Dirección General Boletín Oficial - AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACIÓN DE ADMINISTRADOR DE CAPITAL - PATAGÓN S.A.S. - P1/1
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Edición del 18 Septiembre 2025
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Avisos / publicado el 10 Julio 2025 / BO 6006

AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACIÓN DE ADMINISTRADOR DE CAPITAL - PATAGÓN S.A.S. - P1/1

AVISO DE LEY -19.550-
“PATAGÓN S.A.S.”
 
Paola Alejandra NAVES, Escribana, titular del Registro Nº 50, de esta Provincia, hace saber por el término de un (1) día que con fecha 23/05/2025, por escritura pública otorgada ante mí bajo el Nº 105 del presente Protocolo a mi cargo; se procedió a aumentar el capital y modificar administrador de la sociedad que gira en plazo bajo el nombre de “PATAGÓN S.A.S.” y que en mérito a lo establecido en el art. 10°, Inc. b de la Ley 19.550, se publicita por el término de un (1) día en el Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz el siguiente aviso: MODIFICACIÓN DE OBJETO: Los socios deciden ampliar el objeto social, solicitando incorporar el rubro de Explotación de Gimnasios. A continuación modifican el artículo Tercero que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada con terceros las siguientes actividades: Gastronomía: explotación comercial de negocios del ramo restaurante, bar, confitería, pizzería, cafetería, venta de toda clase de productos alimenticios y despacho de bebidas con o sin alcohol, cualquier rubro gastronómico y toda clase de artículos y productos preelaborados y elaborados.- Explotación de gimnasios: Explotación de gimnasios, en todas sus especialidades, actividades deportivas, recreativas, relacionadas con el deporte y disciplinas afines. La explotación comercial del negocio bar, cafetería, confitería y restaurante; venta de toda clase de productos alimenticios, envasados o no y bebidas alcohólicas o sin alcohol, envasadas o no; compraventa, importación, exportación, representación , comisión, consignación, distribución y/o alquiler de máquinas, equipos, accesorios, e indumentaria relacionado con las actividades mencionadas.- Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad podrá realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/ o ahorro público”.- CESIÓN DE ACCIÓN: La socia Nancy Rosa ALFARO a título de venta, transfiere y vende a favor de la señorita Mariángeles Betina BARRIOS ALFARO, la cantidad de Quinientas (500) acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1.000 (pesos un mil), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción; representativo del Veinticinco (25%) por ciento del capital social.- El capital social queda conformado de la siguiente manera: la socia Nancy Rosa ALFARO, suscribe la cantidad de Quinientas (500) acciones equivalentes a Pesos Quinientos mil ($ 500.000), representativo del 25% del capital social; el socio Rodrigo Alejandro BARRIOS ALFARO, suscribe la cantidad de Quinientas (500) acciones equivalentes a Pesos Quinientos mil ($ 500.000), representativo del 25% del capital social; el socio Raúl Eduardo BARRIOS, suscribe la cantidad de Quinientas (500) acciones equivalentes a Pesos Quinientos mil ($ 500.000), representativo del 25% del capital social; y la socia Mariángeles Betina BARRIOS ALFARO, suscribe la cantidad de Quinientas (500) acciones equivalentes a Pesos Quinientos mil ($ 500.000), representativo del 25% del capital social.- READECUACIÓN DE CAPITAL SOCIAL: En este estado los socios deciden readecuar el capital social aumentando el mismo en Dos millones ($ 2.000.000) a los efectos de cumplir los requisitos de las disposiciones actuales de la de Unidad de Registro Público y Contralor de Personas Jurídicas Ministerio de Gobierno de la provincia de Santa Cruz.- Modificando el artículo relacionado como a continuación se detalla: “ARTÍCULO CUARTO. Capital: El Capital Social es de $ 4.000.000 (Cuatro millones de pesos) representado por cuatro mil (4.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1.000 (pesos un mil), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 de la Ley N° 27.349. Las acciones correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, nominativas no endosables, o escriturales, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias liquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz. Los títulos representativos de las acciones, así como los certificados provisorios que se emitan, contendrán las menciones de los artículos 100 101 211 Y 212 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Podrán emitirse títulos representativos de más de una acción”.-
 
PAOLA ALEJANDRA NAVES
Escribana
Registro Nº 50

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI