Dirección General Boletín Oficial - (RJT) VERA IRMA DEL VALLE C/SUCESORES DE PAULINA LEPEZ DE ARGUELLO S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA-USUCAPIÓN - EXPEDIENTE Nº 7.655/2023 - P2/2
Edición del 05 Diciembre 2025
Ediciones anteriores
Edictos
« Dic 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31        

Secciones



Edictos / publicado el 15 Julio 2025 / BO 6007

(RJT) VERA IRMA DEL VALLE C/SUCESORES DE PAULINA LEPEZ DE ARGUELLO S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA-USUCAPIÓN - EXPEDIENTE Nº 7.655/2023 - P2/2

E D I C T O
 
El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y de Familia con asiento en Las Heras, Secretaría N° 1 a cargo de la Dra. Silvia Cardozo, Secretaría Nº 2 a cargo del Dr. Roberto Rodríguez, Secretaría N° 3 a cargo de la Dra. Gabriela Carrizo, a cargo por subrogancia legal del Dr. Eduardo Alejandro QUELIN; citándose a: ARGUELLO ELSA ARGENTINA L.C. 9.794.603, ARGUELLO  ASUCENA L.C. 1.199.608, ARGUELLO PAULINA ESTHER L.C. 0.561.241, ARGUELLO FILOMENA L.C. 9.794.623, ARGUELLO EVA CÁRMEN D.N.I. 10.615.601, ARGUELLO, OLGA JOAQUINA D.N.I. 11.403.778 y ARGUELLO GREGORIO PEDRO D.N.I. 8.355.568 por el término de DIEZ (10) DÍAS, de conformidad con lo normado por el art. 320 del C.P.C.C., para que hagan valer sus derechos en los autos caratulados: “(RJT) VERA IRMA DEL VALLE C/SUCESORES DE PAULINA LEPEZ DE ARGUELLO S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA-USUCAPIÓN", EXPTE. Nº 7655/2023 bajo apercibimiento de que vencido el plazo, sin comparecer a estar a derecho las partes demandadas, se le dará intervención al Defensor de Ausentes que corresponda. Publíquense edictos por el término de dos (2) días en el Diario "Crónica" de la ciudad de Comodoro Rivadavia y en el Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz.-

LAS HERAS, 17 de junio de 2025.-
 
CARDOSO SILVIA ADRIANA
Secretaria

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI