E D I C T O
Por disposición de S.S. la Señora Jueza a cargo del Juzgado Provincial de Primera Instancia Número Uno con asiento en Puerto San Julián, Dra. Anahí Patricia Mardones, en autos caratulados: “TRANSPORTES ÁLVAREZ E HIJOS SRL S/ INSCRIPCIÓN REGISTRO PÚBLICO COMERCIO” (EXPTE. N° T-8866/2003) hace saber por un (1) día que se procede a la inscripción de la presente DONACIÓN CON RESERVA DE USUFRUCTO de Marta Lila Rodríguez a favor de Leonardo Darío Álvarez, instrumentada mediante Escritura Número OCHOCIENTOS DIECIOCHO de fecha 25 de octubre de 2022 pasada ante el Escribano Nacional autorizante del Registro Notarial Número Cuarenta y Dos, MARTÍN FERNANDO DURÉ, Escribano adscripto, comparecen por una parte, la sra. Marta Lila Rodríguez, argentina, viuda de sus primeras nupcias de don José Esteban Álvarez, nacida el veintiocho de julio de mil novecientos cincuenta, titular del Documento Nacional de Identidad número cinco millones dieciocho mil ciento noventa y uno, con Clave Única de Identificación Laboral número 27-05018191-5 domiciliada en calle Vieytes número 1033 de la ciudad de Puerto San Julián, Santa Cruz; y por la otra, el señor Leonardo Darío Álvarez, argentino, nacido el veintinueve de diciembre de mil novecientos setenta, casado en primeras nupcias con la Sra. Marta Lidia Fernández, empresario titular del Documento Nacional de Identidad número veintiún millones novecientos veintidós mil setecientos dieciocho, con Clave Única de Identificación Tributaria número 20-21922718-4 domiciliado en calle Vieytes N° 1042 de Puerto San Julián, ambos de tránsito en esta Ciudad; mayor de edad, hábiles, identificándose la nombrada en primer lugar de conformidad con lo establecido en el art. 306, inciso a) del Código Civil y Comercial de la Nación, mientras que el segundo nombrado es de mi conocimiento, declarando bajo juramento ser plenamente capaces para este acto y no estar inmersos en los supuestos de incapacidad de los artículos 44 y 45 del mismo cuerpo legal, concurriendo a este otorgamiento por sí y en ejercicio de sus propios derechos, doy fe; Y la señora Marta Lila Rodríguez DICE: Que es propietaria de la cantidad de doscientas cuarenta y dos cuotas sociales, más el cincuenta por ciento de una cuota social de la firma TRANSPORTES ÁLVAREZ E HIJOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con Clave Única de Identificación Tributaria número 33-70845279-9 y domicilio social en Antonio de Biedma número 248 de la ciudad de Puerto San Julián, Santa Cruz; cuyo estatuto social de fecha veintitrés de dos mil tres se inscribió en el Registro Público de Comercio dependiente del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Número Uno, con asiento en Puerto San Julián, en esta provincia, bajo el número 684 Folios 64/67 del libro de Sociedades, el cinco de diciembre de dos mil tres II) Que DONA GRATUITAMENTE a favor de su hijo Leonardo Darío Álvarez, la nuda propiedad de las cuotas sociales, objeto de este acto, cuyas circunstancias de individualización ya se han relacionado previamente y se dan íntegramente reproducidas a todos sus efectos; III) La presente donación se realiza con la RESERVA DEL DERECHO REAL DE USUFRUCTO GRATUITO Y VITALICIO sobre las cuotas sociales, a favor de la señora Marta Lila Rodríguez. A su vez, se le atribuye a la usufructuaria los derechos políticos y económicos inherentes a las cuotas referenciadas. IV) Por su parte, el señor Leonardo Darío Álvarez, a su vez, DICE Que ratifica cuanto se expresa en la presente escritura y ACEPTA la donación que en los términos consignados se le otorga a su favor por ser lo convenido, constituyendo el USUFRUCTO GRATUITO Y VITALICIO a favor de su madre, Marta Lila Rodríguez; declarando que se encuentra en posesión material de los títulos societarios, comprometiéndose a notificar por escrito a la sociedad emisora o entidad que lleve el registro e inscribir en libro o cuenta pertinente, de conformidad con el articulo número 215 de la Ley de Sociedades Comerciales ( Ley 19.550). PRESENTE en este acto, el señor Gustavo Marcelo ÁLVAREZ, argentino, nacido el cinco de junio de mil novecientos setenta y cuatro, casado en primeras nupcias con la señora Analía García Bambill, titular del Documento Nacional de Identidad número veintitrés millones setecientos cincuenta y nueve mil ciento cinco, con Clave Única de Identificación Tributaria número 20-23759105-5, con domicilio en calle Vieytes número 935 de la ciudad de Puerto San Julián; mayor de edad, persona hábil, a quien identifico de conformidad con el artículo 306, inciso a) del Código Civil y Comercial de la Nación, declarando bajo juramento ser plenamente capaz para este acto y no estar inmersa en los supuestos de los artículos 44 y 45 del mismo cuerpo legal; doy fe; impuesto del contenido de la presente DECLARA: Que presta conformidad para con la donación objeto de la presente, en exceso de la porción legítima que en definitiva le pueda llegar a corresponder renunciando desde ya, a toda acción de reivindicación, a la acción de colación que les confiere el artículo 2.385 del Código Civil y Comercial de la Nación y, en especial, a la reducción del artículo 2.386 del mismo Código, entendiéndose que el presente consentimiento deberá interpretarse como una dispensa al acto de la donación, según lo expresado por la última parte del artículo 2.385.- Y yo, el Escribano autorizante, hago constar: a) Que las partes declaran que los datos consignados son correctos y verdaderos, que conocen la normativa de la Unidad de Información Financiera, que son personas políticamente expuestas y sujetos obligados, según los alcances de la Resolución de la Unidad de Información Financiera número 134/2018, artículo 3°, inciso g) y artículo 5° inciso b), respectivamente; b)- Que el señor Leonado Darío Álvarez queda dispensado de colacionar esta donación que no es inoficiosa; c) Que la señora Marta Lila Rodríguez, expresa que efectúa la presente donación en razón que las cuotas sociales no se encuentran embargadas o afectadas a algún derecho real en garantía y que la sociedad cuyas cuotas sociales se transfirieren, es una sociedad de responsabilidad limitada debidamente constituida, válidamente existente y regularmente inscripta conforme a las leyes de la República Argentina, con plenas facultades para ser propietaria, operar y disponer de sus bienes y llevar a cabo sus negocios válidamente; d)- Que con el certificado de Inhibición número 15280/22 expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble con fecha veinticuatro de octubre último, a mi solicitud, que tengo a la vista y agregaré a la presente, se acredita que no se registra inhibiciones a nombre del donante para disponer de sus bienes; doy fe. Leo esta escritura a los comparecientes, quienes la otorgan y firman como acostumbran; doy fe.-
M. L. RODRÍGUEZ.- L. D. ÁLVAREZ.- G. M. ÁLVAREZ.- ANTE MI: MARTÍN FERNANDO DURÉ.- Está mi sello.- CONCUERDA fielmente con su escritura matriz que pasó ante mi al folio dos mil seiscientos ochenta y tres del protocolo corriente del Registro Notarial número cuarenta y dos del que soy autorizante, para: Leonardo Darío ÁLVAREZ, expido esta primera copia en tres sellos de Actuación Notarial serie B números cero un millón cuatrocientos cincuenta y seis mil ochenta y siete; cero un millón cuatrocientos cincuenta y seis mil ochenta y ocho; y el presente cero un millón cuatrocientos cincuenta y seis mil ochenta y nueve; los que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.- Fdo: MARTÍN FERNANDO DURÉ, Escribano Adscripto Registro Notarial N° 42.-
M. L. RODRÍGUEZ.- L. D. ÁLVAREZ.- G. M. ÁLVAREZ.- ANTE MI: MARTÍN FERNANDO DURÉ.- Está mi sello.- CONCUERDA fielmente con su escritura matriz que pasó ante mi al folio dos mil seiscientos ochenta y tres del protocolo corriente del Registro Notarial número cuarenta y dos del que soy autorizante, para: Leonardo Darío ÁLVAREZ, expido esta primera copia en tres sellos de Actuación Notarial serie B números cero un millón cuatrocientos cincuenta y seis mil ochenta y siete; cero un millón cuatrocientos cincuenta y seis mil ochenta y ocho; y el presente cero un millón cuatrocientos cincuenta y seis mil ochenta y nueve; los que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.- Fdo: MARTÍN FERNANDO DURÉ, Escribano Adscripto Registro Notarial N° 42.-
PUERTO SAN JULIÁN, 29 de marzo de 2023.-
COSTAS MARINA SOLEDAD
Secretaria