Dirección General Boletín Oficial - ASAMBLEA EXTRAORDINARIA - PATAGONIA PROFUNDA S.A. - P1/1
Edición del 08 Julio 2026
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Avisos / publicado el 07 Julio 2026 / BO 6131

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA - PATAGONIA PROFUNDA S.A. - P1/1

AVISO LEGAL
"PATAGONIA PROFUNDA S.A."
 
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día que por Asamblea Extraordinaria N° 18 y 19 del 6 de abril de 2026, PATAGONIA PROFUNDA S.A. CUIT 30-71576271-0, con sede social en calle Ushuaia N° 202 de El Calafate, inscripta ante el Registro Público de Comercio, dependiente del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N° UNO, con asiento en la Ciudad de El Calafate, hoy Unidad de Registro Público y Contralor de Personas Jurídicas, bajo el número 021, Folio 158/163, Tomo X, con fecha 23 de noviembre de 2018, se procedió al cambio de los miembros del directorio, quedando conformado de la siguiente manera: PRESIDENTE: JULIÁN FORES, D.N.I. 31.541.345. DIRECTOR SUPLENTE: MANUEL MORENO, D.N.I. 35.136.659., quienes expresamente aceptaron el cargo, constituyendo domicilio especial, en los términos del Art. 256 in fine de la Ley 19.550, en la sede social de la firma. Asimismo, mediante la antes citada acta protocolizada por Escritura Pública N° 103 del 15/06/2026, labrada por ante la Escribana Barbara Silvana De Cristofaro, titular del Registro Notarial N°54 con asiento en El Calafate, se aprobó el aumento del capital social (Artículo 4°) y la Adecuación y reforma de los artículos Primero “DENOMINACIÓN - DOMICILIO”; Décimo cuarto “suscripción e integración del capital social”; Décimo quinto “Domicilio de la sede social”; Décimo sexto “Designación del órgano de administración” del estatuto social. Los cuales quedaron redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social se fija en la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($30.000.000), representado por trecientas mil (300.000) acciones ordinarias de pesos cien ($100) valor nominal cada una, nominativas no endosables con derecho a un voto por acción, las que se hallan totalmente suscriptas. El capital social podrá ser aumentado al quíntuplo por decisión de la Asamblea Ordinaria mediante la emisión de acciones ordinarias nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción y de valor nominal pesos cien ($ 100) cada una, emisión que la asamblea podrá delegar en el Directorio, conforme lo determina el articulo ciento ochenta y ocho de la Ley de sociedades comerciales número diecinueve mil quinientos cincuenta modificada por la Ley número veintidós mil novecientos tres.”, “ARTÍCULO PRIMERO: DENOMINACIÓN - DOMICILIO: La sociedad se denomina “PATAGONIA PROFUNDA S.A.” y tendrá su domicilio legal en la Ciudad de El Calafate, Provincia de Santa Cruz, República Argentina, pudiendo la sociedad por simple resolución de sus socios, establecer sucursales en cualquier parte del país y/o del extranjero.”, ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: DOMICILIO DE LA SEDE SOCIAL. Se resuelve su derogación del plexo estatutario y su inclusión en las Disposiciones Transitorias I del Estatuto Social que quedará redactada de la siguiente manera: “DISPOSICIONES TRANSITORIAS: I) Sede Social: Establecer la sede social de PATAGONIA PROFUNDA S.A. queda fijada en calle Ushuaia N° 202 de la Ciudad de El Calafate, Provincia de Santa Cruz.”, ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: SUSCRIPCIÓN E INTEGRACION DEL CAPITAL SOCIAL. Se procede a su derogación del plexo estatutario y su inclusión en las Disposiciones Transitorias II del Estatuto Social que queda redactada de la siguiente manera: “DISPOSICIONES TRANSITORIAS: II) SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL. Los socios declaran suscribir el capital social, según el siguiente detalle: El señor Julián Fores suscribe ciento ochenta mil (180.000) Acciones ordinarias nominativas no endosables, de un (1) voto por cada acción y valor nominal de cien pesos ($100) cada una, o sea la suma de Pesos dieciocho millones ($ 18.000.000) de capital social, y el señor Manuel Moreno suscribe ciento veinte mil (120.000) Acciones ordinarias nominativas no endosables, de un (1) voto por cada acción. de valor nominal de cien pesos ($100) cada una, o sea la suma de Pesos doce millones ($ 12.000.000) de capital social, integrando el cien por ciento del capital social.” ARTÍCULO DÉCIMO SEXTA: DESIGNACIÓN DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN. Se aprueba su derogación del plexo estatutario y su inclusión en las Disposiciones Transitorias III del Estatuto Social que quedar redactadas de la siguiente manera: “DISPOSICIONES TRANSITORIAS: III) ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN. Se designa para integrar el directorio: PRESIDENTE: JULIÁN FORES, D.N.I. 31.541.345 y DIRECTOR SUPLENTE: MANUEL MORENO, D.N.I. 35.136.659. Declaraciones juradas: a) El presidente y Director Suplente manifiestan aceptar en forma expresa los cargos para los cuales fueron designados. b) El presidente y Director Suplente ratifican que declaran bajo juramento que a ninguno de ellos les comprenden las prohibiciones e incompatibilidades para desempeñarse en el cargo que establece el Artículo 264° de la Ley General de Sociedades Comerciales 19.550, y fijan domicilio especial, exigido por el Artículo 256° de la Ley General de Sociedades Comerciales 19.550 en la sede social de la firma en calle Ushuaia, N° 202, de la Ciudad de El Calafate, Provincia de Santa Cruz.”
 
VIRGINIA ZAPATA
Abogada
T° VI F° 191 
CUII 27-25268349-1

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI