AVISO LEGAL LEY 19.550
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que por la firma “MACRO SERVICIOS S.R.L.”, con C.U.I.T. Nº 30-70833122-4, se realizaron las siguientes modificaciones: i) Que mediante escritura pública Nº 14, Fº 42, del 14 de Febrero de 2014, autorizada en el Registro Notarial N° 42, del que soy autorizante, la firma mencionada aumentó su capital social, por aportes irrevocables de sus socios; ii) Que mediante escritura pública Nº 15, Fº 46 y escritura pública Nº 16 Fº48, ambas del 14de Febrero de 2014, del Registro Notarial N° 42, la por entonces socia de la firma, señora Nélida Murillo, cedió la totalidad de sus cuotas sociales, a favor de los señores Guillermo Esteban Polke y Jonathan Axel Van Thienen, respectivamente; y iii) Que por Escritura Pública Nº 238, Fº 801, del 25 de Abril de 2022, el señor Jonathan Axel Van Thienen, CEDIÓ y TRANSFIRIÓ la totalidad de su participación societaria, es decir, la cantidad de 17 cuotas sociales, a favor del señor Ghian Adriel Polke. Asimismo, los socios, por unanimidad, decidieron la modificación del domicilio social y de la redacción de la cláusula 5º del estatuto social.- En consecuencia, se modificaron las cláusulas primera y quinta, la cuales quedarán redactadas de la siguiente manera: “PRIMERA: DENOMINACIÓN Y SEDE SOCIAL: La sociedad bajo la denominación de MACRO SERVICIOS SRL y tendrá su domicilio legal en la calle Posadas número 424 de la Ciudad de Río Gallegos, pudiendo asimismo, establecer sucursales o agencias en cualquier lugar del país o del extranjero”.- “QUINTA: ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN.- La administración y representación de la Sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes actuarán en forma individual o indistinta. Podrán designarse uno o más suplentes. Desempeñará sus funciones durante el plazo de vigencia de la sociedad, pudiendo ser removidos por justa causa. En tal carácter tienen todas las facultades para obligar a la Sociedad en todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social, pudiendo realizar todos los actos y contratos que se vinculen con él, la adquisición de bienes muebles, inmuebles, contratación de préstamos, la constitución de derechos reales de garantía, la presentación de licitaciones públicas y privadas, el otorgamiento de poderes, la intervención en actuaciones ante todos los bancos oficiales y privados. La presenta enunciación no es limitativa ni taxativa - CAPITAL SOCIAL.- El capital social se fija en la suma de PESOS TRESCIENTOS CATORCE MIL ($ 314.000,00), dividido en tres mil ciento cuarenta cuotas sociales de cien pesos ($100) cada una. Cada cuota de derecho a un voto. Este capital se aporta e integra conforme se indica en el cuadro respectivo. Todo saldo adeudado por los socios en concepto de integración debe ser completado hasta en un término no mayor de dos años a contar del día de hoy”.-
MARTÍN FERNANDO DURÉ
Escribano Adscripto
Registro Notarial