AVISO LEGAL
SANTA CRUZ INGENIERÍA S.R.L.
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que con fecha 01 de diciembre de 2022, mediante Escritura N° 101, Fº: 354, pasada ante mi, Mary Itatí Michellod, titular del Registro Notarial nº 53 de la ciudad de Río Gallegos, se realizó CESIÓN DE CUOTAS, AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACIÓN DE CONTRATO DE LA SOCIEDAD SANTA CRUZ INGENIERÍA S.R.L.: El señor Jorge Luis Naguil, D.N.I. 27.842.719, C.U.I.L. 20-27842719-7, argentino, nacido el 20/03/1980, ingeniero electrónico y en telecomunicaciones, soltero y domiciliado en calle Hernán Cortés n° 1.582, CEDE a favor de Rossana Beatriz Contreras, D.N.I. 27.211.379, C.U.I.T. 27-27211379-9, argentina, nacida el 31/03/1979, médica, soltera, domiciliada en calle Hernán Cortez n° 1582, de esta ciudad; y de Fermín Ocampo, D.N.I. 31.523.305, C.U.I.T. 20-31523305-5, argentino, nacido el 25/01/1985, comerciante, soltero, domiciliado en calle 9 de Julio n° 85, Piso 8, Departamento F, de esta ciudad, sus cuotas partes de capital social, compuesto de doscientas cincuenta (250) cuotas sociales de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una, o sea el cincuenta por ciento de la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponde sobre el capital social; que adquieren en la siguiente proporción: La señora Rossana Beatriz Contreras la cantidad de 245 cuotas sociales y el señor Fermín Ocampo la cantidad de 5 cuotas sociales.- El capital cedido está compuesto por 250 cuotas de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una.- En virtud de esta cesión el señor Jorge Luis Naguil queda desvinculado de la sociedad, declarando que no tiene reclamo alguno que formular a la misma y que RENUNCIA por este acto a la gerencia de la sociedad.- Los socios: Rossana Beatriz Contreras y Fermín Ocampo, manifiestan que en razón de la presente cesión de cuotas resuelven aumentar el capital social, de la suma de PESOS CINCUENTA MIL, elevándolo a la cantidad de PESOS SETECIENTOS MIL ($ 700.000); suscriben totalmente este aumento y lo integran totalmente en la siguiente forma: a) La señora Contreras seiscientos ochenta y seis mil ($ 686.000) y el señor Ocampo la suma de pesos catorce mil ($ 14.000) en dinero efectivo.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO SOCIAL: Como consecuencia de ello acuerdan modificar las cláusulas cuarta y quinta del contrato social que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción: CUARTO: capital social. El capital social es de PESOS SETECIENTOS ($ 700.000), divididos en Siete mil (7000) cuotas de capital social de pesos cien ($ 100) cada una valor nominal que los socios suscriben de la siguiente forma: Rossana Beatriz Contreras: pesos seiscientos ochenta y seis mil ($ 686.000) equivalentes a seis mil ochocientos sesenta (6860) cuotas sociales; y Fermín Ocampo pesos catorce mil ($ 14.000) equivalentes a mil cuatrocientos (1400) cuotas sociales; el que ha sido integrado en dinero en efectivo en su totalidad.- QUINTO: administración y representación. “La administración y representación de la sociedad estará a cargo del señor Fermín Ocampo quien desde ya queda investido del rango de gerente.- Ejercerá la representación legal y el uso de la firma social.- La documentación se deberá suscribir en todos los casos mediante la firma personal del gerente, bajo el rubro social, pudiendo de esta manera comprometer a la sociedad en la forma más amplia.- Desempeñará sus funciones durante el plazo de vigencia de la sociedad.- No obstante, le queda prohibido comprometer a la sociedad en negociaciones ajenas a su objeto social y en fianza o garantía a terceros.- Para el cumplimiento del objeto social el gerente podrá: a) operar con toda clase de bancos, y/o cualquier otra clase de entidad o institución crediticia, financiera o de cualquier índole, realizando para la sociedad toda clase de operaciones bancarias o en cuenta corriente, caja de ahorro, plazo fijo, descuento de pagarés y valores al cobro; b) otorgar poderes a favor de los mismos socios o de terceros para la representación de la sociedad ante las autoridades judiciales y/o administrativas de cualquier fuero o jurisdicción; c) representar personalmente a la sociedad ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Tribunales del Trabajo, Tribunal de Faltas, Ministerio de Economía y Secretarías dependientes, Municipios, Administración Federal de Ingresos Públicos, Registro de Créditos Prendarios, Bancos de la Nación Argentina, Central de la República Argentina, y demás Bancos que funcionen en el país, así como también, ante cualquier oficina pública nacional, provincial, municipal o extranjera y Gobiernos Nacionales o Provinciales y sus respectivos Ministerios y reparticiones autónomas y autárquicas; d) aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y percibir, efectuar pagos, transacciones, comprar, vender, hipotecar, permutar y arrendar toda clase de bienes muebles, inmuebles o semovientes, ya sea al contado o a plazo, contratar a profesionales y rescindirlos, formular protestas, denuncias, acusar y promover querellas, dar y tomar posesión, celebrar contratos de locación y rescindirlos y cualquier contrato de cualquier naturaleza, para todo lo cual podrá otorgar y suscribir cuantos instrumentos o escrituras públicas o privadas fueren menester; e) realizar todos los actos previstos en el artículo 375° del Código Civil y Comercial de la Nación.- La presente enumeración es meramente enunciativa pero no es limitativa de otras facultades de la sociedad acordes con el objeto social. La firma social no podrá ser empleada en avales, fianzas o garantías a favor de terceros o en negocios ajenos a la sociedad”.- SEDE SOCIAL: En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11° inciso 2 de la Ley General de Sociedades número 19.550 modificada por la Ley 26.994 se establece la sede social en calle 9 de Julio n° 85, Piso 8, Departamento F de esta ciudad.-
MARY ITATÍ MICHELLOD
Escribana Titular Reg. N° 53
Río Gallegos Santa Cruz