MODIFICACIÓN DE CONTRATO. INCREMENTO DE CAPITAL
“MAG S.R.L.”
Se hace saber que por Instrumento Privado de fecha 07 de junio de 2024 con certificación de firmas ante la Escribana Florencia Fernández, adscripta al Reg. Notarial Nº 16 de Río Gallegos, se deja sin efecto la modificación realizada por Instrumento Privado de fecha 30 de agosto de 2022 de la Cláusula Cuarta del contrato social de “MAG S.R.L.”, redactando la modificación de la cláusula de la siguiente manera: CLÁUSULA CUARTA: El capital social se fija en el suma de PESOS DOCE MILLONES ($ 12.000.000), dividido en Ciento veinte mil cuotas de pesos cien valor nominal cada una, con derecho a un voto por cuota, suscriptas por los socios de la siguiente manera: El señor Horacio Pablo Müller suscribe la cantidad de Sesenta mil cuotas sociales (60.000); equivalentes a la suma de Pesos Seis Millones ($ 6.000.000) y el señor Juan Eduardo Gallardo, suscribe la cantidad de Sesenta mil cuotas sociales (60.000); equivalentes a la suma de Pesos Seis Millones ($ 6.000.000), integrando 25% del monto del incrementado, equivalente a la suma de Pesos Dos Millones Novecientos Setenta y Cinco Mil ($ 2.975.000) en este acto, obligándose a integrar el saldo en un plazo no mayor de dos años contados a partir de la fecha de inscripción. La sociedad podrá aumentar el capital indicado mediante reunión de socios, que requerirá para su aprobación el voto favorable de más de la mitad del capital. La misma reunión fijará el monto y los plazos para su integración.-
RAMIRO M. SERANTES
T° VII F° 4 T.S.J.S.C.
T° 58 F° 292 C.S.J.N.