AVISO LEGAL
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que por Escritura Pública Nº 282, Fº 1015, en la Ciudad de Río Gallegos, capital de la Provincia de Santa Cruz, a los 17 días del mes de abril de 2026, ante mí, Escribano Público autorizante, del Registro Notarial N° 42, se instrumentó una cesión de cuotas sociales y modificaciones en el estatuto social de la firma que gira en plaza bajo la denominación de “ROMERO SISTEMAS S.R.L.”, con CUIT N° 30-70979329-9; y domicilio social en la calle Maipú N° 460, Departamento 1 de esta ciudad. Que mediante la citada escritura los señores Ernesto Hugo Romero, Iris Nancy Romero y Gabriel Eladio Bertorello, cedieron y transfirieron la totalidad de sus participaciones societarias, es decir, la cantidad de 350 cuotas sociales, a favor de la señora Nelly Haydee BASCUÑAN, argentina, soltera, de 53 años de edad, de profesión empresaria, D.N.I. N° 22.725.358, CUIT N° 23-22725358-4, domiciliada en la calle Ignacio Melgarejo N° 513 de esta Ciudad. Posteriormente, por unanimidad, se aprobó la adecuación del capital social (cláusula 5°), y la modificación del plazo de vigencia de la administración y representación de la firma (cláusula 13°), las cuales quedaron redactadas de la siguiente manera: “QUINTA: Capital social. El capital social se fija en la suma de TREINTA MILLONES DE PESOS ($ 30.000.000), formado por TRES mil cuotas sociales de DIEZ MIL PESOS ($ 10.000) cada una”. “DECIMOTERCERA: Administración y representación.- La administración y representación de la Sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes actuarán en forma individual o indistinta. Podrán designarse uno o más suplentes. Desempeñarán sus funciones durante el plazo de vigencia de la sociedad, pudiendo ser removidos por justa causa. En Garantía del buen desempeño de la gestión, los gerentes designados deberán depositar en la caja de la sociedad, la suma equivalente al diez por ciento (10 %) del capital social.”. Por último se ratificó en el cargo de socio gerente al señor Néstor Aldo Romero, cuya firma obliga a la sociedad, durante su plazo de vigencia; constituyendo domicilio especial, en los términos del Art. 256 in fine de la Ley 19.550, en la sede social.-
MARTÍN FERNANDO DURÉ
Escribano Adscripto
Registro Notarial N° 42