma de sesenta y seis mil setecientos treinta pesos, las cuales se encuentran totalmente integradas; Javier Maximiliano TABARES, la cantidad de cinco mil cinco (5005) cuotas sociales valor nominal diez pesos cada una, es decir la suma de cincuenta mil cinco pesos, las cuales se encuentran totalmente integradas; Juan Pablo FAVRO la cantidad de cinco mil cinco (5005) cuotas sociales valor nominal diez pesos cada una es decir la suma de cincuenta mil cincuenta pesos, las cuales se encuentran totalmente integradas. El capital social se aumentará a medida que el giro social así lo requiera. CLÁUSULA SÉPTIMA: Administración y Representación: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más socios gerentes, socios o no, designados por la Asamblea.- Ejercerán la representación legal y el uso de la firma social en forma indistinta.- La documentación se deberá suscribir en todos los casos mediante la firma personal de cualquiera de los gerentes, bajo el rubro social, quienes representarán a la sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan al objeto de la sociedad.- Desempeñarán sus funciones durante el plazo de vigencia de la sociedad.- No obstante, les queda prohibido comprometer a la sociedad en negociaciones ajenas a su objeto social y en fianza o garantía a terceros.- Para el cumplimiento del objeto social los gerentes podrán: a) operar con toda clase de bancos, y/o cualquier otra clase de entidad o institución crediticia, financiera o de cualquier índole, realizando para la sociedad toda clase de operaciones bancarias o en cuenta corriente, caja de ahorro, plazo fijo; b) otorgar poderes a favor de los mismos socios o de terceros para la representación de la sociedad ante las autoridades judiciales y/o administrativas de cualquier fuero o jurisdicción; c) representar personalmente a la sociedad ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Tribunales del Trabajo, Tribunal de Faltas, Ministerio de Economía y Secretarías dependientes, Municipios, Administración Federal de Ingresos Públicos, Registro de Créditos Prendarios, Bancos de la Nación Argentina, Central de la República Argentina, y demás Bancos que funcionen en el país, así como también, ante cualquier oficina pública nacional, provincial, municipal o extranjera y Gobiernos Nacionales o Provinciales y sus respectivos Ministerios y reparticiones autónomas y autárquicas; d) comprar y vender mercaderías y productos, dar y recibir en pago, cobrar y percibir, efectuar pagos, transacciones, contratar a profesionales y rescindirlos, formular protestas, denuncias, acusar y promover querellas, dar y tomar posesión, celebrar contratos de locación y rescindirlos y cualquier contrato de cualquier naturaleza, para todo lo cual podrá otorgar y suscribir cuantos instrumentos o escrituras públicas o privadas fueren menester.- Para la adquisición, permuta, venta y/o constitución de gravámenes sobre inmuebles se necesitará la conformidad de asamblea de socios.- La presente enumeración es meramente enunciativa pero no es limitativa de otras facultades de la sociedad acordes con el objeto social.- Socio GERENTE designado por Acta de Reunión de socios: Carlos Jorge Soler D.N.I. N° 29.610.963.-
 
PEDRO LUCAS PARADELO
Escribano
Reg. N° 62

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI