E D I C T O
LA SALA I VOCALÍA I DEL TRIBUNAL DE FAMILIA DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en el Expediente N° C-198364/2022 caratulado: “AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA: SUGASTI IVÁN FRANCO ELIAN C/SUGASTI ROBERTO DANIEL” procede a notificar al señor SUGASTI ROBERTO GABRIEL D.N.I. N° N° 17.349.321 el proveído que a continuación se transcribe:
“San Salvador de Jujuy, 6 de abril de 2022. I- Por presentado al Sr. Sugasti Elian Franco Iván con patrocinio letrado de la Dra. Claudia Pellagati, por constituido domicilio legal y por parte a mérito de las firmas insertas en el escrito de fecha 4/4/22. II- Téngase presente la Declaración Jurada conforme Acordada N° 86/2020, respecto de que todos los escritos suscriptos en el SIGJ por la Dra. Pelagati Claudia, en adelante deberán ser suscriptos conjuntamente con el Sr. Sugasti. III- Admítase la presente demanda de AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA en el Expte. N° B-151583/06 caratulado: ALIMENTOS MÉNDEZ SONIA BEATRIZ C/SUGASTI ROBERTO GABRIEL; la que se tramitará de conformidad al procedimiento del juicio sumario (arts. 381 y sgtes. del CPC).- IV- Agréguese la documentación acompañada y téngase presente para su oportunidad. V- Atenta la demanda de AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA incoada en contra del demandado: Sr. SUGASTI ROBERTO GABRIEL; de la misma traslado al accionado en el domicilio denunciado para que la conteste en el término de DIEZ DÍAS CON MÁS DIECISIETE DÍAS en razón de la distancia, bajo apercibimiento de tenerlo por contestada si no lo hiciere en los términos del art. 298 del C.P.C.- VI- Intímaselo asimismo para que en igual término constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este TRIBUNAL DE FAMILIA, sito en calle GENERAL PAZ N° 625, ciudad capital, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de considerarse notificadas por Ministerio de Ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C.P.C.). Notificaciones en Secretaría los días martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. VII- Intímase a la Dra. Pelagati Claudia, para que en el plazo de cinco (5) días de notificado de la presente acredite el aporte previsto por el art. 22 inc. “C” y “D” de la Ley 4764/94 y acompañe la estampilla Profesional- Ley 3329/76, comuníquese a CAPSAP. VIII- Facúltase a la letrada para la confección y diligenciamiento de las medidas ordenadas (art. 72, 5 y 50 del C.P.C.). IX- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY Notificación Electrónica 155766 Fecha Notificación 08-04-2022 PODER JUDICIAL DE JUJUY Sistema Integral de Gestión Judicial - Impreso el 20-05-2023 11:58:06. Notifíquese por cédula: Fdo. Dra. Claudia Lamas - Jueza Habilitada - Ante mi Carlos Alberto Alvarado - Secretario”.- “San Salvador de Jujuy, 4 de abril de 2023. I- Proveyendo lo solicitado por la Dra. PELAGATTI, CLAUDIA en escrito N° 634791, notifíquese mediante edictos como se pide, el traslado de la demanda ordenada en providencia de fecha 6/4/22 al Sr. Sugasti Roberto Gabriel D.N.I. N° 17.349.321 debiendo publicar en el diario de mayor circulación de la provincia de Santa Cruz y en el Boletín Oficial por tres veces en el término de CINCO DÍAS. II- Facúltese a la letrada para la confección y diligenciamiento. III- Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. María Luisa Arias -Juez- Ante mi Esc. Nadia Torfe - Prosecretaria de Juzgado”.-
ARIAS MARÍA LUISA
Juez del Tribunal de Familia
TEJERINA SILVANA INÉS
Secretaria de Primera Instancia