Dirección General Boletín Oficial - CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - PATAGONIA CHIC USHUAIA S.A.S. - P1/1
Edición del 17 Septiembre 2024
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Avisos / publicado el 04 Julio 2024 / BO 5896

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - PATAGONIA CHIC USHUAIA S.A.S. - P1/1

AVISO CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD
“PATAGONIA CHIC USHUAIA S.A.S.”
 
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que el 05/06/2024 se constituyó la sociedad: “PATAGONIA CHIC USHUAIA S.A.S.” cuyos datos son: 1.- Socio/s: TOMÁS HÉCTOR CHELI, D.N.I. N° 32.239.442, CUIT 20-32239442-0, de nacionalidad argentina, nacido el 11 de abril de 1986, de profesión empresario, estado civil: soltero, con domicilio en Capitán Soto N° 3535 , de la ciudad de El Calafate, provincia de Santa Cruz y ANDRÉS LUIS CHELI, D.N.I. N° 33.246.005, CUIT: 20-33246005-7, de nacionalidad argentina, nacido el 29 de agosto de 1987, de profesión: empresario, estado civil: soltero, con domicilio en la calle Charles Furh N° 149 de la ciudad de El Calafate, provincia de Santa Cruz; 2.- Domicilio social: en la competencia territorial del Juzgado Pcial. de 1era. Instancia Nro. UNO, en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería con asiento en El Calafate. 3.- Sede social: Avenida Del Libertador N° 1568 de la Ciudad de El Calafate, provincia de Santa Cruz.- 4.- Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades I - AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO: La realización de Reserva, venta de pasajes terrestre, aéreos o marítimas, nacionales o internacionales; organización, reserva y ventas de excursiones propias o de terceros en el país o extranjero, reserva de hotelería dentro y fuera del país; reservas, organización y traslados, dentro y fuera del país de contingentes turísticos, para lo cual podrá realizar todas las gestiones, mandatos, consignaciones, compras, ventas, corresponsalías, administraciones, comisiones, representaciones, intermediaciones, importación y exportación, y todo otro acto contractual autorizado por la legislación para el cumplimiento de su objeto; programación y organización de actividades turísticas convencionales, alternativas y de aventura y toda otra actividad similar o conexa, con las mencionadas precedentemente, vinculadas con la actividad turística y en su beneficio, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.- II - EXPLOTACIÓN HOTELERA Y GASTRONÓMICA. Realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociados a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades: 1) Comerciales. Prestación y Comercialización de servicios hoteleros. Dedicarse al negocio de hotelería en general, mediante alojamiento de personas, en cualquiera de las formas y modalidades permitidas por las leyes vigentes, para lo cual podrán comprar, arrendar o concesionar bienes, inmuebles y edificios destinados a hotelería; explotar por cuenta propia o por concesión o arrendamientos, edificios, o inmuebles destinados a la hotelería, hospedajes o albergues. 2) Gastronómicas. Instalar y explotar dentro de los respectivos edificios o inmuebles y como servicios complementarios, propios, arrendados o concesionados, atención de restaurantes, bares, confiterías, comedores, comidas, espectáculos, y variedades y afines, servicios de catering, refrigerios, y/o Kioscos, pudiendo realizar reservas, organización y ventas de entradas a espectáculos culturales, deportivos, artísticos o sociales. III - COMERCIALES: Desarrollo de emprendimientos inmobiliarios (loteos; construcciones, urbanizaciones; subdivisiones o similares) que generen las adjudicaciones; cesiones u operaciones de compra venta y/o locación; alquiler o arrendamiento de bienes inmuebles – incluidos los afectados bajo la modalidad de leasing – por cuenta propia o con la intervención de otros sujetos. IV - ALQUILER DE RODADOS Y SERVICIOS CONEXOS: Explotación en régimen de alquiler de toda clase de vehículos; automóviles o remolcados, industriales o de turismo, motonetas, bicicletas; nuevos o usados; con o sin conductor; la explotación de garajes; talleres o estaciones de reparaciones, acarreo y fletes. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. 5.- Duración: 99 años. 6.- Capital: $ 3.000.000,00 (PESOS TRES MILLONES) representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales, de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, 100% suscriptas y 100% de integración: TOMÁS HÉCTOR CHELI, suscribe la cantidad de 1.500.000 acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción; ANDRÉS LUIS CHELI, suscribe la cantidad de 1.500.000 acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. 7.- Administradores y representantes legales. Administrador titular y representante legal: el Socio TOMÁS HÉCTOR CHELI, D.N.I. N° 32.239.442, CUIT: 20-32239442-0, por plazo indeterminado, con domicilio especial en la sede social. 8.- Fecha de cierre del ejercicio: 31 de mayo de cada año.-
 
JUAN MANUEL SOLARI
Abogado
T° VII F° 44 T.S.J.S.C.
T° 507 F° 364 Mat. Fed.

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Luisa Elizabeth CÁRDENAS