Dirección General Boletín Oficial - CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - RECUPERACIÓN Y PRODUCCIÓN CIRCULAR S.R.L. - P1/1
Edición del 20 Diciembre 2024
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Edictos / publicado el 03 Septiembre 2024 / BO 5914

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - RECUPERACIÓN Y PRODUCCIÓN CIRCULAR S.R.L. - P1/1

AVISO LEGAL LEY 19.550
 
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que en la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, mediante Escritura Pública Nº 564, Fº 1.871, del 26 de julio de 2024, autorizada en el Registro Notarial Nº 42, del que soy autorizante, se constituyó una sociedad bajo la denominación de: RECUPERACIÓN Y PRODUCCIÓN CIRCULAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuyos datos son los siguientes: 1.- Socios: Jorge Sebastián HERNÁNDEZ, argentino, soltero, de 44 años de edad, de profesión comerciante, D.N.I. 27.829.430, CUIT 20-27829430-8, domiciliado en la calle Saavedra N° 1.268 de la ciudad de Puerto San Julián, en esta provincia; y Rodrigo Alejandro RODRÍGUEZ, argentino, soltero, de 44 años de edad, de profesión comerciante, D.N.I. Nº 35.569.389, CUIT  23-35569389-9, domiciliado en la calle Juan Hipólito Vieytes N° 1.881 de la ciudad de Puerto San Julián, es esta provincia.- 2.- Objeto Social: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el territorio de la República Argentina o en el exterior, a las siguientes actividades: COMERCIALES: Producción, tratamiento, recuperación, elaboración y comercialización de productos derivados de materiales reciclados (plásticos, vidrios, metales, papel y cartón). Además de materia prima virgen. Fabricación de mobiliario de uso urbano y jardines, productos destinados al sector agrario, industrial y minero. La sociedad podrá realizar tareas de comercialización en forma mayorista o minorista, participando en agrupaciones empresarias, o asociándose con otras empresas, mediante la explotación de franquicias, efectuando tareas, representación, administración o gerencia, tomando bienes en consignación y/o cualquier otra forma que considere para llevar a cabo su propósito, ya sea en forma virtual, mediante internet o mediante la explotación de locales comerciales sean éstos individuales o integrantes de cadenas de venta.- La sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo realizar todo tipo de actos, contratos u operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin más limitaciones que las establecidas por la ley, disposiciones reglamentarias y este estatuto, realizando cualquier acto o contrato con personas de existencia visible o jurídica.- 3.- Domicilio: Juan Hipólito Vieytes N° 1.881 de la Ciudad de Puerto San Julián, provincia de Santa Cruz.- 4.- Capital Social: $ 4.000.000,00.- 5.- Duración: 99 años.- 6.- Administración y representación: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de: los señores Jorge Sebastián Hernández y Rodrigo Alejandro Rodríguez, quienes en forma conjunta, separada, indistinta, alternada y uno en defecto del otro revestirán el carácter de gerentes, cuya firma obliga a la sociedad, durante su plazo de vigencia.- 7.- Cierre de Ejercicio: 31/03 de cada año.-
 
JORGE MARCELO LUDUEÑA
Escribano
Reg. 42

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI