AVISO LEGAL LEY 19.550
“MATA NEGRA S.A.”
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que por Escritura Pública Nº 888, Fº 2917, en la ciudad de Río Gallegos, capital de la provincia de Santa Cruz, a los 18 días del mes de noviembre de 2022, ante mí, Escribano Nacional, autorizante del Registro Notarial Nº 42, se protocolizó el Acta de Asamblea Ordinaria Nº 29, del 11/11/2022, por modificaciones societarias y elección y designación de autoridades en la firma que gira en plaza bajo la denominación de “MATA NEGRA S.A.”, con CUIT 30-70815268-0. Que mediante la citada acta, la firma fijó el domicilio social en la calle Belgrano Nº 246 de la ciudad de Río Gallegos, Santa Cruz. Asimismo, se modificaron los artículos 1º, 3º y 4º del estatuto social, los cuales quedaron redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad girará bajo la denominación social de “SUSTENTO SOCIEDAD ANÓNIMA”, y tendrá su domicilio social en Río Gallegos, jurisdicción de la provincia de Santa Cruz.- El directorio podrá establecer agencias, sucursales, establecimientos o cualquier tipo de representación dentro del país o en el extranjero”.- “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades: A) ESTACIONES DE SERVICIOS: 1) Explotación de estaciones de servicio mediante la Comercialización y/o distribución de productos, combustibles para automotores o de uso Industrial, grasas y cualquier derivado del Petróleo, así como también aditivos, neumáticos, acumuladores, anexos para el automotor y demás productos de comercialización actual en estaciones de servicios; 2) Diseño, Construcción, Montaje. Habilitación y Venta de las mismas; 3) Venta de combustibles, líquidos y gaseosos, gas natural comprimido (G.N.C.), gas licuado de petróleo automotor (G.L.P.A.), lubricantes, repuestos de automotores, reparaciones de los mismos y camiones, mini free shops; 4) Transporte terrestre de combustibles, lubricantes y demás derivados del petróleo; 5) Servicios de lavado y engrase para el automotor; 6) Locataria de locales destinados a Centro integral de servicios para automotores; 7) Supermercado: comercialización, consignación, representación industrialización, elaboración, importación y exportación de comestibles, bebidas, artículos del hogar, vestimenta, bazar, menaje, perfumería y toda otra actividad que se relacione con el negocio de supermercado, Mini mercado y/o kiosco de comestibles, bebidas y golosinas. B) GAS NATURAL COMPRIMIDO: Compra, venta, consignación, distribución, provisión, producción, fabricación, instalación, montaje, habilitación, reparación, y/o revisión anual y mantenimiento de equipos completos y/o partes de gas natural comprimido (G.N.C.), en automotores nuevos o usados, en talleres propios o de terceros; centro de revisión de cilindros para G.N.C., selección, adquisición y licenciamiento de tecnologías relacionadas con la actividad mencionada precedentemente; servicio integral de automotores, sean nafteros a gasoleros; acondicionamiento de automotores cero kilómetro y sus posteriores servicios de garantía por cuenta y orden de concesionarias oficiales, con ajuste a las especificaciones de las fábricas; C) INMOBILIARIA: Mediante la compra, venta, arrendamientos y administración de inmuebles urbanos, suburbanos y rurales, alquiler inmuebles y espacios, realización, promoción y venta de loteos. Urbanizaciones, fraccionamiento y subdivisiones de inmuebles, incluso los comprendidos en la Ley Nacional número 13.512 de propiedad Horizontal; D) CONSTRUCTORA: Diseño, Proyectos, y realización de Obras Públicas y Privadas tales como construcción de todo tipo de obras de Arquitectura e Ingeniería, de Inmuebles, Obras Viales, Hidráulicas, energéticas, montajes mecánicos, Eléctricos y Termo mecánicos, gasoductos, oleoductos, mineras, desagües, diques, puertos, demoliciones.- E) FINANCIERAS: La realización de operaciones financieras y de inversión, con exclusión de las previstas en la ley de entidades financieras y de toda otra que requiera el concurso público. Realizar todo tipo de negocios financieros y crediticios; operar con entidades financieras oficiales o privadas, abriendo cuentas corrientes y cajas de ahorro, constituyendo depósitos a plazo fijo, tomando en locación cajas de seguridad; descuentos a favor de terceras entidades; Cuenta recaudadoras; tomar todo tipo de seguros con aseguradoras oficiales o privadas, nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para efectuar todo tipo de actos y/o contrato emprender toda clase de negocios y/o actividades relacionadas directamente con su objeto, sin más limitaciones que las expresamente establecidas en las leyes o en el presente estatuto”.- “ARTÍCULO CUARTO. CAPITAL ACCIONES: El capital social se fija en la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS, representado por ciento cincuenta mil acciones ordinarias, nominativas, no endosables de cien pesos, valor nominal cada una, y de un voto por acción. Dicho capital podrá ser aumentado por decisión de la asamblea, hasta el quíntuplo del expresado monto, conforme lo determina el artículo 188 de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales. Decidido el aumento, el mismo se instrumentará mediante la pertinente escritura pública, en cuya oportunidad se abonará el correspondiente impuesto de sellos”.- Además se designaron autoridades de la siguiente manera: PRESIDENTA: Sra. Melisa Verónica Araceli Tolosa; DIRECTOR SUPLENTE: Sr. Raúl Fernando Magdalón, quienes expresamente aceptaron los cargos conferidos por el término de tres ejercicios, constituyendo domicilio especial en la sede social de la firma.-
MARTÍN FERNANDO DURÉ
Escribano Adscripto
Registro Notarial N° 42