Dirección General Boletín Oficial - CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - DYNTER S.R.L. - P1/1
Edición del 20 Diciembre 2024
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Edictos / publicado el 19 Septiembre 2024 / BO 5919

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - DYNTER S.R.L. - P1/1

AVISO LEGAL LEY 19.550
 "DYNTER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA"

Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que, en la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, mediante Escritura Pública N° 700, Fº 2289, del 12 de septiembre de 2024, otorgada en el Registro Notarial N° 42, del que soy autorizante, se constituyó una sociedad bajo la denominación de: “DYNTER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, cuyos datos son los siguientes: 1.- Socios: Cristian Sebastián IBÁÑEZ, argentino, soltero, de 35 años de edad, de profesión comerciante, D.N.I. N° 34.525.173, CUIL 20-34525173-2, domiciliado en la calle San Lorenzo N° 462, de esta Ciudad; y la señora Carolina Noemí ALMONACID, argentina, soltera, de 28 años de edad, de profesión comerciante, D.N.I. 39.205.390, CUIL 27-39205390-0, domiciliada en la calle Juana Manuela Gorriti N° 1.526 de esta Ciudad.- 2.- Objeto Social: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el territorio de la República Argentina o en el exterior, a las siguientes actividades: a)- CONSTRUCCIÓN: Construcción, refacción y mantenimiento de viviendas, construcción, edificios y cualquier otro trabajo del ramo de la construcción. Construcción y/ o Fabricación, compra y venta de estructuras y muebles metálicos y de cualquier otro tipo de material, compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento y administración de propiedades inmuebles y la realización de todo tipo de operaciones inmobiliarias, relacionada con su actividad constructora; construir, reciclar, remodelar, reparar, ejecutar, desarrollar, etc. Bienes inmuebles y muebles, propios y/o ajenos, públicos o privados, cualquiera fuere su destino, en su caso, y de corresponder conforme la normativa que resulte aplicable; construir, ejecutar, llevar a cabo, explotar y/o administrar obras públicas, servicios públicos y/o bienes públicos, sea a título de concesionaria, licenciataria o bajo cualquier, otra figura o modalidad jurídica, cualesquiera fuere el destino de aquellos, participar en concesiones y/o licencias de obras y/o servicios y/o bienes y/o bienes públicos y adquirir participación en sociedades inversoras que tengan intereses en sociedades licenciatarias o concesionarias. Compra, venta, importación, exportación y distribución, por cuenta propia o de terceros, de equipos, materiales, artículos y productos de cualquier origen o naturaleza, que se relacionen con electricidad, comunicación, agua, gas y sus usos en particular, con construcción en general y equipamiento industrial. b)- SERVICIOS: Prestación de Servicios y Logística destinado a empresas que realizan actividades Petroleras, Mineras, Marítimas o de cualquier tipo, que revistan la calidad de empresas ejecutoras, contratadas o subcontratadas, en obras en general, sean de carácter público o privado. A modo ejemplificativo podrá: a) Suministrar los Servicios de Provisión de Mano de Obra (especializada o no) Personal, para sujetos que así lo requieran; b) Transporte de Cargas Líquidas o Sólidas a granel y de personal, c) Provisión de viandas y servicio de catering, d) Servicios de tratamiento de residuos, orgánicos e inorgánicos, domiciliarios, industriales; servicios de tratamiento y preservación del ecosistema, recuperación de suelos. c)- ALQUILER DE VEHÍCULOS: Alquiler de vehículos (autos, camiones, camionetas, motos, motonetas, bicicletas y cualquier otro tipo de vehículos) con y sin chofer, pudiendo para ello adquirir franquicias, tomar representaciones y comisiones, máquinas pesadas, embarcaciones sean de remolque o no, aeronaves de pequeño porte o helicópteros, equipos y cualquier otro implemento, accesorio o herramienta cualquiera sea su envergadura. A tal fin podrá alquilar autos propios o ajenos dados a la sociedad para este fin y para ser conducidos por los arrendatarios por la República Argentina o fuera de ella; pudiendo comprar o vender los mismos, realizar contratos de locación, de compraventa, de todos los equipos y accesorios necesarios para el cumplimiento del objeto. Podrá representar como franquiciado, o agente de empresa dedicada a turismo y rentas de automóviles, contratando su relación comercial en las condiciones y términos que el sistema de franquicia prevea. Podrá representar como franquiciado, productor o agente de empresas hoteleras, turismo y rent a car, tendientes a las coberturas de los servicios que conformen al objeto deba cubrir, como así también los rubros que las aseguradoras exijan o presenten. Compraventa al por mayor y menor, arrendamiento y explotación de equipos, camiones, maquinarias para la construcción, maquinarias de minería, agrícola y viales, y todo tipo de automotores, sus repuestos y accesorios. Y d)- HOTELERÍA Y TURISMO: La explotación de hoteles y establecimientos destinados al alojamiento en general de personas, en las formas que las leyes vigentes o futuras establezcan, así como sus actividades conexas o relacionadas, pudiendo inclusive realizar la adquisición y/o alquiler de bienes muebles e inmuebles destinados a la explotación de hoteles, hostel, hospedajes, propiedad vacacional, tiempos compartidos, suites y/o similares. La empresa podrá prestar servicios por sí y/o asociada con y/o mediante terceros servicios de agencia y/o con fines turísticos y/o recreativos, servicio de hotelería, hospedaje, explotación de cabañas, bungalow, aparts, salones de usos múltiples, gastronomía, turismo aventura, y/o de transporte turísticos, la organización de excursiones y la prestación de todo servicio vinculado con viajes, excursiones y turismo, individuales y/o grupales, nacionales o internacionales; y cualquier otra actividad relacionada con la comercialización tanto dentro como fuera del establecimiento hotelero de productos relacionados con dicha actividad. Podrá, además, realizar sin limitación toda otra actividad anexa, complementaria o derivada, que directamente se vincule con ese objeto. La explotación y administración de todo tipo de negocios gastronómicos, tales como restaurantes, bares, confiterías y/o realización de recepciones, servicios de catering, concesiones gastronómicas, comedores, casas de comidas, con o sin expendio de bebidas alcohólicas, en locales propios, alquilados y/o concesionados. Elaboración, producción, transformación compra, importación, exportación, fraccionamiento y/o comercialización de productos y subproductos alimenticios de todo tipo y bebidas, expendio de todo tipo de bebidas.- La sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo realizar todo tipo de actos, contratos u operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin más limitaciones que las establecidas por la ley, disposiciones reglamentarias y este estatuto, realizando cualquier acto o contrato con personas de existencia visible o jurídica.- 3.- Domicilio: Mitre Nº 730 de la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz.- 4.- Capital Social: $ 20.000.000,00.- 5.- Duración: 99 años.- 6.- Administración y representación: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de Carolina Noemí Almonacid, quien revestirá el carácter de gerente, cuya firma obliga a la sociedad, durante su plazo de vigencia.- 7.- Cierre de Ejercicio: 31/12 de cada año.-
 
MARTÍN FERNANDO DURÉ
Escribano Adscripto
Registro Notarial N° 42

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI