Dirección General Boletín Oficial - AGUIRRE NÉSTOR FRANCISCO C/CORREA KAREN NOEMÍ Y OTRA S/ORDINARIO-COBRO DE PESOS (MINI EXPEDIENTE) - EXPEDIENTE N° 29.175/2021 - P2/3
Edición del 05 Diciembre 2025
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Edictos / publicado el 13 Noviembre 2025 / BO 6051

AGUIRRE NÉSTOR FRANCISCO C/CORREA KAREN NOEMÍ Y OTRA S/ORDINARIO-COBRO DE PESOS (MINI EXPEDIENTE) - EXPEDIENTE N° 29.175/2021 - P2/3

E D I C T O
 
Por disposición del Juzgado Provincial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y Minería N° Uno, a cargo del Dr. Marcelo H. Bersanelli, Secretaría N° Uno, a cargo de la Dra. Juliana Yésica Ramón, con sede en la calle Marcelino Álvarez 113 de Río Gallegos, se notifica por edictos (Art. 146 del C.P.C. y C.) a la Señora Yamila Roxana Oyarzún D.N.I.: 37.203.127, codemandada en autos, la parte pertinente de la resolución dictada en los autos caratulados “AGUIRRE NÉSTOR FRANCISCO C/CORREA KAREN NOEMÍ Y OTRA S/ORDINARIO-COBRO DE PESOS (MINI EXPEDIENTE)", EXPTE. N° 29.175/21, y dice: “Río Gallegos, 17 de junio de 2025... de conformidad con lo establecido en el Art. 477 y 480 del C.P.C.C., siendo que el instrumento referido es hábil y que trae aparejada ejecución, cumplidos los presupuestos procesales con fuerza de RESOLUCIÓN MONITORIA RESUELVO: 1) MANDAR LLEVAR ADELANTE la ejecución promovida por AGUIRRE NÉSTOR FRANCISCO contra KAREN NOEMÍ CORREA y YAMILA ROXANA OYARZÚN, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 45/100 ($ 499.496,45), imputables a Capital ($ 95.700,00), Intereses ($ 187.428,45), multa ($ 149.200,00) y gastos por edictos ($ 67.168,00), conforme liquidación aprobada al 11/05/2025.- Al monto del capital se adicionarán los intereses de la forma dispuesta en el punto 1) de la Sentencia dictada en autos a saber: 4% mensual con más la aplicación de la cláusula penal establecida en el "Reconocimiento de Deuda - Acuerdo de Pago", la cual asciende a $ 100 por cada día de retraso, desde el 12/05/2025 y hasta su efectivo pago. 2).- IMPONER las costas a la parte demandada -Art. 537 C.P.C.C.- 3).-DIFERIR la regulación de honorarios hasta concluir la etapa de ejecución.- 4).- ORDENAR los embargos... 5).- NOTIFÍQUESE la presente resolución... a las DEMANDADAS personalmente o por cédula o por edictos (en el caso de la codemandada)... DEBERÁ INDICARSE EN FORMA CLARA, PERFECTAMENTE VISIBLE Y LEGIBLE, QUE LAS COPIAS DE TRASLADO DEBEN SER CONSULTADAS EN LA PÁGINA DEL PODER JUDICIAL - Validador de Escritos Digitales (SiPed) INDICANDO EL LINK DE ACCESO https://www.jussantacruz.gob.ar/index.php/validador-de-escritos y MENCIONANDO EL CÓDIGO DE VALIDACIÓN NECESARIO PARA SU CONSULTA. Atento las normas específicas que rigen para los juicios ejecutivos de estructura monitoria (Art. 464 inc 5), hágase saber a las demandadas que conforme lo prevé los Art. 583 y 584 del C.P.C. y C., al serle notificada la presente y dentro del término de CINCO (5) DÍAS con más la ampliación (la que deberá ser consignada en forma expresa en el instrumento a librarse) que corresponda en razón de la distancia -Art. 159 del C.P.C.C.- podrá depositar en la cuenta de autos la suma de condena con más la suma presupuestada -dándola en pago o a embargo- u oponer en igual plazo las excepciones previstas en los Arts. 523 y 524 del C.P.C.C., lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de cumplimiento forzado. En el mismo acto y por el plazo señalado para oponer excepciones, intímese a la demandada a constituir domicilio dentro del perímetro de la ciudad, asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias que se dicten, se tendrán por notificadas por ministerio de ley (Art. 41 y 134 del código de rito)”. Firmado: Luis Manuel Cappa.- Juez Subrogante. Código de validación de la resolución de ordena el presente edicto: tzuwll.
Código de validación de copia de traslado: enpe1s.-
Publíquese edictos por tres (3) días en el Boletín Oficial Provincial y en el Diario Tiempo Sur.-

RÍO GALLEGOS, 13 de agosto de 2025.-
 
ALEGRE ILNAO VANINA ROXANA
Secretaria

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI