AVISO LEGAL
MODIFICACIÓN DE CONTRATO SOCIAL DE
“RÍO SUR CONSTRUCCIONES S.A.S.”
Se hace saber que por Instrumento Privado de fecha 18 de febrero de 2025, con certificación de firmas ante la Escribana Florencia Fernández, adscripta al Reg. Notarial Nº 16 de Río Gallegos, se modificó la cláusula Cuarta y las Disposiciones Transitorias del contrato social de RÍO SUR CONSTRUCCIONES S.A.S., quedando redactadas de la siguiente manera: Artículo Cuarto. Capital: El Capital Social es de $ 2.000.000 representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales, de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la ley 27.349. Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz: Disposiciones transitorias: 1.1 Capital social: Los socios suscriben el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: Vargas Peralta Iván Luis, suscribe la cantidad de un millón de acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción y Vargas Peralta Iván Marcelo suscribe la cantidad de un millón de acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante comprobante de depósito bancario, debidamente certificado por la entidad, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de la modificación del capital. 1.2 - Designación de miembros del órgano de administración y declaración sobre su condición de persona expuesta políticamente: Designar: Administrador Titular: Vargas Peralta Iván Luis, D.N.I. N° 18.688.714, CUIT N° 20-18688714-0 de nacionalidad argentina, nacido el 02 de octube de 1960, con domicilio real en B° 118 Viviendas, casa 64 S/N de la localidad de Cmte. Luis Piedra Buena, quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es persona expuesta políticamente, de conformidad a lo establecido en las resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF) 11/2011. Administrador Titular: Vargas Peralta Iván Marcelo D.N.I. N° 33.494.559, CUIT 20-33494559-7, de nacionalidad argentina, nacido el 26 de septiembre de 1988 con domicilio real en B° 118 Viviendas, casa 64 S/N de la localidad de Cmte. Luis Piedra Buena, quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es persona expuesta políticamente, de conformidad a lo establecido en las resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF) 11/2011; Administradora Suplente: Paredes Beltrán Mirta Elena D.N.I. N° 92.849.194, CUIT 27-92849194-9, de nacionalidad chilena, nacida el 8 de octubre de 1964 con domicilio real en B° 118 Viviendas, casa 64 S/N de la localidad de Cmte. Luis Piedra Buena, quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es persona expuesta políticamente, de conformidad a lo establecido en las resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF) 11/2011.- 1.3 La representación legal de la sociedad será ejercida por: Los ADMINISTRADORES TITULARES, de manera indistinta o simultáneamente.-
RAMIRO M. SERANTES
T° VII F° 4 T.S.J.S.C.
T° 58 F° 292 C.S.J.N.