Dirección General Boletín Oficial - FARMAEXPRESS S.R.L. - 1/1
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Avisos / publicado el 16 Junio 2022 / BO 5670

FARMAEXPRESS S.R.L. - 1/1

AVISO LEY 19.550

Angel Fernando BANCIELLA DICKIE, escribano público, titular del registro notarial n° 33, hace saber por un día que por el presente -pese a no ser lo normado por el Art. 10 de la Ley general de sociedades- se complementa el aviso publicado el día 10/02/2022, respecto a la razón social “FARMAEXPRESS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, transcribiéndose las cláusulas modificadas: “CUARTA: El capital social se fija en la suma de CIEN MIL PESOS, dividido en cien mil cuotas sociales, ya suscripto e integrado totalmente por los dos grupos de socios, designados como “1” y “2” .- “SEXTA: Se deja aclarado que en oportunidad de su constitución y para todo el plazo de duración de la sociedad, los socios pertenecientes al grupo “1” aportaron el uso de la marca de “Farmacia La Franco” para la denominación del comercio en el que funcionará la farmacia -y- los socios pertenecientes al grupo “2”, aportaron -en la misma oportunidad y término- el espacio físico donde desarrollará su actividad la misma farmacia, que será el ámbito de la estación de servicio, sita en la calle Alberto Juan Bark número 35 de esta ciudad de Río Gallegos.- Sin perjuicio de ello, la firma bajo el nombre de fantasía “La Franco” podrá funcionar en cualquier otro espacio físico que pudiera determinarse para futuras sucursales, pudiendo ser estos inmuebles propios o de cualquier otra persona física o jurídica.- SÉPTIMA: La administración y representación de la sociedad, estará a cargo de los socios, quienes revestirán el carácter de gerentes y se dividirán en dos grupos, designados “1” y “2” -y- actuarán y obligarán a la sociedad mediante la firma conjunta de un integrante del grupo “1” con un integrante del grupo “2”.- Desempeñarán sus funciones por el término de duración de la firma, pudiendo ser removidos por justa causa.- En el investido carácter y de acuerdo a la fijada actuación, tendrán facultades para obligar a la sociedad en todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social, a cuyo efecto podrán celebrar los contratos y actos que se vinculen con el mismo, quedando por lo tanto autorizados para adquirir bienes muebles e inmuebles, constituir derechos reales de garantía; otorgar poderes generales y especiales -incluso para querellar criminalmente- con el alcance y extensión que juzguen convenientes y operar con los bancos oficiales, mixtos y particulares creados o a crearse, dejándose constancia que la enunciación precedente es simplemente ejemplificativa y no limitativa.- La gerencia deberá prestar una garantía de doce mil pesos, en efectivo o su equivalente en títulos públicos oficiales, que deberán depositar en la caja social, en resguardo del buen desempeño de sus funciones, por el plazo que dure su mandato, más el período de prescripción de las acciones individuales que puedan realizarse en su contra, no pudiendo en consecuencia ser éste inferior a tres años luego de culminado el mismo.-” Y “OCTAVA: La gestión administrativa inherente al fondo de comercio de “Farmacia La Franco” que desarrollará la firma, estará a cargo exclusivamente de los socios integrantes del grupo “1”.- Los factores de comercio que representen a ese grupo, podrán ser removidos en cualquier momento por decisión de la gerencia de la firma; deberán rendir cuentas a la gerencia y a los socios al menos una vez al mes, dando cuenta de las gestiones realizadas en favor del fondo de comercio y de la sociedad.- Sin perjuicio de ello, los integrantes del grupo “2”, podrán interactuar en las actividades diarias con todos y cada uno de los empleados -actuales y futuros- de “Farmaexpress” y participar en la toma de decisiones inherentes al normal funcionamiento del negocio.- La elección del estudio contable y/o contador/es, que tengan a cargo la liquidación de impuestos, armados de balances, carpetas de bancos, etc. estará fuera de la gestión administrativa, debiendo ser de común acuerdo entre los integrantes de los grupos “1” y “2”.-
 
RÍO GALLEGOS, 07 de junio de 2022.-
 
ANGEL FERNANDO BANCIELLA DICKIE
Escribano

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI