AVISO RECTIFICATORIO
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que en relación al aviso publicado en la edición Nº 5.674, página 17, del 30 de junio de 2.022, por la firma “DISTRIBUIDORA DEL SUR SAS.”, se rectifica el punto 4, siendo correcto el siguiente: “4.- Objeto social: La sociedad tiene por objeto principal desarrollar actividades comerciales, intermediaciones, servicios y específicamente, realizar por cuenta propia y/o de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte del país o del exterior, las siguientes actividades: 1) Comerciales: Compra, venta, importación, exportación, representación o distribución de artículos de librería, papelería, cartón y materiales de embalajes; de equipos, periféricos, accesorios y programas informáticos; de partes, piezas, baterías, cámaras y cubiertas, combustibles, lubricantes y accesorios vehiculares; de muebles e instalaciones para oficinas; de materiales y productos de limpieza; de artículos de ferretería y materiales de construcción; y de productos de madera. 2) Alquiler: Alquiler de maquinaria y equipo de construcción e ingeniería civil, de andamios; alquiler de maquinaria y equipo de oficina, incluso computadoras; alquiler de vehículos automotores, camiones, remolques, etc. 3) Servicios: Servicios de limpieza general de edificios; servicios de jardinería y mantenimiento de espacios verdes; servicios de desinfección y exterminio de plagas en el ámbito urbano. 4) Construcción: Construcción, reforma y reparación de edificios residenciales y no residenciales; construcción, reforma y reparación de redes de distribución de electricidad, gas, agua, telecomunicaciones y de otros servicios públicos; construcción de obras de ingeniería civil; Servicios generales para la actividad de la construcción, obras civiles, eléctricas, mecánicas y todo tipo de obras y proyectos de ingeniería y/o arquitectura de carácter público o privado; venta al por menor de materiales de la construcción y/o cualquier tipo de materiales, productos y accesorios relacionados con la construcción.- La sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. A tales fines, la sociedad podrá contratar con el Estado Nacional, Provincial y Municipal, entidades autárquicas, fiscales, comisiones técnicas nacionales e internacionales, organismos internacionales y/o extranjeros mediante licitación o concursos públicos y/o privados y/o contrataciones directas y/o indirectas y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este contrato”.-
MARTÍN FERNANDO DURÉ
Escribano Adscripto
Registro Notarial Nº 42