AVISO DE LEY
“SERVSUR SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS”
Conforme se desprende de Instrumento Constitutivo suscripto por ante Escribano Público, se procedió a constituir una Sociedad por Acciones Simplificadas en los términos de la Ley 27.349 y que en mérito a lo establecido en el art. 10° de la Ley General de Sociedades N° 19.550, se publicita por el término de un (1) día en el Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz el siguiente aviso: 1º) TRONCOSO MARCELO NICOLÁS, D.N.I. N° 36.105.100, comerciante, argentino, con domicilio real Barrio Mutual Casa N° 53 de la ciudad de Caleta Olivia, hábil y con plena capacidad civil para suscribir el presente acto; 2º) Fecha de Constitución: 07 de abril del año 2021; 3°) Denominación: SERVSUR SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS; 4º) Domicilio: ROSENDO GASPAR Nº 2773 BARRIO INDUSTRIAL de la ciudad de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz; 5º) Objeto: a) La sociedad tiene por objeto principal desarrollar actividades, por cuenta propia y/o de terceros y/o asociado con terceros, de prestación y explotación de toda clase de servicios de lavadero, gomería, engrase y mecánica en general, de forma enunciativa, de flota automotor liviana, pesada y vial, maquinaria agrícola, petrolera/petroquímica, naval, eólica y minera. Asimismo, podrá realizar servicios de chapa y pintura de flota automotor liviana, maquinaria pesada y vial, maquinaria agrícola, maquinaria petrolera/petroquímica, maquinaria naval, eólica y minera. b) Podrá comercializar, bajo cualquier título, equipamiento, infraestructura, bienes y servicios de todo tipo, relacionados con o complementarios de los servicios de lavadero y mecánica en general o especializada, incluyendo su fabricación o desarrollo. c) De forma complementaria al objeto descripto podrá realizar la prestación y explotación de toda clase de servicios auxilio mecánico y/o transporte de vehículos y maquinaria como servicio complementario. d) La investigación y desarrollo, promoción y aplicación de toda clase de principios componentes, equipos y sistemas utilizados de forma directa o indirectamente para las tareas descriptas en a), b) y c). e) La fabricación o producción y, en general, las demás formas de actividad industrial relacionada a las tareas descriptas en a), b) y c). f) La adquisición, enajenación, locación, dación en comodato, permuta, consignación y, en general, las demás formas de actividad comercial de productos inherentes a las tareas descriptas en a), b) y c), dentro del país o en el extranjero, quedando facultada para realizar actividades de importación y/o exportación, por si o por terceros, de dichos productos, constituyéndose en tal carácter ante las autoridades aduaneras. g) La sociedad también podrá realizar toda clase de operaciones con títulos valores, tomar y otorgar toda clase de créditos, ello con exclusión de las actividades reservadas exclusivamente a entidades financieras de acuerdo a la legislación y reglamentos aplicables. h) Podrá realizar inversiones, actividades de corretaje, adquisición de acciones, aportes de capital a personas físicas o ideales, actuar como fiduciaria o fiduciante, celebrar contratos de colaboración, asociación y/o bancarias o financieras, con el límite que establece la Ley 21.526, sus normas reglamentarias, complementarias y modificatorias, y las actividades allí excluidas. A dicho efecto, desde su inscripción en el Registro Público de Comercio, esta sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes y los presentes artículos. 6º) Capital: El capital social inicial es de Pesos doscientos mil ($ 200.000.-), representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales de Pesos Uno ($ 1.-) a valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Los socios suscriben el 100% del capital social en acciones escriturales de un peso ($ 1,00) de valor nominal con derecho a un (1) voto por acción de acuerdo a la siguiente distribución: El socio TRONCOSO MARCELO NICOLÁS, D.N.I. Nº 36.105.100 integra la totalidad de las cuotas sociales. El capital social se integra con un veinticinco por ciento (25%) en efectivo, acreditándose tal circunstancia con acta notarial, debiendo integrarse el saldo del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de inscripción del presente contrato social. 7°). DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN: Designar Administrador al SOCIO: TRONCOSO MARCELO NICOLÁS, D.N.I. Nº 36.105.100, cuya fecha de nacimiento resulta 08 abril de 1991, de nacionalidad argentino, soltero, domiciliado realmente en Barrio Mutual Casa Nº 53 de la ciudad de Caleta Olivia. Designar como Administrador Suplente al Sr. TRONCOSO MAXIMILIANO AGUSTÍN, Cédula de Identidad Nº 42.711.401, nacido el día 01 de enero 2001, de nacionalidad argentino, estado civil soltero, con domicilio en calle Challaco Nº 9478 de la ciudad de Cañadón Seco. Con la suscripción del presente, aceptan el cargo que le ha sido conferido, constituyen domicilio especial en la sede social. Asimismo manifiesta bajo forma de declaración jurada el carácter de no ser Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resolución de la Unidad de Información Financiera Nro. 11/2011 y sus modificatorias conforme se indica en el cuadro precedente. La representación legal de la sociedad será ejercida por los administradores -titular y/o suplente- de forma indistinta. 8°) PODER ESPECIAL: Otorgar poder especial a favor de DR. EUGENIO A. GÓMEZ CARRASCO para realizar todos los trámites de constitución e inscripción de la sociedad ante el Registro Público de Comercio; 9°) Cierre de Ejercicio: 31 de enero de cada año; 10º) Plazo de Duración: cien (100) años.-
Publíquese edicto por UN (1) DÍA por ante el Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz.-
Dr. EUGENIO ALONSO GÓMEZ CARRASCO
MAT. 760 - TOMO IV - FOLIO 160 CHUBUT
TOMO VI - FOLIO 43 - T.S.J.S.C.
TOMO 58 FOLIO 182 - C.S.J.N.
REG. FIRMA 197