Dirección General Boletín Oficial - CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES - SEEC HNOS S.R.L. - P1/1
Edición del 16 Mayo 2024
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Edictos / publicado el 05 Marzo 2024 / BO 5859

CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES - SEEC HNOS S.R.L. - P1/1

EDICTO LEY 19.550
CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES
“SEEC HNOS. S.R.L.”
 
Conforme lo establecido por el art. 10° de la Ley 19.550, se comunica por el presente edicto que por ante el Juzgado Provincial de Primera Instancia N° Uno de Puerto San Julián en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minería y de Familia, a cargo de la Dra. Anahí P. Mardones, Secretaría Civil, Comercial, Laboral y de Minería a cargo del Dr. Gustavo J. Muñoz, en autos caratulados: “SEEC HNOS S.R.L. S/INSCRIPCIÓN REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO” (EXPTE. N° S-13247/32), se solicita la siguiente cesión de cuotas sociales que representa un total del ocho por ciento (8%) del Capital Social: “CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES.- SEEC HNOS. S.R.L.- ESCRITURA NÚMERO DOSCIENTOS CUATRO.- En Puerto San Julián, provincia de Santa Cruz, República Argentina, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés, ante mí, Escribana autorizante, Titular del Registro número Tres, comparecen los señores Pablo Enrique COLLAZO, argentino, nacido el veintiséis de junio de mil novecientos sesenta y tres, con Documento Nacional de Identidad número 14.718.997, CUIL/CUIT: 20-14718997-5, quien manifiesta ser viudo de sus primeras nupcias con Marcela Griselda GARCÍA y domiciliarse en calle Sarmiento número 1187; Pablo Guillermo COLLAZO GARCÍA, argentino, nacido el siete de julio de mil novecientos ochenta y nueve, con Documento Nacional de Identidad número 33.939.982, CUIL/CUIT: 20-33939982-5, expresa domiciliarse en calle Lavalle 1443; Julio Alberto COLLAZO GARCÍA, argentino, nacido el quince de julio de mil novecientos noventa y dos, con Documento Nacional de Identidad número 36.719.793, CUIL/CUIT: 20-36719793-6, manifiesta domiciliarse en calle Brown 1760 y Nicolás Leonel COLLAZO GARCÍA, argentino, nacido el veinte de octubre de mil novecientos noventa y tres, con Documento Nacional de Identidad número 37.048.837, CUIL/CUIT: 20-37.048.837-2, expresa domiciliarse en Cameron y Urquiza, todos los domicilios mencionados de esta ciudad, los tres últimos nombrados manifiestan ser solteros, todos comerciantes; los individualizo de conformidad con lo establecido por el artículo trescientos seis, inciso b) del Código Civil y Comercial de la Nación, expresan bajo juramento que no se encuentra en trámite, ni restringida, ni limitada su capacidad jurídica para el presente otorgamiento por ser plenamente capaces y no estar comprendidos en lo establecido por los artículos 44 y 45 del Código Civil y Comercial de la Nación, doy fe, como que concurren en su carácter de únicos socios de la sociedad que gira bajo la denominación de SEEC HNOS. S.R.L., con domicilio social en Acceso Antonio de Viedma número 82 de esta ciudad, CUIT número 30-71531321-5, cuyo Estatuto Social pasó por escritura número Ochenta y uno de fecha 2 de mayo de 2016, por ante el Escribano Titular del Registro número treinta y tres, Notario Ángel Fernando BANCIELLA DICKIE, quedando al folio 284 del protocolo corriente a dicho Registro Notarial, Inscripta en el Registro Público de Comercio dependiente del Juzgado Provincial de Primera Instancia número Uno en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería con asiento en la ciudad de Río Gallegos, capital de esta provincia en el Libro de Inscripciones, bajo el tomo LXXVI, Registro 4689, Folio/s 28123 con fecha 30 de septiembre de 2016; protocolización de Acta de SEEC HNOS. S.R.L. pasada por escritura número Cuarenta con fecha 6 de marzo de 2020, quedando al folio 41 y escritura complementaria pasada por escritura número Ciento noventa con fecha de 16 noviembre de 2020, quedando al folio 402, ambas autorizadas por la Escribana Titular del Registro número Cuarenta y seis, con asiento en la ciudad capital de Río Gallegos, de esta Provincia, Notaria Gladis Bustos por las cuales se decide el cambio de domicilio y jurisdicción de la sociedad a esta ciudad de Puerto San Julián en calle Acceso Antonio de Viedma número 82 trámite que fue Inscripto en el Registro Público de Comercio dependiente del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y de Familia, con asiento en esta ciudad, con fecha 2 de junio de 2022, bajo el número 849, a los folios 403/405 Tomo III del Libro de Sociedades, cuya documentación en sus originales tengo a la vista para este acto, y en fotocopias certificadas por mi, agrego a la presente, doy fe, como que los comparecientes declaran la plenitud y vigencia de la personería y la sociedad mencionada, conste.- Y los socios señores Julio Alberto COLLAZO GARCÍA y Nicolás Leonel COLLAZO GARCÍA DICEN: PRIMERA: Que CEDEN a favor de Pablo Enrique COLLAZO, el señor Julio Alberto COLLAZO GARCÍA la cantidad de cuatro mil cuotas sociales que posee en SEEC HNOS. S.R.L. y el señor Nicolás Leonel COLLAZO GARCÍA la cantidad de cuatro mil cuotas sociales que posee en SEEC HNOS. S.R.L.- SEGUNDA: El señor Pablo Enrique COLLAZO abona a cada uno de los CEDENTES la suma de ESOS UN MILLÓN (Pesos 1.000.000,00) precio que comprende el total de las cuotas sociales que le Ceden que abonará al señor Julio Alberto COLLAZO GARCÍA mediante transferencia bancaria al CBU 0110475630047504040315 que realizará el día 22 del corriente mes y año y al señor Nicolás Leonel COLLAZO GARCÍA mediante transferencia bancaria realizará el día 22 del corriente mes al CBU 0110475630047503340447.- EN ESTE ACTO el señor Pablo Enrique COLLAZO acepta la presente Cesión de Cuotas sociales realizadas a su favor y aclara con carácter de Declaración Jurada que su estado civil es viudo de sus primeras nupcias con Marcela Griselda GARCÍA y no como se consigno en la documentación que se acompañó en la declaraciones para el cambio de domicilio como casado en segundas nupcias con Inés María RIESTRA.- El socio Pablo Guillermo COLLAZO GARCÍA acepta la presente Cesión realizada por los señores Julio Alberto COLLAZO GARCÍA y Nicolás Leonel COLLAZO GARCÍA.- Atento que la Cesión instrumentada por este acto no altera ninguna de las cláusulas del Contrato Social, no se requiere la modificación de su texto.- HAGO CONSTAR: Que los señores Julio Alberto COLLAZO GARCÍA y Nicolás Leonel COLLAZO GARCÍA no se hallan inhibidos para disponer de sus bienes, lo que surge del Certificado de Inhibiciones expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble número 17344 de fecha 26 de octubre del corriente año que agregó a la presente, conste. Los comparecientes autorizan para la inscripción de la presente a Rodrigo Ariel SAMITIER, con Documento Nacional de Identidad número 27.270.772, Abogado Inscripto al Tomo VII, Folio 10 del T.S.J.S.C. y o a quien el mismo designe.- LEÍDA que les es, los comparecientes otorgan la presente y de conformidad firman, por ante mí, doy fe.- Hay cuatro firmas ilegibles pertenecientes a los señores Pablo Enrique COLLAZO, Julio Alberto COLLAZO GARCÍA, Nicolás Leonel COLLAZO GARCÍA y Pablo Guillermo COLLAZO GARCÍA.- Ante mí: Graciela Laura SCHENONE.- Está mi sello.- CONCUERDA: Con su matriz que pasó ante mí y queda al folio número 465 del Protocolo corriente en este Registro número Tres, de mi titularidad, doy fe.- PARA EL SOCIO CESIONARIO: Expido esta Primer Copia en dos fojas de Actuación Notarial, Serie B, números 01525189 y 01525190, que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento. Hay una firma ilegible con aclaración que dice GRACIELA L. SCHENONE - ESCRIBANA. REGISTRO N° 3 T° I F° 37 - PTO. SAN JULIÁN.-
Publíquese el presente edicto por un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz.-

PUERTO SAN JULIÁN, 26 de febrero de 2024.-
 
MUÑOZ GUSTAVO JAVIER
Secretario

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Luisa Elizabeth CÁRDENAS