E D I C T O
La Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones notifica y cita por dos (2) días al Sr. JONATAN JANCOVICH GRANCHA CUIT Nº 20-38696298-8, con domicilio en Reverendo Mitre 310 de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz, en el marco de las actuaciones que se tramitan en “Expte. N.º 3252-582-2021 BREZ, Celia Beatriz Acta de Interdicción Nº 12477- Relevamiento Nº 202509640, de fecha 22 de Enero de 2021,que deberá comparecer, en el término de diez días hábiles, contados a partir de la última publicación del presente edicto,a una audiencia para ejercer su defensa y producir descargo, previsto en la normativa fiscal vigente y de aplicación, en la sede la Dirección de Jurídica y Técnica de la Dirección General de Rentas, sita en calle Colón 1352 Primer Piso de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, a la que deberá concurrir por sí o a través de sus representantes legales o apoderados quienes deberán acreditar su personería y provistos de las pruebas que intenten valerse, pudiendo ser asistidos por un letrado. Se les hace saber que pueden ejercer su derecho de defensa a través de una presentación por escrito en el domicilio mencionado supra. Asimismo se los emplaza para que constituyan domicilio especial a todos los efectos del procedimiento, bajo apercibimiento de lo previsto en el artículo 60 del Código Fiscal Provincial (Ley XXII N° 35). A los efectos del ejercicio del derecho de defensa se les hace saber seguidamente la presunta infracción, normativa de aplicación y documentación relevada. En efecto, el acta y relevamiento de fecha 22/1/2021 dan cuenta del Ingreso a la Provincia de Misiones del vehículo de propiedad del Sr. Jancovich Grancha Dominios MQE 710 EFG 592 y al requerírsele al chofer la documentación respaldatoria de la carga que transportaba 28.000 kilos de soja, se constatan inconsistencias entre el Transportista declarado en la Carta de Porte CTG 96.653.978 y el titular de la cédula verde, no existiendo certeza del destino de la carga transportada y la operatoria sin reflejar la realidad económica. El motivo de la interdicción obedeció a a la falta de cumplimiento de las normas exigidas por la Resolución 1415/2003 AFIP DGI, lo que constituye violación a lo normado en los arts. 1, 2, 3, 4 de la Resolución General 30/2006 y art. 12 inc.b) y concordantes de la Resolución 56/06 D.G.R Misiones y prima facie puede ser encuadrado en el inc. c) del art. 5 1 y 58 del Código Fiscal de la Provincia de Misiones (Ley XXII Nº 35 Digesto Jurídico). Labrada y notificada el acta de interdicción al chofer del vehículo Sr. Norberto Samuel Knasel DNI 26.017.677, con domicilio en Ruta 13 Kilómetro cero, El Soberbio Provincia de Misiones, se dio a la fuga. Por lo cual se hace saber al Sr. Jancovich Grancha en su carácter de transportista que en el marco de las actuaciones administrativas reseñadas obra denuncia penal correspondiente, atendiendo que en fecha 23 de Enero de 2021 se detectó la no presencia de los vehículos de su propiedad, reportándose la fuga de los mismos, conforme surge de los informes policiales del Puesto Fiscal Centinela, debidamente glosados en las actuaciones.
Se ordena la publicación del presente edicto en cumplimiento de lo normado en el art. 126 inc. 2) del Código Fiscal de la Provincia de Misiones (Ley XXII Nº 35).-
C.P. RODRIGO M. VIVAR
Director Provincial
Dirección General de Rentas
Provincia de Misiones