DECRETO N° 1698
PICO TRUNCADO, 16 de mayo de 2025.-
V I S T O :
El Expediente N° 3480/2006 del Registro de Mesa de Entradas de esta Municipalidad cuyo iniciador fue INGENIERÍA DE OBRAS SANTA CRUZ NORTE S.R.L. sobre la solicitud de adjudicación en venta de la Sección D, Manzana 43, Parcela 2 de la zona industrial del ejido urbano y la Resolución Municipal N° 0234/22 dictada el día 12 de septiembre del año 2022 por el entonces Secretario de Gobierno Dn. Eduardo Emilio Pellegrini;
Y CONSIDERANDO:
Que la referida Resolución Municipal N° 0234/22 en su artículo 1°) deja sin efecto el Permiso Precario de fecha 3 de septiembre del año 2007, ignorando de modo inverosímil que se le había otorgado en el año 2008, según el Certificado N° 7382 expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de Santa Cruz, el título de dominio o propiedad, inscripción que está registrada bajo la Matrícula N° 15413;
Que entonces dicho acto administrativo carece de los requisitos esenciales establecidos en el artículo 7°) de la Ley Provincial N° 1260, lo cual es nulo, de nulidad absoluta, por cuanto carece de causa toda vez que de los antecedentes resulta que INGENIERÍA DE OBRAS SANTA CRUZ NORTE S.R.L. no era permisionaria, sino que era titular del dominio de dicho inmueble y por lo tanto también carece de objeto debe que es jurídicamente posible que un acto administrativo municipal viole la Constitución Nacional que en su artículo 17 dispone que la propiedad es inviolable y nadie puede ser privada de ella sino en virtud de sentencia fundada en Ley.-
Que es necesario declarar la nulidad de la Resolución Municipal N° 0234/22, toda vez que se dan los presupuestos del artículo 14, inciso a) de la Ley Provincial N° 1.260 y esa es la solución que establece el artículo 17 de la citada norma provincial que regula los actos y procedimientos administrativos;
POR ELLO;
Y, en ejercicio de las facultades conferidas por Ley;
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE LA
CIUDAD DE PICO TRUNCADO
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1°.- REVÓQUESE Y DEJE SIN EFECTOS la Resolución Municipal N° 0234/2022 dictada el día 12 de septiembre de 2022.-
ARTÍCULO 2°.- Publíquense Edictos por tres días en el Boletín Oficial.-
ARTÍCULO 3°.- REFRENDARÁ, el presente Decreto la señora Secretaria de Gobierno del Departamento Ejecutivo Municipal.-
ARTÍCULO 4°.- REGÍSTRASE, PASE a la Dirección de Tierras, y, cumplido ARCHÍVASE.-
PABLO SEBASTIÁN ANABALÓN
Intendente Municipal
Municipalidad de Pico Truncado (S.C.)
ROXANA VERÓNICA IRIGOYEN
Secretaria de Gobierno
Municipalidad de Pico Truncado (S.C.)