EDICTO DE SUBASTA
El Juzgado Provincial de Primera Instancia Número Uno en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, a cargo del Dr. Marcelo Bersanelli, Secretaría Número Dos, a cargo del Dr. Gustavo Topcic, con asiento en Marcelino Álvarez de la localidad de Río Gallegos comunica que en los autos caratulados: “VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/MILLÁN SANDRA ELIZABETH S/EJECUCIÓN PRENDARIA” EXPEDIENTE: 28441/2018 se ha procedido a la venta en pública subasta del siguiente bien:
Subasta el día 28 de noviembre de 2023 a las 15:00 hs. en el inmueble sito Calle 2 y Asturias, salón de eventos frente a planta de Distrigas.
CAMIONETA MARCA: VOLKSWAGEN AMAROK 2.0L TDI 140 CV 4X2 348 AÑO: 2015.
Gravámenes: No posee. Deuda Patente: $ 140.985,09. Exhibida en el lugar de subasta. Base: $ 3.977.600. El adquirente pagará o transferirá en el mismo acto de subasta el 10% de seña, 10% de comisión y 1,4% de Impuesto al Sello. Saldo a aprobación. Información: Martillero Iván Paso y Prada. Cel. (2966-384250).-
SOLICITUDES Y CONDICIONES PARA LA VENTA
- Solicitud de Estado de Cuenta Municipal de deuda patente.
- El comprador podrá realizar los pagos a través de transferencia bancaria o depósito a cuenta. Para lo que será necesario el ALIAS, CBU y CUIT de la cuenta.
- El saldo del importe deberá ser depositado o transferido en su integridad.
- El bien se subastará en el estado en que se encuentra, no se admitirán reclamos deningún tipo.
- El monto total de las deudas de patente municipal será soportado por el adquiriente.
- Todos los gastos de inscripción en el Registro Automotor, a partir de la fecha de subasta, estarán a cargo del comprador.
-El vehículo será exhibido en el mismo lugar de subasta (no se hará entrega del bien hasta su debida autorización).
Se transcribe la parte pertinente del auto asentado en el PE578293-2023 Código de Validación: "1vfr3t" que ordena la medida: "... V).- Cumplido lo dispuesto en el punto anterior, designase martillero al Sr. RODRIGO IVÁN PASO Y PRADA quien previa aceptación del cargo en legal forma dentro del tercer día de notificado deberá cumplir su cometido conforme las normas contenidas en el código de rito, bajo apercibimiento de remoción.- Notifíquese personalmente o por cédula en formato papel.- V).- Una vez que que el perito designado hubiese aceptado el cargo y conforme lo peticionado a PE892653-2023 Código de Validación: 7392i7 procédase a la subasta del bien embargado según surge de la diligencia obrante en PE760230-2022 Código de Validación: 8s5z8r, por intermedio del Martillero designado ut supra.- El nombrado deberá publicar edictos por dos días en el Boletín Oficial y en el Diario "La Opinión Austral" de esta ciudad, en los términos dispuestos por el art. 546° del C.P.C. y C. VI).- Sin perjuicio de lo dispuesto por el art.- 553 inc 1° del citado código y no generando perjuicio a las partes, el remate se hará tomando como base las 2/3 partes de la valuación, debiendo percibir -el martillero- en el acto, el 10% del valor subastado en concepto de seña y el 1,4% para sellado quedando el saldo sujeto a la aprobación de la subasta. Habiendo fracasado la subasta por falta de postores (de acuerdo a la base indicada) transcurrida la media hora, podrá realizarse una nueva subasta del bien, sin base y al mejor postor.- En caso de resultar adquirente la parte actora, autorizase a compensar el precio ofrecido hasta el monto de la deuda eximiéndola de depositar el monto de la seña debiendo abonar la comisión del martillero por separado, sin perjuicios de los gastos y costas de la subasta y los derechos de los acreedores de rango preferente o privilegiados (art. 549° bis del C.P.C. y C.). VII).- Fíjese la comisión del martillero en un 10%.- Se abstendrá de hacer entrega de los bienes hasta la oportunidad en que el comprador oble la totalidad del precio. VIII).- A los fines de la subasta ordenada hágase saber que el acto no finalizará hasta tanto el comprador no haya abonado la seña, comisión, sellado de boleta y suscripto el acta de remate, y si el mayor oferente no cumpliese con el pago, en el mismo acto se realizará una nueva subasta en las mismas condiciones que la anterior, ello sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere caberle al incumplidor (art. 552° del C.P.C.C.). El auxiliar rendirá cuentas documentadas dentro de los tres días de realizada la subasta bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 544° del C.P.C.C...". La providencia se puede verificar ingresando el código de validación en la página web: "https://www.jussantacruz.gob.ar/index.php/validador-de-escritos".-
RÍO GALLEGOS, 03 de noviembre de 2023.-
TOPCIC GUSTAVO PAUL
Secretario