Dirección General Boletín Oficial - CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - ARTE S.A.S. - P1/1
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Edictos / publicado el 28 Noviembre 2023 / BO 5831

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - ARTE S.A.S. - P1/1

AVISO CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD
“ARTE S.A.S.”
 
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que el día 20 de febrero de 2023 se constituyó la sociedad: “ARTE S.A.S.” cuyos datos son: 1.-Socio/s: Olivera Julia Marcela, Edad 54 años, Estado Civil Divorciada, de Nacionalidad Argentina, Profesión Empresaria, domicilio Nicolás Izurrategui N° 233 de Caleta Olivia, D.N.I. 20.501.812, CUIT 27-20501812-9, Silvio Leonardo Helvo Blanch, Edad 53 años, Estado Civil Divorciado, de Nacionalidad Argentino, Empresario, con domicilio en José Hernández 327 de Caleta Olivia, D.N.I. 22632144, CUIT 20-22632144-7 y Sevilla Sandro Mauricio, de 54 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Argentino, y Transportista, con domicilio en Río Bermejo N° 156 de la ciudad de Villa Carlos Paz, provincia de Córdoba, D.N.I. 20.434.259, CUIT 20-20434259-9, resuelven constituir ”ARTE SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA”, con domicilio de la sede 8 de marzo N° 1515, de la ciudad de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz 2.- Sede social: En Acta de Asamblea N° 1 se resolvió el cambio de domicilio de la sede social, lo que resulta aprobado por unanimidad, resolviendo fijarla en Nicolás Izurrategui N° 233, Barrio CENTRO de la ciudad de Caleta Olivia 3.- Objeto social: dedicarse a las siguientes actividades: Industriales, de Industrialización de productos o cosas muebles, desde la adquisición de sus insumos hasta su venta al mayoreo y/o minoreo y demás incluyendo la instalación de los mismos; Obras de ingeniería civil y/o arquitectura mediante todo tipo de servicios de construcción. Comerciales mediante la Compraventa de productos industrializados, adquiridos o la exportación o importación de bienes y servicios, para su posterior venta, almacenaje, distribución, sea por venta directa, representación, comisión, y franquicia u otra forma de disposición. Servicios de transporte terrestre nacional o internacional de todo tipo de cargas y de personal. Servicios Ambientales tendientes a evitar la contaminación y la disminución del impacto ambiental incluyendo la vigilancia y seguridad ambiental e industrial. Servicios de provisión de alimentos. Servicios de asesoramiento profesionales. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. 4.- Duración: La duración de la sociedad es de veinte años, contados desde la fecha de constitución.- 5.- Capital: El capital social es de $ 100.000,00, (Pesos cien mil) representado por 1.000 (mil) acciones ordinarias escriturales, de $ 100,00 (Pesos Cien con cero centavos) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley N° 27.349. Las acciones escriturales correspondiente a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferentemente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias liquidas y realizadas y reconocérseles prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz. Los socios suscriben el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: Don SANDRO MAURICIO SEVILLA suscribe la cantidad de TREINTA Y TRES (33) acciones ordinarias escriturales, de pesos CIEN valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, Doña JULIA MARCELA OLIVERA suscribe la cantidad de TREINTA Y CUATRO (34) acciones ordinarias escriturales, de Pesos CIEN valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, y Don SILVIO LEONARDO HELVO BLANCH suscribe la cantidad de TREINTA Y TRES (33) acciones ordinarias escriturales, de pesos CIEN valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero en efectivo, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. INTEGRACIÓN DE APORTES: en este acto, Don SANDRO MAURICIO SEVILLA, en su carácter de socio, por ante mí, en cumplimiento de la obligación integrar el aporte en efectivo, hace entrega de la suma de $ 8.500, Doña JULIA MARCELA OLIVERA en su carácter de socio, por ante mí, en cumplimiento de la obligación integrar el aporte en efectivo, hace entrega de la suma de $ 8.500 y Don SILVIO LEONARDO HELVO BLANCH en su carácter de socio, por ante mí, en cumplimiento de la obligación integrar el aporte en efectivo, hace entrega de la suma de $ 8.250, al administrador nombrado en ese mismo acto, quien lo recibe de conformidad y a los fines indicados. 6.- Organización de la Administración: La administración y representación de la sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicara al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. La administración será plural, los administradores la administran y representaran en forma indistinta. Duran en el cargo por plazo indeterminado. Durante el tiempo en el cual la sociedad integre un único socio, este podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá, efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley N° 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a esta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. Designación de miembros del órgano administración: Designar como administrador titular a Doña JULIA MARCELA OLIVERA, quien acepta el cargo que se le ha conferido y constituyen domicilio especial en la sede social y manifiestan bajo forma de declaración jurada que NO son Personas Expuestas Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera. La representación legal de la sociedad será ejercida por los administradores designados. Órgano de Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura. 7.- Fecha de cierre del ejercicio: 30 de abril de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios, con no menos de quince (15) días de anticipación a su consideración por la reunión de socios.-

CALETA OLIVIA, 17 de noviembre de 2023.-
 
NAVARRETE MÓNICA ANALÍA
Secretaria

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI