EDICTO Nº 053/2024
PETICIÓN DE MENSURA
Se hace saber por tres (3) veces en el espacio de quince (15) días que se ha proveído el Registro de Petición de Mensura de la Mina: “ROJITO I" conforme lo establece el artículo 81º del Código de Minería para aquellos que se creyeren con derecho a deducir oposición la efectúen de acuerdo a lo prescripto en el artículo 84º del citado Código.- PETICIONANTE: YAMANA ARGENTINA SERVICIOS S.A. UBICACIÓN: COORDENADAS DE LA LABOR LEGAL UBICADA EN LA PERTENENCIA 21 DE LA MINA “ROJITO I”: X: 4.691.960,00 Y: 2.629.678,00.- Las pertenencias se ubicaron de la siguiente manera: COORDENADAS DE LOS ESQUINEROS DE LAS PERTENENCIAS: A1.X: 4.699.500,00 Y: 2.630.300,00 B2.X: 4.699.500,00 Y: 2.631.300.00 C38.X: 4.690.500,00 Y: 2.631.300,00 D35.X: 4.690.500,00 Y: 2.628.300,00 E3.X: 4.698.500,00 Y: 2.628.300,00 F5.X: 4.698.500,00 Y: 2.630.300,00.- SUPERFICIE C/U PERTENENCIAS: 100Has.- SUPERFICIE TOTAL DE 25 PERTENENCIAS : 2.500Has. 00a 00ca. SUPERFICIE A.R.E. DE LA MINA: 3.084Has. 00a 00ca. “EL LAUREL” (MAT. 7415) y “LA ESTER”; LOTES: 04-07-08, FRACCIÓN: “B”, SECCIÓN: “VI”, DEPARTAMENTO: DESEADO predios de la estancia MINA: “ROJITO I” - EXPEDIENTE Nº 430.255/ER/14.- PUBLÍQUESE.- Fdo. RICCI Nadia Secretaria de Estado de Minería Autoridad Minera de 1º Instancia de la Provincia de Santa Cruz.-
Esc. MARIELA L. FERNÁNDEZ
Subsecretaria de Escribanía de Minas
Secretaría de Estado de Minería
Provincia de Santa Cruz