AVISO LEGAL
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que con fecha 14/11/2024, mediante Escritura N° 56, F ° 155, pasada ante mí, Mary Itatí Michellod, Escribana titular del Registro Notarial N° 53 de la ciudad de Río Gallegos, se constituyó la sociedad que girará bajo la denominación: “THOR SANTA CRUZ SOCIEDAD ANÓNIMA”. 1.- SOCIOS: Guadalupe MARCHETTO, C.U.I.L. número 27-34992767-0, argentina, D.N.I. 34.992.767, nacida el 02/01/1990, de 34 años de edad, de estado civil soltera, con domicilio en calle Río Tabaquillo 238 de la ciudad de Villa Nueva, provincia de Córdoba; Álvaro Jorge MARCHETTO, C.U.I.L. número 20-36131617-8, argentino, D.N.I. 36.131.617, nacido el 16/10/1991, de 33 años de edad, de estado civil soltero, con domicilio en calle Santiago del Estero 1.767 de la ciudad de Villa María, provincia de Córdoba; Magdalena MARCHETTO, C.U.I.L. número 27-33323930-8, argentina, titular del Documento Nacional de Identidad número 33.323.930, nacida el 20/11/1987 de 37 años de edad, de estado civil soltera, con domicilio calle Olga Cossettini 152 núcleo 3, piso 8, departamento 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.- DOMICILIO SOCIAL: en la competencia territorial de la UNIDAD DE REGISTRO PÚBLICO Y CONTRALOR DE PERSONAS JURÍDICAS DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ. 3.- SEDE SOCIAL: Avenida San Martín N° 269 Primer Piso, de Río Gallegos. 4.- OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto, dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: I) EXPLOSIVOS Y PRODUCTOS DE PIROTECNIA: fabricación, manipulación, transformación, uso, industrialización, comercialización, almacenamiento, transporte, importación, exportación, distribución de pólvoras, nitrocelulosas, explosivos, sus derivados y afines; comercialización, transporte, importación, exportación, distribución de armas, proyectiles y cartuchos –de uso civil y deportivo-, artículos de pirotecnia y fuegos de artificio; fabricación de explosivos y productos de pirotecnia; II) SERVICIOS DE MINERÍA: comercialización, extracción, fabricación, transporte, importación, exportación, distribución de piedra y acero e insumos para minería así como la prestación de servicios a terceros para la realización de dichas actividades; exploración, explotación de minas y canteras; prestación de servicios de apoyo para la minería; prestación de servicio de perforación de rocas y voladura; explotación, tratamiento y comercialización de minerales de primera, segunda y tercera categoría; trituración, comercialización y transporte de agregados pétreos y rocas de aplicación en obras civiles públicas y privadas; estudios medioambientales; III) OIL & GAS: comercialización, extracción, fabricación, transporte, importación, exportación, distribución de insumos para minería así como la prestación de servicios a terceros para la realización de dichas actividades; construcción, extracción, y prestación de servicios de apoyo para la industria energética; prestación de servicio de perforación de rocas y voladura; explotación, tratamiento y comercialización de minerales de primera, segunda y tercera categoría; trituración, comercialización y transporte de agregados pétreos y rocas de aplicación en obras civiles públicas y privadas; estudios medioambientales; IV) CONSTRUCCIÓN: construcción, reforma y reparación de obras de infraestructura para el transporte; comercialización, extracción, fabricación, transporte, importación, exportación, distribución de piedra y acero e insumos para construcción, así como la prestación de servicios a terceros para la realización de dichas actividades; perforación de pozos de agua; construcción, reforma, reparación de redes de distribución de electricidad, gas, agua, telecomunicaciones y otros servicios públicos; prestación de servicio de perforación de rocas y voladura; construcción, reforma y reparación de obras hidráulicas; construcción, reforma, reparación y mantenimiento de obras viales, de arquitectura y de ingeniería civil en general; obras de ingeniería públicas y privadas, viales, hidráulicas, ductos, zanjeos y mineras; V) EQUIPOS: alquiler de maquinaria y equipo para la minería; reparación y mantenimiento de máquinas y equipos; servicios de mantenimiento de equipos de perforación; agrimensura, topografía, modelado de terrenos, anteproyectos y proyectos ejecutivos de modelado de terreno en Minería, obras civiles públicas y privadas; VI) DEMOLICIÓN, MOVIMIENTO Y PREPARACIÓN DE TERRENOS PARA OBRAS: demolición y voladura de edificios y de sus partes; movimiento de suelos y preparación de terrenos para obras; perforación y sondeo; VII) TRANSPORTE Y CARGA: transporte de cargas por vía terrestre, estibajes en general, la carga y descarga en zonas portuarias, aeropuertos, estaciones fluviales, marítimas o terrestres, ferrocarriles y todos los servicios conexos tales como fraccionamiento de mercaderías, embalaje, depósito, almacenamiento, manipulación, distribución, envasamiento, consolidación y desconsolidación o cualquier otro relacionado con las mercaderías o bultos a transportar así como todos los servicios inherentes al desarrollo y ejecución de las tareas de logística aplicadas al transporte; VIII) INMOBILIARIA: mediante, la compra, venta, permuta, fraccionamiento, loteos, arrendamientos, administración, y explotación de toda clase de inmuebles urbanos, suburbanos o rurales; IX) FINANCIERA: Podrá realizar aportes de capital para operaciones realizadas o a realizarse, financiamiento, con préstamos hipotecarios o créditos en general, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas, otorgar avales y garantías a favor de terceros, participación en empresas de cualquier naturaleza mediante la creación de sociedades por acciones, uniones transitorias de empresas, agropecuarias de colaboración, consorcios y en general de compra venta y negociación de títulos, acciones y de toda clase de valores mobiliarios y papeles de créditos en cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse. Otorgar avales y garantía a favor de terceros, siempre con dinero propio. Se excluyen expresamente las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras. A tal fin la sociedad podrá participar en sociedades, uniones transitorias de empresas, y cualquier otro contrato asociativo o de colaboración vinculado total o parcialmente con el objeto social. A los fines del desarrollo de su objeto social la sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. 5.- DURACIÓN: 99 años.- 6.- CAPITAL: Pesos TREINTA MILLONES ($ 30.000.000) representado por treinta millones (30.000.000) de acciones ordinarias nominativas, no endosables, de un voto cada una y de un valor nominal de un peso (V.N. $ 1,00) cada acción.- Los accionistas suscriben e integran de la siguiente manera: NOMBRE: La señora Magdalena MARCHETTO - ACCIONES SUSCRIPTAS: DIEZ MILLONES DOSCIENTOS MIL.- CLASE DE ACCIONES: ORDINARIAS NOMINATIVAS NO ENDOSABLES.- CAPITAL INTEGRADO: PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 10.200.000) NATURALEZA DEL APORTE: Dinero Efectivo.- MODALIDAD: Veinticinco por Ciento (25%) del capital suscripto y el saldo dentro del plazo de Dos (2) años.- EL señor Álvaro Jorge MARCHETTO: ACCIONES SUSCRIPTAS: NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL.- CLASE DE ACCIONES: ORDINARIAS NOMINATIVAS NO ENDOSABLES.- CAPITAL INTEGRADO: PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 9.900.000) NATURALEZA DEL APORTE: Dinero Efectivo.- MODALIDAD: Veinticinco por Ciento (25%) del capital suscripto y el saldo dentro del plazo de Dos (2) años.- La señora Guadalupe MARCHETTO -ACCIONES SUSCRIPTAS: NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL.- CLASE DE ACCIONES: ORDINARIAS NOMINATIVAS NO ENDOSABLES.- CAPITAL INTEGRADO: PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 9.900.000) NATURALEZA DEL APORTE: Dinero Efectivo.- MODALIDAD: Veinticinco por Ciento (25%) del capital suscripto y el saldo dentro del plazo de Dos (2) años.- 7.- DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN: La Dirección y Administración de la sociedad estará a cargo del Directorio, integrado por un mínimo de uno y un máximo de cinco miembros titulares, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al Directorio por el orden de su designación. Mientras la sociedad prescinda de la Sindicatura, la elección por la Asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria. El término de su elección es de tres ejercicios. 8.- DESIGNACIÓN DE DIRECTORIO Y ÓRGANO FISCALIZADOR: PRESIDENTE Magdalena Marchetto, DIRECTORA TITULAR Guadalupe Marchetto, DIRECTOR SUPLENTE: Álvaro Jorge Marchetto. 9.- FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO: 31 de diciembre de cada año.-
MARY ITATÍ MICHELLOD
Escribana Titular Reg. N° 53
Río Gallegos Santa Cruz