Dirección General Boletín Oficial - ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA - IRON SANTA CRUZ S.A. - P1/1
Edición del 03 Marzo 2026
Ediciones anteriores
Avisos
« Mar 2026 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
            1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31          

Secciones



Avisos / publicado el 20 Enero 2026 / BO 6073

ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA - IRON SANTA CRUZ S.A. - P1/1

AVISO LEGAL
 
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que por Escritura Pública Nº 18, Fº 69, en la Ciudad de Río Gallegos, capital de la Provincia de Santa Cruz, a los 12 días del mes de enero de 2026, ante mí, Escribano Público autorizante, del Registro Notarial N° 42, se protocolizó el Acta de Asamblea Extraordinaria, de fecha 18 de agosto de 2025, de la firma que gira en plaza, bajo la denominación de “IRON SANTA CRUZ S.A.”, con C.U.I.T. Nº 33-71153571-9 y domicilio social  en la avenida Gregores Nº 732 de esta Ciudad; que mediante la citada acta, se aprobó por unanimidad  la modificación del artículo 3° (objeto social), artículo 4° (capital social) y artículo 9° (garantía  directores),los cuales quedaron redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: Tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o en participación con terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: a) COMERCIALES: mediante la compraventa, exportación, importación, distribución, representación, comisión, consignación, acopio y permuta de materiales, productos y bienes relacionados con la industria de la construcción, como así también de todo otro artículo o material vinculado directa o implícitamente con dicha industria; provisión de cubiertas, cámaras, ruedas y llantas, ya sean nuevas, usadas y/o renovadas y sus accesorios  complementarios para todo tipo de vehículos; provisión de sistemas de bombeo de líquidos, electrobombas, bombas circuladoras para sistemas de calefacción, aire acondicionado y agua sanitaria; bombas sumergibles, bombas de inyección, bombas centrífugas multi etapa y sistemas compactos para abastecimiento de agua doméstica, repuestos, reparación y mantenimiento de sistemas de bombeo; sistemas de riego, equipos de descenso del nivel freático; productos químicos para potabilización de agua; comercialización de aceites y lubricantes, sus derivados y afines; importación y exportación de equipamiento y maquinarias viales, sus repuestos y derivados; provisión y alquiler de máquinas y equipos comerciales, industriales y para la construcción, con o sin operador; provisión de artículos, insumos y productos de electricidad; insumos, materiales y reactivos para laboratorios, materiales descartables y afines; provisión de indumentaria y elementos de trabajo y seguridad; b) CONSTRUCTORA Y SERVICIOS: mediante la construcción de todo tipo de obras, públicas o privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura; reparación e instalación de servicios de agua, luz, gas y climatización; asimismo corresponde al objeto social la intermediación en la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios y de terceros y de mandatos; mantenimiento y reparación de ascensores. Prestar servicios de organización, revisión y asesoramiento técnico; c) INMOBILIARIA: Compraventa, construcción, administración de bienes muebles e inmuebles y realización de operaciones sobre bienes inmuebles autorizadas por las leyes; d) FINANCIERA: Mediante préstamos y/o aportes e inversiones de capital, realizar financiaciones y operaciones de crédito con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas y realizar operaciones financieras en general Quedan excluidas las operaciones comprendidas en la Ley Nro. 21526, sus modificaciones y las que las sustituyan o complementen y toda otra por la que se requiera el concurso del ahorro público.- La sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo realizar todo tipo de actos, contratos u operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin más limitaciones que las establecidas por la ley, disposiciones reglamentarias y este estatuto.- ARTÍCULO CUARTO: El capital social se fija en la suma de PESOS TREINTA MILLONES, representado por TREINTA MIL (30.000) acciones ordinarias, de valor nominal cada una de PESOS MIL ($1.000), y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto conforme lo determina el artículo 188 de la Ley 19.550, mediante la pertinente escritura  pública, en cuya oportunidad se abonará el correspondiente impuesto de sellos”.- ARTÍCULO NOVENO: En garantía del buen desempeño de su gestión, los directores titulares depositarán en la  caja social la suma en pesos equivalente al diez por ciento (10%) del capital social, o su equivalente en títulos valores públicos al portador”.-
 
MARTÍN FERNANDO DURE
Escribano Adscripto
Registro Notarial N° 42

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI