Dirección General Boletín Oficial - AUMENTO DE CAPITAL Y DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADORES - J Y E TODO GOMA S.A.S. - P1/1
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Edición del 13 Marzo 2025
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Avisos / publicado el 06 Marzo 2025 / BO 5968

AUMENTO DE CAPITAL Y DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADORES - J Y E TODO GOMA S.A.S. - P1/1

AVISO DE LEY -19.550-
“J Y E TODO GOMA S.A.S.”
 
Paola Alejandra NAVES, Escribana, titular del Registro Nº 50, de esta Provincia, hace saber por el término de un (1) día que con fecha 06/02/2025, por escritura pública otorgada ante mí bajo el Nº 105 del presente Protocolo a mi cargo; se procedió a aumentar el capital y modificar administrador de la sociedad que gira en plazo bajo el nombre de “J Y E TODO GOMA S.A.S.” y que en mérito a lo establecido en el art. 10, Inc. b de la Ley 19.550, se publicita por el término de un (1) día en el Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz el siguiente aviso: RENUNCIA AL CARGO DE ADMINISTRADOR Y DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADORES.- Las señoras Aldana Micaela CÁCERES y Mónica Raquel VILLALBA, renuncian a sus cargos de Administradores titulares y Suplentes respectivamente. En este estado la socia decide designar nuevamente a las autoridades de acuerdo al siguiente detalle: DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN: Designar Administrador/es titular a: Mónica Raquel VILLALBA, quien acepta el cargo.- Designar Administrador/es suplente a: José Alejandro VÁZQUEZ VILLALBA, argentino, nacido el quince de agosto de mil novecientos noventa, titular del Documento Nacional de Identidad número 35.568.054, CUIT Nº 20-35568054-2, soltero, comerciante, con domicilio en calle Malvinas Argentinas número 2694 de esta ciudad, quien acepta el cargo. AUMENTO DE CAPITAL: De acuerdo a lo expuesto, la socia decide readecuar el capital social aumentando el mismo en Un millón ochocientos mil ($ 1.800.000) a los efectos de cumplir los requisitos de las disposiciones actuales de la de Unidad de Registro Público y Contralor de Personas Jurídicas Ministerio de Gobierno de la provincia de Santa Cruz.- Modificando el artículo relacionado como a continuación se detalle: ARTÍCULO CUARTO. Capital: El Capital Social es de $ 2.000.000 (Pesos Dos millones) representado por doscientas mil (200.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 10 (Pesos diez), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 de la Ley N° 27.349. Las acciones correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, nominativas no endosables, o escriturales, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz. Los títulos representativos de las acciones, así como los certificados provisorios que se emitan, contendrán las menciones de los artículos 100 101 211 y 212 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Podrán emitirse títulos representativos de más de una acción.- SUSCRIPCIÓN DE LAS CUOTAS: En este estado la socia Mónica Raquel VILLALBA suscribe doscientas mil (200.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 10 (Pesos diez), valor nominal cada una, equivalentes a Pesos Dos millones, representativo del 100% del capital social.-
 
PAOLA ALEJANDRA NAVES
Escribana
Registro Nº 50

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI