AVISO DE LEY -19.550
“GAITÁN E HIJOS S.A.S.”
Paola Alejandra NAVES, Escribana, titular del Registro N° 50, de esta Provincia, hace saber por el término de un (1) día que con fecha 21 de noviembre de 2024, por escritura pública otorgada ante mí bajo el Nº 537 al F° 989 del presente Protocolo a mi cargo; se procedió a aumentar el capital de la sociedad que gira en plazo bajo el nombre de “BIG TRUCK S.A.S.”, hoy “GAITÁN E HIJOS S.A.S.” y que en mérito a lo establecido en el art. 10, Inc. b de la Ley 19.550, se publicita por el término de un (1) día en el Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz el siguiente aviso: CESIÓN DE ACCIONES: a) el señor Isaías Gabriel BALBOA, en adelante el vendedor, a título de venta, transfiere y vende, a Pamela Fabiana GAITÁN, la cantidad de Ciento Cincuenta mil (150.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 (pesos uno), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción, correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del capital social; pertenecientes a la empresa BIG TRUCK S.A.S..- El capital social de BIG TRUCK S.A.S. queda conformado de la siguiente manera: 1) Pamela Fabiana GAITÁN, es titular de trescientas mil (300.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 (pesos uno), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción, representativo de $ 300.000 (trescientos mil pesos).- RENUNCIA AL CARGO DE ADMINISTRADOR Y DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADORES.- El señor Isaías Gabriel BALBOA, renuncia a su cargo de Administrador titular y Suplente respectivamente. En este estado la socia decide designar nuevamente a las autoridades de acuerdo al siguiente detalle: DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN: Designar Administrador/es titular a: Pamela Fabiana GAITÁN. Quien acepta el cargo.- Designar Administrador/es suplente a: Kevin Alexis MÁRQUEZ GAITÁN, quien acepta el cargo. La representación legal de la sociedad será ejercida por el/los administradores designados, en el domicilio de la sede social.- De acuerdo a lo expuesto, se procede a modificar los siguientes artículos a saber: Los socios deciden modificar el nombre de la sociedad, quedando redactada el artículo PRIMERO de esta manera: ARTÍCULO PRIMERO. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina GAITÁN E HIJOS S.A.S. y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la localidad de Caleta Olivia, Departamento Deseado, provincia de Santa Cruz, República Argentina, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero.- Los socios deciden readecuar el capital social aumentando el mismo en Dos millones setecientos mil ($ 2.700.000) a los efectos de cumplir los requisitos de las disposiciones actuales de la de Unidad de Registro Público y Contralor de Personas Jurídicas Ministerio de Gobierno de la provincia de Santa Cruz.- Modificando el artículo relacionado como a continuación se detalle: ARTÍCULO CUARTO. Capital: El Capital Social es de $ 3.000.000 (Pesos Tres millones) representado por trescientas mil (300.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 10 (Pesos diez), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 de la Ley N° 27.349. Las acciones correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, nominativas no endosables, o escriturales, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz. Los títulos representativos de las acciones, así como los certificados provisorios que se emitan, contendrán las menciones de los artículos 100 101 211 y 212 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Podrán emitirse títulos representativos de más de una acción.-
PAOLA ALEJANDRA NAVES
Escribana
Registro Nº 50